Tabla de Clasificación de vehículos por criterios de construcción. Detalle para modelos 576 y 06.
B. CLASIFICACION POR CRITERIOS DE CONSTRUCCIÓN
(Primer grupo de cifras)
Nº | DESCRIPCION |
01 | Vehículo de tracción animal. Vehículo arrastrado por animales. |
02 | Bicicleta Es el ciclo de dos ruedas. |
03 | Ciclomotor Vehículo de dos o tres ruedas provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h. Vehículo de cuatro ruedas cuya masa en vacío sea inferior a 350 kg no incluida la masa de las baterías en el caso de los vehículos eléctricos, cuya velocidad máxima por construcción no sea superior a 45 km/h y con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 para los motores de combustión interna, o cuya potencia máxima neta sea inferior o igual a 4 kW para los demás tipos de motores. |
04 | Motocicleta Automóvil de dos ruedas o con sidecar. |
05 | Motocarro Vehículo de tres ruedas dotado de caja o plataforma para el transporte de cosas. |
06 | Automóvil de tres ruedas. Vehículo de tres ruedas y cuatriciclos. |
10 | Turismo Automóvil distinto de la motocicleta, especialmente concebido y construido para el transporte de personas y con capacidad hasta 9 plazas, incluido el conductor. |
11 | Autobús o autocar < MMA 3.500 kg Automóvil concebido y construido para el transporte de más de 9 personas incluido el conductor, cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg. |
12 | Autobús o autocar MMA <3.500 kg Automóvil concebido y construido para el transporte de más de 9 personas incluido el conductor, cuya masa máxima autorizada excede de 3.500 kg. |
13 | Autobús o autocar articulado. El compuesto por dos secciones rígidas unidas por otra articulada que las comunica. |
14 | Autobús o autocar mixto El concebido y construido para transportar personas y mercancías simultánea y separadamente. |
15 | Trolebús Automóvil destinado al transporte de personas con capacidad para 10, o más plazas, incluido el conductor, accionado por motor eléctrico con toma de corriente por trole, que circula por carriles. |
16 | Autobús o autocar de dos pisos Autobús o autocar en el que los espacios destinados a los pasajeros están dispuestos, al menos parcialmente, en dos niveles superpuestos, de los cuales el superior no dispone de plazas sin asiento. |
20 | Camión MMA < 3.500 kg El que posee una cabina con capacidad hasta 9 plazas, no integrada en resto de la carrocería, y cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg. |
21 | Camión 3.500 kg < MMA < 12.000 kg El que posee una cabina con capacidad hasta 9 plazas, no integrada en resto de la carrocería, y cuya masa máxima autorizada es superior a 3.500 kg. e igual o inferior a 12.000 kg. |
22 | Camión MMA > 12.000 kg El que posee una cabina con capacidad hasta 9 plazas, no integrada en resto de la carrocería, y cuya masa máxima autorizada sea superior a 12.000 kg. |
23 | Tractocamión Automóvil para realizar principalmente el arrastre de un semirremolque. |
24 | Furgón/Furgoneta MMA < 3.500 kg Automóvil destinado al transporte de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg |
25 | Furgón 3.500 kg < MMA < 12.000 kg Camión en el que la cabina está integrada en el resto de la carrocería, con masa máxima autorizada superior a 3.500 kg e igual o inferior a 12.000 kg. |
26 | Furgón MMA > 12.000 kg Camión en el que la cabina está integrada en el resto de la carrocería, y cuya masa máxima autorizada sea superior a 12.000 kg |
30 | Derivado de turismo Vehículo automóvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos. |
31 | Vehículo mixto adaptable Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos. |
32 | Auto-caravana MMA < 3.500 kg Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente. |
33 | Auto-caravana MMA > 3.500 kg Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente. |
40 | Remolque y semirremolque ligero MMA < 750 kg Aquellos cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg. A efectos de esta clasificación se excluyen los agrícolas. |
41 | Remolque y semirremolque 750 kg < MMA 3.500 kg Aquellos cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg e igual o inferior a 3.500 kg. A efectos de esta clasificación se excluyen los agrícolas. |
42 | Remolque y semirremolque 3.500 kg < MMA < 10.000 kg Aquellos cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg e igual o inferior a 10.000 kg. A efectos de esta clasificación se excluyen los agrícolas. |
43 | Remolque y semirremolque MMA > 10.000 kg. Aquellos cuya masa máxima autorizada exceda de 10.000 kg. A efectos de esta clasificación se excluyen los agrícolas. |
50 | Tractor agrícola Vehículo especial autopropulsado, de dos o más ejes, concebido y construido para arrastrar o empujar aperos, maquinaria o remolques agrícolas. |
51 | Motocultor Vehículo especial autopropulsado, de un eje, dirigible por manceras por un conductor que marche a pie. Ciertos motocultores pueden también ser dirigidos desde un asiento incorporado a un remolque o máquina agrícola o a un aparato o bastidor auxiliar con ruedas. |
52 | Portador Vehículo especial autopropulsado de dos o más ejes, concebido y construido para portar máquinas agrícolas. |
53 | Tractocarro Vehículo especial autopropulsado de dos o más ejes, especialmente concebido para el transporte en campo de productos agrícolas. |
54 | Remolque agrícola Vehículo especial de transporte construido y destinado para ser arrastrado por un tractor agrícola, motocultor, portador o máquina agrícola automotriz. Se incluyen en esta definición a los semirremolques agrícolas |
55 | Máquina agrícola automotriz Vehículo especial autopropulsado, de dos o más ejes, concebido y construido para efectuar trabajos agrícolas. |
56 | Máquina agrícola remolcada Vehículo especial concebido y construido para efectuar trabajos agrícolas, y que, para trasladarse y maniobrar debe ser arrastrado o empujado por un tractor, motocultor, portador o máquina agrícola automotriz. Se excluyen de esta definición los aperos agrícolas, entendiéndose por tales los útiles o instrumentos agrícolas, sin motor, concebidos y construidos para efectuar trabajos de preparación de terreno o laboreo que, además, no se consideran vehículos a los efectos de este Reglamento, así como también el resto de maquinaria agrícola remolcada de menos de 750 kg de masa. |
60 | Tractor de obras Vehículo especial autopropulsado, de dos o más ejes concebido y construido para arrastrar o empujar útiles, máquinas o vehículos de obras. |
61 | Máquina de obras automotriz Vehículo especial autopropulsado, de dos o más ejes, concebido y construido para efectuar trabajos de obras. |
62 | Máquina de obras remolcada Vehículo especial concebido y construido para efectuar trabajos de obras, y que, para trasladarse y maniobrar, debe ser arrastrado o empujado por un tractor o máquina automotriz. |
63 | Tractor de servicios Vehículo especial autopropulsado, de dos o más ejes, concebido y construido para arrastrar o empujar vehículos de servicio, vagones u otros aparatos. |
64 | Máquina de servicios automotriz Vehículo especial autopropulsado de dos o más ejes, concebido y construido para efectuar servicios determinados. |
65 | Máquina de servicios remolcada Vehículo especial, concebido y construido para efectuar servicios determinados, y que, para trasladarse y maniobrar, debe ser arrastrado o empujado por un tractor o máquina automotriz. |
70 | Militares |
80 | Tren turístico Vehículo especial constituido por un vehículo tractor y uno o varios remolques, concebido y construido para el transporte de personas con fines turísticos, con velocidad máxima limitada y sujeto a las limitaciones de circulación que imponga la autoridad competente en materia de tráfico. |