GESTIÓN FISCAL 2020. Histórico de actualizaciones. Versión 20.X
IRGF – GESTION FISCAL
Versión 20.0.44.9 23/02/2021
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Modelo 347. Se corrige un problema que se daba al calcular la declaración desde Libros registro de facturas cuando se indica que no se realice la importación de Facturas con Retención y existe algún proveedor con facturas con retención y facturas sin retención. En este caso se trasladaba bien el importe anual de las operaciones, trasladando solo el importe de las facturas sin retención pero, en los desgloses trimestrales se incluían tanto las facturas sin retención como las que tenían retención haciendo finalmente que no fuese posible presentar la declaración sin corregir estos desgloses trimestrales.
Versión 20.0.42.2 02/02/2021
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 415 de IGIC. Se actualiza la realización del modelo 415 para el ejercicio 2020. La impresión en papel y presentación telemática de este modelo requiere tener instalada la última versión del paquete “Módulos de impresión Ejercicio 2020” versión 1.0.6.2. La descarga de este módulo de impresión se puede realizar desde el menú “Herramientas”, “Descarga de programas”.
- Presentación digital en lotes. En el sistema de “envío directo” por lotes que incluye el programa en algunas declaraciones como las Informativas, se añade a partir de esta versión la posibilidad de cambiar el “estado” de las declaraciones que se han presentado correctamente por esta opción. En la ventana de presentación se incorpora la casilla “Estado del modelo tras la presentación” en la que se puede seleccionar el estado o etiqueta que se le quiere asignar a las declaraciones una vez presentadas.
- Modelo 303. En la importación de datos desde IRCONTA se revisa el traslado de las operaciones de tipo “RS – Servicios intracomunitarios” que no se estaban trasladando a la casilla [59] de la página 3.
- Modelo 390. Se revisa un mensaje de Aviso que aparecía incorrectamente cuando se realizaba el traslado de datos desde los modelos 303 y existían adquisiciones de Bienes de inversión con Inversión de sujeto pasivo. Aunque el traslado se realizaba correctamente, aparecía un aviso: “Se han encontrado errores en el traslado de modelos 303 interiores bienes de inversión”.
Versión 20.0.40.12 22/01/2021
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 349. Se corrige un problema que aparecía al realizar la presentación por “envío directo” que devolvía un «Error 103 Periodo vacío, no válido para el modelo seleccionado o no disponible en TGVI Online».
- Módulos empresariales. Se revisa un problema detectado las actividades de los epígrafes 6421, 6422 y 6423 correspondientes a “Comercio al por menor de carne y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados.” en las que solo se visualizaban las casillas de unidades de “Fabricación” pero no se mostraba la columna “Resto” (parte dedicada a la venta y no a la elaboración) en los módulos de superficie de local y consumo de energía eléctrica. En IRPF se aplica la suma de las unidades de “Fabricación” y el ”Resto” de unidades y en el caso del IVA o IGIC se aplican únicamente las unidades de “Fabricación” ya que el “Resto”, al ser comercio menor, estará en Recargo de Equivalencia y no en Régimen Simplificado.
- Presentación de declaraciones por “envío directo”. Se modifica el funcionamiento para que antes de presentar las declaraciones se ejecute automáticamente la opción “Verificar” como se realiza habitualmente al imprimir para presentación por navegador web. La opción de verificación también se lanza automáticamente en la opción “Grabar y salir” y se puede ejecutar manualmente desde el menú “Cálculo”, “Verificar” o pulsando las teclas [Alt] [V].
- Modelos 303 del 4T y 390. En actividades de Régimen Simplificado se revisa la importación de datos desde el Libro registro de facturas emitidas para que se realice la importación de las casillas del apartado de Volumen de operaciones correspondiente a “Entregas intracomunitarias exentas” (casilla [93] en el modelo 303 y casilla [103] del modelo 390), “Exportaciones y operaciones asimiladas” (casilla [60] del modelo 303 y casilla [104] del modelo 390) y “Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo” (casilla [61] del modelo 303 y casilla [110] del modelo 390) que hasta ahora no se trasladaban cuando se trataba de actividades en Régimen Simplificado de IVA.
- Libros registro. Se revisa la aparición del mensaje “La fecha de la factura está fuera del período actual” que puede mostrarse al introducir o modificar facturas con fechas de periodos que ya están liquidados que no se mostraba correctamente en algunos casos al cambiar de ejercicio. También se añade esta verificación al grabar facturas con fechas futuras. Si se graban facturas con cinco días posteriores a la fecha actual se mostraría el aviso. Recuerde que este tipo de avisos no impiden grabar la factura, simplemente son una alerta para intentar evitar errores en la entrada de facturas. Estos avisos solo se muestran si se ha activado la casilla “¿Verificar la fecha de imputación en libros registro esté fuera del trimestre actual?” en el apartado “Ficheros”, “Configuración”, “Programa”, “Visualización”.
Versión 20.0.38.5 15/01/2021
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 421 del 4T de 2020. Se actualiza la aplicación para dar soporte a las nuevas reducciones del 20% y 35% en el Régimen Simplificado del IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) que establece la Orden de 28 de diciembre de 2020 de la Conserjería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos del Gobierno de Canarias (BOC 31/12/2020). Para aplicar esta reducción es necesario activar la casilla “Aplicar reducción IVA/IGIC COVID 19 art. 9 RDL 35/2020” en la ventana de “Datos provisionales” o “Datos definitivos”. Para imprimir o presentar telemáticamente este modelo será necesario descargar e instalar la última versión del paquete “Módulos de impresión Ejercicio 2020” versión 1.0.4.3.
- Modelo 425 de 2020. Se actualiza la aplicación para contemplar las nuevas reducciones del 20% y 35% en el Régimen Simplificado del IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) que establece la Orden de 28 de diciembre de 2020 de la Conserjería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos del Gobierno de Canarias (BOC 31/12/2020). La impresión o la presentación telemática de este modelo requiere tener instalada la última versión del paquete “Módulos de impresión Ejercicio 2020” versión 1.0.4.3.
- Se actualiza el paquete “Módulos de impresión Ejercicio 2020” (versión 1.0.4.3) para incluir los módulos de impresión facilitados por la Agencia Tributaria Canaria para los modelos 421 y 425 del ejercicio 2020. Este paquete de instalación incluye la versión 6.5.1 del módulo de impresión del Modelo 421 y la versión 5.5.2 del módulo de impresión del Modelo 425. La descarga de este paquete se puede realizar desde el menú “Herramientas”, “Descarga de programas”.
- Módulos empresariales. Se incluye en el programa un nuevo aviso que se mostrará al grabar los datos de módulos de las pantallas de “Datos Provisionales” y “Datos definitivos” si el programa detecta que no se ha activado la casilla “Aplicar reducción IVA/IGIC COVID 19 art. 9 RDL 35/2020” para aplicar las nuevas reducciones del 20% ó 35% que se pueden aplicar en el 4T de 2020 y 1T de 2021. Se trata solo de un aviso informativo puesto que hay algunos casos en los que no se pueden aplicar estas reducciones (entidades en atribución de rentas en las que alguno de sus miembros no sea persona física).
- Módulos empresariales. Se revisa un problema detectado las actividades del epígrafe 6423 “Comercio al por menor de carne y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados” que podía hacer que se duplicasen las unidades de superficie de local independiente y no independiente o que no se visualizasen los botones para grabar las horas de personal que en este módulo van diferenciadas entre personal de Fabricación y Resto de personal.
- Modelo 390 con actividades en Régimen simplificado de IVA. Se corrige un problema detectado en la impresión que impedía presentar algunas declaraciones mostrando un error “La casilla F ‘Resultado’ debe ser igual a (( C – Reducciones – D ) x E”.
- Presentación digital en lotes. En el menú de opciones de los modelos de declaración de tipo “Informativas” (180, 190, 193, 347, etc.) en recientes versiones se añadía una opción que permite presentar un lote de declaraciones y en esta actualización se añade en esta opción una nueva casilla que se puede activar si se desean abrir automáticamente los PDF que genera la Agencia Tributaria como justificante de presentación de la declaración de aquellos modelos presentados correctamente. En las versiones anteriores, para ver o imprimir este justificante, había que entrar en cada declaración una vez realizada la presentación telemática. También se añade la posibilidad de abrir el PDF justificante de la presentación haciendo click con el ratón sobre la columna “CSV” donde se muestra el Código Seguro de Verificación en las declaraciones que han podido presentarse correctamente. Pulse aquí para ver el funcionamiento de esta nueva opción de Presentación digital en lotes.
- Modelo 111. Se modifica el traslado desde Libros registro y Contabilidad para que las Retenciones de la clave “F” (cursos, conferencias, seminarios y similares y elaboración de obras literarias, artísticas o científicas) se trasladen a las casillas de Rtos. del Trabajo y no a las de Actividades económicas.
Versión 20.0.36.0 05/01/2021
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Modelo 190 de 2020 y Libros registro de facturas del ejercicios 2020. Se actualiza la lista de Subclaves de retención correspondientes a la Clave “L” para incorporar las modificaciones introducidas por la Orden HAC/1285/2020, de 29 de diciembre (BOE 31/12/2020). En la clave «L» le dan una nueva redacción a las subclaves 22 y 28 e introducen dos subclaves nuevas: 29 y 30.
- Clave L – Subclave 22 – Ayudas establecidas por Comunidades Autónomas o por entidades locales para atender, con arreglo a su normativa, a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social, necesidades habitacionales de personas sin recursos o necesidades de alimentación, escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando ellos y las personas a su cargo, carezcan de medios económicos suficientes, que estén exentas en virtud de lo establecido en el primer párrafo de la letra y) del artículo 7 de la Ley del Impuesto, sin incluir en esta subclave las prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción que deban consignarse en la subclave 28.
- Clave L – Subclave 28 – Prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción para garantizar recursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos y que estén exentas en virtud de lo establecido en el primer párrafo de la letra y) del artículo 7 de la Ley del Impuesto, sin incluir en esta subclave el resto de ayudas exentas establecidas en este primer párrafo de la letra y) que deban consignarse en la subclave 22 anterior.
- Clave L – Subclave 29 – Prestación económica de la Seguridad Social correspondiente al ingreso mínimo vital.
- Clave L – Subclave 30 – Otras rentas exentas. Se incluirán en esta subclave las rentas exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que, debiendo relacionarse en el modelo 190, sean distintas de las específicamente señaladas en las subclaves anteriores.
- Módulos. Desde la anterior versión del programa se realizaban varios cambios en los apartados de introducción de datos para el cálculo del rendimiento de Estimación Objetiva y de la cuota del Régimen Simplificado de IVA. Unos cambios son consecuencia de las novedades que introduce el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria (BOE 23/12/2020) y otros cambios son debidos a los datos de Estimación objetiva que va a requerir la declaración de Renta 2020 en la que se solicita más información de la que figura en el modelo de declaración en lo referente a las “unidades” de módulos. Pulse aquí para ver más información sobre estos cambios.
- Libros registro. Se añade una nueva casilla en la ventana de entrada de facturas emitidas y recibidas para marcar si la factura corresponde a IVA o IGIC y poder mantener en un mismo libro registro facturas correspondientes a ambos tipos de impuesto indirecto. Al grabar una nueva factura el programa cumplimenta automáticamente esta casilla con el tipo de impuesto indirecto que esté seleccionado en el programa (menú “Ficheros”, “Configuración”, “Configuración Impuesto Indirecto”).
- Régimen simplificado de IGIC – Modelos 421 del 4T y 425 de 2020. Estas modelos se habilitarán en próximas actualizaciones del programa cuando la Agencia Tributaria Canaria facilite las especificaciones de presentación y determine la forma de aplicación de los cambios introducidos recientemente por la Orden de 28 de diciembre de 2020 (BOC 31/12/2020) que aprobaba reducciones de la cuota de un 20% y 35% para determinados epígrafes relativos a hostelería, turismo y comercio menor.
Versión 20.0.32.47 28/12/2020
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Actividades en Módulos. A partir de esta versión se realizan varios cambios en los apartados de cálculo del rendimiento de Estimación Objetiva y de la cuota del Régimen Simplificado de IVA. Unos cambios son consecuencia de las novedades que introduce el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria (BOE 23/12/2020) y otros cambios son debidos a los datos de Estimación Objetiva que va a requerir la declaración de Renta 2020 en la que se solicita más información de la que figura en el modelo de declaración en lo referente a las “unidades” de módulos. Pulse aquí para ver más información sobre estos cambios.
- En esta versión se incluye la realización de los modelos de declaraciones Informativas 2020 (modelos 180, 184, 190, 193, 233, 296, 346, 347, 415 y720) y Resúmenes anuales de IVA (modelo 390) e IGIC (modelo 425) del ejercicio 2020. La realización de estos modelos no tiene cambios en 2020 con respecto a las declaraciones del ejercicio anterior salvo algunas novedades en los modelos 180 y 233 que se indican en los siguientes puntos.
- Modelo 180. En el ejercicio 2020 se modifican las claves de la casilla “Situación (Código)” que especifica el tipo de Referencia catastral y ubicación del inmueble. Si se trasladan datos de la declaración del ejercicio 2019 será necesario que verifique la corrección de estos datos que se trasladen, principalmente en los inmuebles situados en el País Vasco o en Navarra ya que en ejercicios anteriores estas dos Comunidades iban en una misma clave y en 2020 se desglosan en dos claves diferentes. En el ejercicio 2019 y anteriores se utilizaban los códigos: “1. Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra.”, “2. Inmuebles con referencia catastral situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra.” y “3. Inmuebles sin referencia catastral.”. En el ejercicio 2020 se utilizarán las siguientes claves: “1. Inmuebles con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra.”, “2. Inmueble con referencia catastral situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco.”, “3. Inmueble con referencia catastral situado en la Comunidad Foral de Navarra.” y “4. Inmueble en cualquiera de las situaciones anteriores pero sin referencia catastral.”.
- Modelo 233. Se actualiza la aplicación a los cambios publicados en la Orden HAC/1154/2020, de 27 de octubre (BOE 04/12/2020). La principal modificación introducida en el modelo 233 de 2020 consiste en vincular el código de autorización de la guardería o centro de educación infantil autorizado a cada uno de los registros de tipo 2, registro de declarado, que se hagan constar en la declaración informativa. De esta forma, los contribuyentes titulares de varias guarderías o centros de educación infantil autorizados informarán en la declaración informativa asociando cada uno de los menores con el número de autorización a la guardería o centro de educación infantil correspondiente. Otras modificaciones introducidas consisten en identificar la comunidad autónoma u organismo que concede la autorización y la fecha en que dicha autorización deja de tener efectos en el caso de que dicha circunstancia se produzca durante el ejercicio. Y en el caso de que la declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados, modelo 233, sea presentada por una entidad de derecho público, se debe cumplimentar el NIF de la persona a quien se ha concedido la autorización en el caso de que esta fuera diferente. De esta forma la Agencia Tributaria trata de solventar las incidencias surgidas en el caso de centros públicos cuya gestión es atribuida a personas o entidades privadas. Estos nuevos campos se han añadido en la Carátula o primera página del modelo para que luego se copien automáticamente a la ficha de todos los declarados. El campo “Fecha de finalización de la autorización” únicamente se debe cumplimentar si la autorización perdió validez a lo largo del ejercicio. Y el campo “NIF del titular de la autorización” sólo debe rellenarse cuando el declarante sea una entidad de derecho público.
- Modelo 184 de 2020. Rendimientos de capital inmobiliario. Se amplía de 30 a 50 el número máximo de inmuebles que permite registrar la aplicación para cada entidad.
- Modelo 840. Se incluye la realización de esta declaración para el ejercicio 2021.
- Presentación digital en lotes. En el menú de opciones de los modelos de declaración de tipo “Informativas” (180, 190, 193, 347, etc.) se ha incluido una nueva opción con el título “Presentación digital en lotes” que tiene como finalidad automatizar la presentación telemática de las declaraciones de varios sujetos pasivos en un mismo proceso. Para realizar la presentación es necesario seleccionar el Certificado digital y el nombre y NIF del asesor con el que se va a realizar la presentación o bien, marcar la casilla “Usar certificado del sujeto pasivo” que realizaría la presentación de la declaración con el Certificado digital de cada sujeto pasivo (en ese caso el Certificado digital tendría que estar previamente seleccionado en la ficha de cada sujeto pasivo, solapa “Información adicional”). Pulse aquí para ver el funcionamiento de esta nueva opción.
- Libro registro de facturas. En esta versión se añade una nuevo chequeo que se ejecuta al grabar o modificar una factura y que revisa si la fecha de la factura introducida corresponde a un trimestre ya liquidado para evitar la introducción o modificación de facturas con fechas de imputación correspondientes a trimestres que ya se han declarado. Esta opción se añade a otras que ya ofrecía el programa como la del apartado de “Configurar programa” que permite bloquear la entrada de facturas anteriores a la fecha que indique el usuario en esa opción.
- Libros registro. Se modifica el funcionamiento de las opciones “Grabar/Leer buffer” de facturas (teclas F6 y F7). El “buffer” es un mecanismo parecido al “portapapeles” del Windows que puede ser útil para duplicar facturas o agilizar la introducción de facturas con datos repetitivos. Has ahora, cuando se grababan datos de una factura en buffer pulsando la tecla F6, el programa memorizaba esa información y cuando se insertaba una nueva factura en blanco se podía pulsar la tecla F7 para recuperar esos datos. Ahora se añade la posibilidad de que al grabar buffer pulsando la tecla F6, se le pueda indicar al programa que al insertar nuevas facturas, en lugar de salir en blanco la pantalla de esas nuevas facturas, que automáticamente se carguen se carguen los datos existentes en el buffer sin tener que pulsar la tecla F7. Al pulsar la tecla F6 para grabar los datos existentes en la factura que actualmente se está editando, el programa preguntará si “¿ Desea que se cargue automáticamente al insertar una nueva factura ?”.
Versión 20.0.30.6 06/10/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Libro registro de facturas. En esta versión se actualiza la opción de generar los Libros Registro del IVA y del IRPF en formato electrónico para adaptarla a los últimos cambios introducidos recientemente por la Agencia Tributaria en este formato electrónico de presentación de los Libros Registro del IVA y del IRPF para atender Requerimientos de gestión tributaria. Recuerde que estos Libros de facturas en este formato se pueden obtener desde el menú “Libros registro”, “Formato Electrónico AEAT Libro Registro” o desde la ventana de visualización de facturas, utilizando el botón “Hoja Cálculo LR AEAT”. En esta opción se generan los libros registro en formato hoja de cálculo Excel tipo “.xlsx” o en formato tipo “.csv” según la estructura y datos solicitados por la Agencia Tributaria.
- Presentación digital de cuentas. Documento sobre servicios a terceros. Se añade una nueva casilla en esta declaración para controlar si la entidad ha prestado en el ejercicio actual servicios de los contemplados en el artículo 2.1 o) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, y contemplar los casos en los que la entidad tiene obligación de presentar el “Documento sobre servicios a terceros” aunque no haya tenido operaciones en el ejercicio actual. En estos casos se puede marcar el “check” indicando que la entidad presenta esta declaración y luego, en la nueva casilla marcar la opción “2-No” para señalar que no ha tenido operaciones en el ejercicio actual.
- Cuentas anuales. Se incluye un nuevo aviso para informar si no se ha cumplimentado el código LEI (Legal Entity Identifier) en los formularios de Cuentas anuales. Hasta ahora sólo se mostraba un aviso si el código introducido no tenía los 20 caracteres que deben tener estos códigos pero no se mostraban avisos si el código LEI se dejaba sin cumplimentar. Este aviso se muestra al realizar la operación “Verificar” que es un proceso que se ejecuta automáticamente también al ejecutar la operación “Grabar y salir” o al “Imprimir” el modelo.
- Modelo 309. Se incluye la posibilidad de importar datos de adquisiciones intracomunitarias registradas en los Libros registro de facturas desde actividades en Régimen de IVA Exento. Hasta ahora sólo se trasladaban actividades en Recargo de Equivalencia y en Régimen Agrario.
Versión 20.0.20.12 17/06/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Presentación digital de Cuentas. Se realiza una modificación en el funcionamiento de la generación de la Presentación digital para contemplar la posibilidad de incluir “Certificados de aprobación de cuentas” en formato PDF firmados digitalmente. Hasta ahora el programa añadía siempre en el PDF del Certificado una página inicial con la huella digital y el código de barras de esa huella y, a partir de ahora, el programa preguntará al usuario si quiere añadir esta página con la huella digital que sale habitualmente al principio del PDF utilizado en la “presentación digital completa”. Generalmente habrá que indicarle que introduzca esta página con la huella pero, si el fichero PDF del Certificado contiene “firmas digitales” de los administradores en lugar de “firmas manuscritas”, podría indicarse al programa que “No” inserte esta página inicial con la huella para que esas firmas digitales no se vean alteradas al modificar el PDF. En el caso de no incluir la página de la huella digital, es importante que verifique que en la redacción del Certificado de aprobación de cuentas se hayan incluido los 44 caracteres alfanuméricos de la huella puesto que ya no saldría en la página 1 del PDF como ocurría hasta ahora. En el caso de no incluir la página de Huella digital delante del Certificado de aprobación de cuentas, el fichero PDF resultante tendrá un nombre de tipo: “03026B2408734820190.CAC.pdf”. La parte inicial del nombre del fichero PDF con el Certificado de aprobación de cuentas está compuesta de la siguiente forma: los primeros 5 dígitos corresponden con el código del Registro Mercantil al que se hace la Presentación. Los siguientes 9 dígitos son el NIF de la entidad, los 4 dígitos siguientes son el ejercicio y el último dígito será un «0» el número de presentación que se haya seleccionado si la entidad hace varias presentaciones y al final terminará en «.CAC.pdf». En cambio, si se indica que se incluya la página de la Huella digital delante del Certificado, el nombre es el que se generaba hasta ahora y que tiene un formato tipo “03026B2408734820190.HuellaCertificado.pdf”. A la hora de transmitir la presentación al Registro Mercantil hay que enviar tanto el ZIP que contiene la Presentación digital de Cuentas como el fichero PDF generado con el Certificado de aprobación de cuentas.
- Presentación digital de Cuentas. Se corrige un problema detectado en el «Documento sobre servicios a terceros», en el caso de que la sociedad no preste exclusivamente servicios a terceros, que hacía que no se inicializasen a cero todos los apartados provocando luego errores en la presentación.
Versión 20.0.20.3 22/05/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 303 del ejercicio 2020. Se actualiza el formato de impresión o presentación telemática para adaptarlo a la última modificación publicada por la Agencia Tributaria. En el nuevo formato de presentación eliminan ya las dos casillas añadidas en abril relativas a la aplicación de las medidas del RD-ley 15/2020 por el COVID19 para ajustar el número de días de actividad en Rég. Simplificado o renunciar al Rég. Simplificado, para sujetos pasivos que ya habían presentado el modelo 303 del primer trimestre de 2020 antes de la entrada en vigor del RD-ley 15/2020 y querían volver a presentarlo para acogerse a las medidas contempladas en ese RD-ley.
- Modelo 131 del ejercicio 2020. Se actualiza el formato de impresión o presentación telemática para adaptarlo a la última modificación publicada por la Agencia Tributaria. En el nuevo formato de presentación eliminan ya la casilla añadida en abril relativa a la aplicación de las medidas del RD-ley 15/2020 por el COVID19 para ajustar el número de días de actividad en Estimación objetiva para sujetos pasivos que ya habían presentado el modelo 131 del primer trimestre de 2020 antes de la entrada en vigor del RD-ley 15/2020.
Versión 20.0.18.3 08/05/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 303 del ejercicio 2019. Se corrige un problema que impedía la presentación telemática o impresión de modelos 303 del ejercicio 2019 a raíz de las nuevas casillas incorporadas en las últimas versiones para acogerse a las medidas del RDL 15/2020.
Versión 20.0.16.3 06/05/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 303. Se corrige un problema en la presentación telemática del modelo 303 del Primer trimestre de 2020 que impedía, en algunos casos, la presentación de la nueva declaración para aquellos sujetos pasivos que presentan una segunda declaración del 1T para acogerse a las medidas establecidas en el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril (BOE 22/04/2020) después de haber realizado el trámite GZ281 (ajuste del número de días de actividad en módulos o renuncia al método de Estimación Objetiva/Rég. Simplificado de IVA).
- En la opción “Herramientas”, “Importación de Facturas y Suplidos” que se puede utilizar para copiar las facturas cargadas en una actividad cuando se quieren copiar a otra actividad, por ejemplo para el cambio de Régimen de Estimación o de Régimen de IVA/IGIC, se añade la opción de configuración automática de la base de datos “origen”. Al llegar a la ventana en la que solicita los parámetros de la base de datos (servidor, ruta de la base de datos, etc.) que contiene las facturas a copiar, a partir de ahora el programa ofrece la opción de configurar como base de datos origen la misma base de datos que está usando en ese momento el programa (en estos casos la base de datos “origen” y “destino” son la misma base de datos que está usando el programa porque simplemente se van a copiar facturas de una actividad a otra). También se modifica este proceso de importación para permitir la importación desde actividades que no tengan IAE y que, hasta ahora, no se podía realizar.
- Importación de facturas recibidas desde Hojas de cálculo. Se corrige un problema que se producía al importar facturas recibidas cuando hay algún Número de factura largo, de más de 15 caracteres.
- Modelo 420 (IGIC). La Agencia Tributaria Canaria ha publicado una actualización del Módulo de impresión en papel y presentación telemática del modelo 420 de 2020. Para su descarga habría que ir a través de la opción «Herramientas», «Descarga de programas» y localizar el paquete «Módulos de impresión ejercicio 2020» (vers. 1.0.2.0).
Versión 20.0.14.8 30/04/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 131. Se adapta el programa al nuevo diseño de presentación realizado por la Agencia Tributaria en el que se añade una casilla para informar en el modelo del 1T si la declaración se presenta para acogerse a las medidas establecidas en el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril (BOE 22/04/2020). Se añade la casilla: «¿Desea presentar una nueva declaración para reducir el número de días de ejercicio de una actividad en régimen de estimación objetiva?». Pulse aquí si desea ver más información sobre la forma de solicitar la rectificación de los modelos 131 del 1T presentados antes del 23 de abril que puedan acogerse a las medidas establecidas en el artículo 10 del RDL 15/2020.
- Modelo 303. Se adapta el programa al nuevo diseño realizado por la Agencia Tributaria en el que se añaden casillas para informar si la declaración del 1T se presenta para acogerse a las medidas establecidas en el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril (BOE 22/04/2020). Se añaden dos nuevas casillas: «¿Desea presentar una nueva declaración para renunciar al régimen simplificado?» y «¿Desea presentar una nueva declaración para reducir el número de días de ejercicio de una actividad en régimen simplificado?». Pulse aquí si desea ver más información sobre la forma de solicitar la rectificación de los modelos 303 del 1T presentados antes del 23 de abril que puedan acogerse a las medidas establecidas en el artículo 11 del RDL 15/2020.
Versión 20.0.14.6 28/04/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 420 (IGIC). Se corrige un problema que podía impedir la presentación de declaraciones de 2020 con resultado “A compensar”.
- Módulos. En la ventana de introducción de “Datos provisionales” de Estimación objetiva y Régimen Simplificado de IVA se añade en esta versión un aviso al lado de la casilla «Inicio o cese distinto del año natural» para indicar que esa opción se puede utilizar también para indicar el número de días de actividad en cada trimestre en los que no ha estado vigente el Estado de alarma conforme al art. 11 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril (BOE 22/04/2020). Pulse aquí si desea consultar más información sobre el ajuste del número de días de actividad en los módulos. Pulse aquí si desea ver más información sobre la rectificación de declaraciones modelos 131 y 303 presentadas con anterioridad al 23 de abril, fecha de entrada en vigor del RD-ley 15/2020 y que pueden acogerse a las medidas establecidas en el artículo 10 y 11 de dicho RD-ley.
Versión 20.0.12.3 15/04/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 420 (IGIC) de 2020. Se actualiza la declaración para incluir la impresión adaptada a los últimos módulos de impresión facilitados por la Agencia Tributaria Canaria. Para realizar la impresión en papel o la presentación telemática es necesario descargar e instalar el paquete «Módulos de impresión Ejercicio 2020» (este proceso se puede realizar desde el menú «Herramientas», «Descarga de programas»).
- Modelo 421 (IGIC) de 2020. Se actualiza la declaración para incluir la impresión adaptada a los últimos módulos de impresión facilitados por la Agencia Tributaria Canaria. Para realizar la impresión en papel o la presentación telemática es necesario descargar e instalar el paquete «Módulos de impresión Ejercicio 2020» (este proceso se puede realizar desde el menú «Herramientas», «Descarga de programas»). Recuerde que los módulos de IGIC del 1T y 2T de 2020 tienen una reducción del número de días de actividad en el trimestre a causa de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Pulse aquí para ver más información.
- Recuerde que el plazo de presentación de autoliquidaciones de IGIC del 1T se ampliaba hasta el 1 de junio de 2020 y si el pago de declaraciones con resultado a ingresar es mediante Domiciliación bancaria, la presentación del 1T se puede realizar hasta el 27 de mayo de 2020. Ver más información en la Orden de 31 de marzo de 2020 (BOC 01/04/2020) y en la Orden de 20 de marzo de 2020, (BOC 23/03/2020).
Versión 20.0.10.12 16/03/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelos 130, 131 de 2020. Se incluye la realización de estos modelos para el ejercicio 2020.
- Modelo 349 de 2020. Se actualiza el formato de presentación para contemplar las nuevas claves y datos que establece la Orden HAC/174/2020, de 4 de febrero (BOE 29/02/2020) relativas a operaciones derivadas de acuerdos de ventas de bienes en consigna, claves: “R”(Transferencias de bienes efectuadas en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna), “D” (Devoluciones de bienes desde otro Estado miembro al que previamente fueron enviados desde el TAI en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna) y “C” (Sustituciones del empresario o profesional destinatario de los bienes expedidos o transportados a otro Estado miembro en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna).
- Modelos 036. Se actualiza la impresión/presentación telemática para ajustarla al último diseño de registro que ha publicado la Agencia Tributaria para 2020. Este formato añade unas nuevas casillas con un indicador de “Referencia Catastral” del domicilio fiscal (páginas 2A, 2B y 2C) para señalar si el inmueble está situado en España y dispone de Referencia catastral, si está situado en País Vasco, situado en Navarra o si el inmueble no tiene asignada una Referencia Catastral.
- Modelo 720 de 2019. Se añaden nuevos campos en el “browser” o ventana de visualización del listado de bienes y derechos. Anteriormente se mostraban las columnas: Clave, Identificación de la entidad, Valoración 1ª y Valoración 2ª y ahora se añaden las columnas Subclave, Identificación de valores, Número de Valores y Porcentaje de participación.
- Cuentas anuales. Se actualiza el “Documento sobre Servicios a terceros” del ejercicio 2019 para adaptarlo al nuevo formato establecido por el Registro Mercantil que en 2019 solicita el importe facturado por estos servicios de una forma global en lugar de solicitarlo por tipo de servicio como ocurría en el modelo del ejercicio anterior. Este documento lo presentan los sujetos pasivos que presten alguno de los servicios que figuran en la letra o) del número 1 del artículo 2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril (BOE 29/04/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo). Se está actualizando la opción de Presentación digital de Cuentas con estos cambios que se publicarán próximamente en una nueva actualización del programa.
Versión 20.0.8.14 12/02/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelos 111, 115 y 123 mensuales. Se habilita la realización de estos modelos mensuales de 2020 que en la versión anterior no se podían abrir.
- Modelo 347. Se revisa el funcionamiento del botón “Listado” de la relación de operaciones porque en 2019 ese listado se generaba en blanco. Las opciones de “Informe” o “Listado de operaciones” sí funcionaban correctamente.
- Modelo 349 mensual. Se corrige un problema que ocurría en la versión anterior cuando se graban manualmente los datos en la declaración porque al abrirse una nueva ficha de operación, se mostraba automáticamente cumplimentada la casilla “Clave de operación” (se arrastraba la misma clave que la introducida en la última ficha) pero, realmente, si el usuario no se seleccionaba esa casilla en la nueva ficha, el programa impedía grabar la operación dando un error «Debe rellenar este campo».
- En esta versión se activa la realización de los modelos de Cuentas anuales del ejercicio 2019 incluyendo los apartados de Memorias, Presentación digital y Documento sobre servicios a terceros, para poder realizar la presentación de cuentas de entidades con ejercicios finalizados antes de diciembre de 2019. De momento, no sería aconsejable grabar datos en estos apartados para el resto de entidades cuyo ejercicio social finaliza el 31 de diciembre puesto que, hasta ahora, el programa utiliza los últimos modelos y especificaciones de presentación publicados para el ejercicio 2018 y podría ser necesario realizar modificaciones en esos apartados si el Ministerio de Justicia publicase más adelante cambios para el ejercicio 2019.
- Modelo 184. Se realiza un cambio en la opción «Distribuir entre los comuneros» para que al realizar varias veces esta operación no se inicialicen y haya que volver a cumplimentar los datos de «Clave titularidad» y «Porcentaje titularidad» de cada inmueble en la ficha de cada Socio/Comunero/Partícipe si ya tenía informados esos datos previamente.
- Modelo 184. Se modifica el traslado de datos de Actividades económicas desde el Modelo 130 (Est.Directa) de forma que, a partir de ahora, el programa utiliza el Código de Ingreso/Gasto de la AEAT para repartir los ingresos y gastos en las distintas casillas o partidas que contempla el Modelo 184. Hasta ahora se utilizaba el Código de Ingreso/Gasto utilizado habitualmente en los programas Iranon en el Plan de conceptos incluido por defecto y no era configurable el traslado de datos a este modelo. Con esta modificación el usuario puede configurar el traslado de Ingresos/Gastos a cada casilla del 184 según el «Código AEAT» (pulse aquí si desea ver más información de los Conceptos) que haya podido configurar en cada concepto de ingreso o gasto.
Versión 20.0.6.9 04/02/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 347 de 2019. Se revisa un problema de impresión que podía impedir la presentación de declaraciones obteniéndose un mensaje de error: “E010160 Caracteres no válidos Importe total de operaciones de arrendamiento de locales de negocio“.
- Modelo 347. Se revisan las casillas que controlan si el modelo 347 está impreso/presentado y que hay en la parte superior de la primera página del modelo, para luego mostrar ese sujeto pasivo en color azul (si el modelo ya está impreso) o en color rojo (si no está impreso) al acceder al modelo 347.
- Modelo 347 de 2019. Importación de datos de Contaplus. Se revisa la importación de datos al 347 desde la contabilidad Contaplus para contemplar la importación correcta de los asientos correspondientes a adquisiciones con “Inversión de Sujeto pasivo” que llevan tanto el apunte de IVA soportado como el de IVA repercutido para contabilizar la autoliquidación.
- Modelo 415 de 2019. Se actualizan las opciones de impresión y presentación telemática. Para realizar la impresión o presentación telemática del ejercicio 2019 es necesario descargar e instalar la última revisión del paquete “Módulos de impresión – Ejercicio 2019” versión 1.0.4.1 que incluye el módulo de impresión/presentación del modelo 421 de 2019 (versión 6.5.0) facilitado por la Agencia Tributaria Canaria. La descarga de este módulo de impresión se puede realizar desde el menú “Herramientas”, “Descarga de programas”.
- Libros registro Suplidos y Provisiones de fondos. Se revisa un problema detectado en versiones anteriores al generar este libro registro en formato XLS que podía hacer que no saliesen todos los datos correctamente al generar el fichero en este formato.
- Gestión de Alertas. Se corrige un problema que ocurría en la versión anterior y que impedía acceder al apartado de Alertas cuando se accedía por el menú “Ficheros”, “Gestión de alertas” ya que se abría otra opción del programa. El acceso por el menú de iconos que sale verticalmente en la parte izquierda de la ventana sí permitía el acceso correcto a esta opción.
Versión 20.0.4.24 22/01/2020
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 190 de 2019. Se revisa un problema que se producía en algunos equipos al presentar la declaración por TGVI mostrándose mensajes de tipo “Violación de acceso a la dirección…”. En esos casos la declaración se presentaba correctamente pero no se abría automáticamente el PDF con el justificante de presentación ni se marcaba la declaración como “impresa”.
- Modelo 184. Certificado de rentas de cada comunero. Se añade una casilla para informar del importe del coeficiente de provisiones y gastos de difícil justificación atribuidos al comunero.
- Modelo 347 de 2019. En el “Asistente de informes” de las opciones “Informes” y “Listado de operaciones” que hay en la ventana de relación de operaciones, se añaden los informes que habitualmente incluye el programa para obtener cartas y listados del modelo 347.
- Modelos 190, 193 y 296. Se activa el botón “Baja” para solicitar la baja de declaraciones presentadas por TGVI del ejercicio 2019 (para presentar luego declaraciones Sustitutivas), que en la versión anterior no funcionaba en estos modelos.
- Modelo 425 de 2019. Se corrige un problema que impedía imprimir o presentar la declaración cuando el resultado y bases imponibles del modelo estaban a cero en todos los Regímenes de IGIC.
- Modelo 190 de 2018. Se corrige un error que podía aparecer al presentar declaraciones de ejercicios anteriores por “envío directo” o TGVI indicando que no se encuentra el campo “aeatbaja”.
- Modelo 347 de 2018. Se corrige un problema detectado en la versión anterior del programa que hacía que no funcionase la impresión del modelo de 2018 indicando un mensaje “Presentación por Internet no disponible”.
- Declaraciones Informativas 2019. Se modifica la casilla CSV (Código Seguro de Verificación) para que permita escribir manualmente el código CSV por si se quiere anotar el código obtenido cuando la presentación se realiza por navegador web en lugar de hacerla directamente desde el programa (TGVI).
Versión 20.0.2.16 10/01/2020
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Informativas 2019. En la opción de presentación de declaraciones por «TGVI» se revisa que una vez realizada la presentación se marquen automáticamente las casillas de modelo “impreso” para que luego esas declaraciones ya presentadas salgan en color azul en el browser o ventana de selección de declarantes. En la versión anterior, en algunos modelos de Informativas (modelos 190, 180, 184, 193, 296, etc.) no se marcaban las casillas que el programa utiliza para identificar si la declaración está “impresa” o presentada que figuran en la parte superior de la ventana del modelo y esas declaraciones salían en color rojo aunque ya estuviesen presentadas.
- Modelo 184 de 2019. En esta actualización se corrige un problema detectado en la presentación de declaraciones con rendimientos de Capital inmobiliario cuando se graban inmuebles en el apartado «C)» sin indicar el «Número de días de arrendamiento o cesión de uso y disfrute». En el modelo de 2019 es obligatorio informar este número de días en los que ha estado arrendado el inmueble. En estos casos en los que no se indicaba el número de días de arrendamiento, el inmueble salía correctamente informado en las fichas de cada comunero/socio/partícipe pero no se reflejaba en la página 1 correspondiente a la Entidad. Si tiene modelos 184 presentados que incluyan rendimientos de Capital inmobiliario, conviene que revise que le ha indicado el número de días de arrendamiento en todos los inmuebles y, si existe algún inmueble sin este dato, sería aconsejable presentar una declaración Sustitutiva para corregirlo.
- Modelo 184 de 2019. En los apartados de rentas de capital inmobiliario (apartado C) y de actividades económicas (apartado D) de la página 1, se añaden unos botones para eliminar rápidamente todos los datos de un inmueble o de una actividad económica y evitar el tener que ir borrando casilla por casilla cuando se quieren borrar todos los datos de la columna.
- Modelo 347 de 2019. Se activa la presentación telemática de este modelo para el ejercicio 2019 (el plazo de presentación es del 1 de febrero al 2 de marzo de 2020).
- Modelo 425 (Resumen anual de IGIC) del ejercicio 2019 – Se actualiza la impresión y presentación telemática del modelo 425 del ejercicio 2019 para adaptarla al nuevo formato de presentación requerido por el Módulo de impresión/presentación que facilita la Agencia Tributaria Canaria con los cambios que introducía la Resolución de 29 de noviembre de 2019 (BOC 17/12/2019). Para poder realizar la impresión en papel y la presentación telemática será necesario descargar e instalar la última versión del paquete «Módulos de impresión – Ejercicio 2019«, versión 1.0.2.0 (la descarga se puede realizar desde el menú “Herramientas”, “Descarga de actualizaciones”).
- Módulos de IGIC de 2020. Se actualizan los importes y parámetros de cálculo del Régimen Simplificado de IGIC para el ejercicio 2020 conforme a los nuevos valores que introduce la Orden de 23 de diciembre de 2019 (BOC 03/01/2020)
- Modelo 840 de 2020. Se revisa el proceso de cálculo de la declaración que no funcionaba en la anterior versión y ocasionaba error al intentar la presentación si había datos en el apartado «C) Local (Cuota municipial)»
- Libros registro de facturas. Se revisa el posicionado del cursor al acceder a los Libros registro de facturas para que siga teniendo el mismo funcionamiento de ejercicios anteriores ya que en la última versión, al añadir nuevas casillas, en algunos casos, no se realizaba el mismo salto de una casilla a la siguiente cuando se utilizan las teclas [Intro] o [Tabulador] para cambiar de casilla.
Versión 20.0.0.18 31/12/2019
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Se habilita la realización de los Libros registro del ejercicio 2020 y se realizan diversas modificaciones tanto en los Libros registro de facturas como en el apartado “Conceptos de ingreso y gasto” para contemplar la realización del nuevo formato de presentación de Libros registro de facturas de IVA e IRPF que ha establecido la Agencia Tributaria para atender Requerimientos de gestión tributaria relativos al IVA y al IRPF. Desde principios del ejercicio 2019 la AEAT había diseñado un formato estandarizado para presentar los Libros registro de facturas expedidas y recibidas del IVA y, a raíz de los cambios en la llevanza de Libros del IRPF aparecidos en la Orden HAC/773/2019, de 28 de junio (BOE 17/07/2019) y la corrección de errores en BOE 08/08/2019), la Agencia Tributaia ha modificado el diseño del formato de presentación de Libros del IVA para añadir algunos datos más y diseñar un formato unificado de presentación de los Libros de IVA e IRPF. La presentación de Libros registro se puede realizar en forma de Hojas de cálculo tipo Excel o en formatos CSV (ficheros de tipo texto plano). Estos ficheros tienen que adaptarse a una disposición de datos y nomenclatura establecida por la Agencia Tributaria. La generación del Libro registro unificado para IVA e IRPF se realiza desde la ventana de los Libros registro de Facturas Emitidas/Ingresos y Facturas Recibidas/Gastos utilizando el botón «Hoja Cálculo LR AEAT». Ver más información de la generación de los Libros registro de facturas.
- Conceptos de Ingreso y Gasto utilizados en las facturas. La Orden HAC/773/2019, de 28 de junio (BOE 17/07/2019) establece que los conceptos de ingreso y gasto utilizados en los Libros registro de facturas deben corresponder con los conceptos de ingreso/gasto que se establezcan en el último modelo de Renta publicado para cada ejercicio. Por este motivo, en el programa se han añadido en la ficha los Conceptos de ingreso/gasto dos nuevas casillas: una casilla que permite configurar el gasto o ingreso con alguno de los códigos o tipos de concepto de ingreso/gasto tipificados por la Agencia Tributaria. Y otra casilla en la que se puede indicar un Ejercicio a partir del que el concepto de ingreso/gasto ya no será visible para evitar su utilización en ejercicios posteriores a los que sea de aplicación. Al actualizar la base de datos después de instalar esta nueva versión, el programa asignará automáticamente los conceptos de ingreso y gasto tipificados por la Agencia Tributaria en muchos de los conceptos de ingreso y gasto de los incluidos por defecto en el programa pero, en algunos conceptos esta asignación automática no es posible porque no hay una correspondencia unívoca. En el caso de conceptos creados por el propio usuario, el programa tampoco va a poder asignar automáticamente a que concepto de los contemplados por la AEAT puede corresponder. Por este motivo, es importante que revise en todas las empresas esta asignación de códigos de conceptos AEAT y conceptos de ingreso y gasto utilizados en el programa para que, posteriormente, se puedan generar correctamente los Libros registro en el nuevo formato electrónico establecido por la AEAT. Ver más información de los cambios en la ficha de Conceptos de ingreso y gasto. [ Pulse aquí si desea ver más información de las novedades en Libros registro de facturas]
- Modelo 184. Se actualiza el modelo 184 de 2019 con los cambios publicados en la Orden HAC/1276/2019, de 19 de diciembre (BOE 31/12/2019).
- Importación de Balances y Facturas desde Hojas de cálculo. Se corrige un problema que se introducía en la versión anterior del programa y que afectaba a la importación de facturas a los Libros registro o a la importación de datos al apartado Enlace contable/Balance desde Hojas de cálculo Excel o LibreOffice/OpenOffice, haciendo que sólo se importasen las cantidades exactas pero que no se realizase la importación de valores cuando tienen decimales.
- Envío de e-mails desde el programa. Se revisa un problema detectado en la versión anterior cuando se envían correos por el sistema MAPI utilizando Outlook como cliente de correo. En ese cliente de correo suele ser necesario indicar el protocolo de correo a utilizar (“SMTP:”) y, con los cambios realizados en el sistema de envío de e-mails en la última versión del programa, no se estaba aplicando esa opción “Protocolo” que se puede establecer en el apartado de configurar el programa. Al no incluir este protocolo puede ocurrir que los e-mails remitidos a otros servidores de correo diferentes al del emisor, no se puedan entregar y lleguen devueltos.