Urb. San Roque, 22, 24540, Cacabelos, León
902100103 / 987549559
info@iranon.com

Ampliación del plazo de exigibilidad de tener los programas de Facturación adaptados al Reglamento de los SIF

Ampliación del plazo de exigibilidad de tener los programas de Facturación adaptados al Reglamento de los SIF

03/12/2025

La Disposición final primera del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE 03/12/2025) modifica nuevamente el plazo de exigibilidad de tener adaptados los programas de facturación a las características y requisitos que establece el Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación que se aprobaba en el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (BOE 06/12/2023).

El nuevo plazo retrasa un año las fechas previstas hasta ahora con lo que los obligados tributarios que tributen por el Impuesto sobre Sociedades tendrán que tener sus programas de facturación adaptados al Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación antes del 01/01/2027 y las personas físicas y restantes contribuyentes tendrán que tenerlos adaptados antes del 01/07/2027.