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Actualización Impuesto de Sociedades IrIS Versión 23.0.0.7

Actualización Impuesto de Sociedades IrIS Versión 23.0.0.7

22/12/2022

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
  • Modelo 390. Se activa la realización del resumen anual de IVA del ejercicio 2022 conforme al modelo publicado por la Orden HFP/1124/2022, de 18 de noviembre (BOE 22/11/2022)
  • Declaraciones informativas del ejercicio 2022. Modelos 180, 184, 190, 193, 233, 296, 346, 347, 720. En el Modelo 184 se añaden nuevas casillas en la ficha de Inmuebles de cada comunero/socio/partícipe para registrar el número de días que ha estado arrendado cada uno de sus inmuebles según establece la Orden HFP/1192/2022, de 1 de diciembre (BOE 03/12/2022. En el modelo 190 se añaden nuevas casillas en la clave “L”, subclave “29” relativas a la “Prestación económica de la Seguridad Social correspondiente al Ingreso Mínimo Vital” según lo establecido en la Orden HFP/1246/2022, de 14 de diciembre (BOE 19/12/2022). En el Modelo 720 no hay cambios en los datos a presentar aunque sí cambian las instrucciones del modelo relativas al campo «VALORACIÓN 1: SALDO O VALOR A 31 DE DICIEMBRE; SALDO O VALOR EN LA FECHA DE EXTINCIÓN; VALOR DE ADQUISICIÓN» para precisar que en el caso de: -Seguros de vida o invalidez se informará del valor de rescate o, cuando el tomador no pueda efectuar el derecho de rescate a 31 de diciembre, se informará del valor de la provisión matemática en dicha fecha. Y en el caso de -Rentas vitalicias o temporales derivadas de seguros de vida o invalidez sin valor de rescate, se informará igualmente de la provisión matemática a 31 de diciembre (cambio pendiente de la aprobación de la normativa que se encuentra actualmente en tramitación).
  • Modelo 840. Se activa la realización y presentación del modelo 840 de 2023.
  • Modelo 036 de 2023. Se activa provisionalmente la realización del modelo para 2023. La Agencia Tributaria anunciaba en meses anteriores que están previstos cambios en esta declaracion que están pendientes de la aprobación de algunas modificaciones normativas que previsiblemente saldrán a finales de 2022. El día que se publiquen estos cambios será necesario modificar el modelo en el programa para incorporarlos.
  • Certificados de Retención. Se activa la realización de los Certificados de retenciones correspondientes al ejercicio 2022 y el traslado de datos automático desde los modelos 180, 190 y 193.
  • Modelo 303. Se activa la realización del modelo para 2023 conforme al modelo publicado por la Orden HFP/1124/2022, de 18 de noviembre (BOE 22/11/2022).
  • Modelo 309. Se actualiza el modelo y presentación para 2023 conforme a las modificaciones introducidas por la Orden HFP/1245/2022, de 14 de diciembre (BOE 19/12/2022).
  • Precálculo del IS 2022. Se activa la realización del pre-cálculo del IS 2022 (menú “Declaraciones”, “Sociedades”, “Precálculo del impuesto”).
  • Libros registro de facturas. En esta versión se habilita la introducción de facturas en los libros registro del ejercicio 2023.
  • Libros registro SII (Suministro Inmediato de Información del IVA). Se activa la introducción y presentación de registros del ejercicio 2023 y se adapta a las modificaciones propuestas por la Agencia Tributaria para aplicar a partir de 2023 (la fecha de entrada en vigor de estos cambios está todavía pendiente de aprobación). Uno de los cambios es que en el libro de Facturas Expedidas se incluye un nuevo Tipo de factura: “AJ – Asiento para realizar los ajustes periódicos que reflejen el correspondiente impuesto devengado incluido en la liquidación del impuesto. Este tipo sólo podrá ser utilizado por los obligados al IVA en determinados regímenes especiales (Agencias de Viajes -REAV- y Bienes Usados -REBU-) en los que la base imponible del impuesto estará constituida por el margen de beneficio.”. La Agencia Tributaria ha informado recientemente que la fecha de entrada en vigor de la nueva clave de factura “AJ“ (Ajuste del margen de beneficio, en el libro de facturas expedidas) se encuentra pendiente de aprobación, por lo que previsiblemente será posterior al 1 de enero de 2023. El otro cambio avisado por la Agencia Tributaria es que a partir del 2023 van a cambiar las validaciones que realizan en la entrada de facturas para exigir un desglose de base y cuota para el Rég. Especial de Agencias de Viajes (clave 05).
  • Libros registro de facturas. Conceptos de Ingreso/Gasto. Se incluye nuevos mensajes al grabar facturas que se mostrarán cuando en la factura se utilicen algunos conceptos de ingreso/gasto que la Agencia Tributaria admitía en ejercicios anteriores pero que ya no contempla en las últimas especificaciones de los formatos de presentación de libros registro para ateneder requerimientos. En estos casos se mostrará un aviso tipo: «Concepto AEAT asociado (GX1) coyuntural no debe utilizarse». En el caso de que aparezca ese mensaje, sería aconsejable que cambie el tipo de concepto de la AEAT por alguno de los restantes. Este cambio puede hacerse desde la propia factura pulsando el botón con tres puntos suspensivos que permite acceder a la tabla de Conceptos y entrando luego en el concepto a modificar. También puede hacerse desde el menú principal del programa, en la opción «Libros registro», «Conceptos de ingreso y gasto». Al cambiar el concepto de la AEAT en una factura, automáticamente ya quedará modificado en las restantes facturas del sujeto pasivo y actividad en la que esté trabajan. Pulse aquí para ver más información en el Manual del programa.
  • Libros registro de facturas. Grabar y Leer facturas de un fichero. Al hacer click con el botón secundario del ratón sobre la parte superior de la ventana de introducción de facturas se muestra una nueva opción similar a la de “Grabar/Leer buffer” que permite copiar-pegar facturas, pero que, en este caso permite grabar las facturas a un fichero (También se pueden usar las teclas: Ctrl-F6) o leer facturas archivadas en un fichero (Ctrl-F7). Este sistema permitiría tener archivadas “plantillas” de diferentes tipos de facturas que luego puedan cargarse a la hora de insertar nuevas facturas.
  • Presentación de declaraciones por “envío directo” (envío sin usar navegador web). La Agencia Tributaria está incluyendo en el sistema de presentación por “envío direccto” nuevos datos como respuesta a la presentación para informar al declarante de “Avisos” o “Advertencias” relativos a la declaración presentada. Se trata de avisos y advertencias que no impiden la presentación de la declaración. En el caso de los “Avisos”, la Agencia Tributaria ofrece indicaciones o recomendaciones para que el declarante revise ciertos datos de la declaración presentada o a sus datos censales, etc. En el caso de que aparezcan “Advertencias”, significa que la Agencia Tributaria ha detectado alguna incongruencia o dato incompleto o incorrecto que no impide la presentación de la declaración pero que podría derivar en un posterior requerimiento de información así que sería aconsejable revisar esas “Advertencias” por si procede hacer alguna subsanación mediante una declaración Complementaria. Si en la respuesta que devuelve la Agencia Tributaria una vez presentada la declaración se incluyen Avisos o Advertencias, el programa preguntará si se quieren guardar esos datos en el apartado “Adjuntos al modelo” para poder consultarlas posteriormente. Es recomendable dejarlos archivados para poder revisarlos posteriormente desde el menú “Modelo”, “Adjuntos al modelo”.
  • Presentación digital de Cuentas Anuales. Se corrige un problema que podía aparecer en la versión anterior del programa al ejecutar la opción de Generar la presentación que mostraba un error “; expected en la Línea: 3, Carac 37”.
  • Modelo 179 (Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos). Se activa la realización y presentación de registros de esta declaración correspondientes al ejercicio 2023.