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Actualización Impuesto de Sociedades IrIS Versión 23.0.34.7

Actualización Impuesto de Sociedades IrIS Versión 23.0.34.7

10/11/2023

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
  • Borrador del Modelo 200. A partir de esta versión se añade en el programa una nueva opción en el menú “Declaraciones”, “Sociedades” con el título “Modelo 200 BORRADOR” que está prevista para introducir datos en el modelo 200 de cara a trasladarlos luego al modelo del ejercicio 2023 cuando esté disponible. Hay que tener en cuenta que este apartado está basado en el último modelo 200 publicado, es decir, el IS del ejercicio 2022 y no incluye todavía en algunos apartados las casillas correspondientes al ejercicio 2023 ni otros cambios que pueda introducir la Agencia Tributaria el día que publique el modelo de 2023. Por ejemplo, en las páginas 16, 17 y 18 correspondientes a deducciones por inversión empresarial se incluyen hasta ahora las deducciones existentes en el ejercicio anterior.
  • En la ventana de Actividades se añade el epígrafe IAE 863 “Periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación” en el tipo de actividad Profesional. Este nuevo epígrafe se aprobaba en el artículo 70 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOE 24/12/2022) pero, por error, todavía no estaba configurado en la tabla de epígrafes que incluye el programa.
  • En la tabla de Provincias se añade un nuevo código de provincia “53-Isla de La Palma“ que será necesario próximamente en las declaraciones “Informativas 2023” para señalar que los rendimientos se han obtenido en esta isla afectada por la erupción volcánica y se les ha aplicado la reducción del 60% en los tipos de retención. En el caso de que se trate de rentas obtenidas en la Isla de La Palma por contribuyentes con residencia habitual y efectiva en dicho territorio, con derecho a la deducción del art. 68.4 de la Ley del IRPF, se utilizaría este nuevo código de provincia 53 en lugar del código “38-S.C.Tenerife”.
  • Presentación de cuentas. Declaración de Identificación del Titular real. Se añade un aviso en al lado de la casilla “Fecha en la que debe reputarse que se ha producido el cambio de los datos (4)” para recordar que esta fecha no debería ser anterior a la fecha de cierre del ejercicio. En el documento de Preguntas Frecuentes (FAQ) que tiene disponble la página web de Registradores de España relativo a esta declaración, indican que esta fecha debe referirse a la situación existente en el momento de aprobación de las cuentas con lo que nunca debería ser una fecha anterior al cierre del ejercicio.