Actualización Impuesto de Sociedades IrIS Versión 25.0.36.13
22/12/2025
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.10.01. IMPORTANTE: si la base de datos que utiliza en este programa es la misma base de datos que utiliza también en las versiones antiguas del programa de Facturación IRFAC (versión Básica y versión PRO), es importante que realice una copia de la base de datos para su utilización exclusiva por esas versiones antiguas de IRFAC puesto que al actualizar la base de datos se introducen cambios para la adaptación del programa a VERIFACTU y la nueva versión de base de datos no es compatible con las versiones antiguas del programa IRFAC. Pulse aquí para ver más información y como realizar la copia de la base de datos.
- Modelos 193, 184 y 345. Se actualizan los modelos conforme a los cambios introducidos por la Orden HAC/1430/2025, de 3 de diciembre (BOE 12/12/2025).
- Modelos 347 y 190 del ejercicio 2025. Se actualizan los modelos conforme a los cambios introducidos por la Orden HAC/1431/2025, de 3 de diciembre (BOE 12/12/2025).
- Modelo 233 del ejercicio 2025. Se introducen los cambios que establecía la Orden HAC/682/2025, de 27 de junio (BOE 02/07/2025).
- Modelos 303 y 390 del ejercicio 2025. Se actualiza la realización de estas declaraciones conforme a las últimas especificaciones de presentación que ha publicado la Agencia Tributaria para el último modelo del ejercicio y para el resumen anual en las que hay que utilizar los CNAE 2025.
- Modelo 425 (IGIC). Se habilita la realización del modelo del ejercicio 2025. Para su impresión o presentación telemática es necesario tener instalada la última versión del paquete de “Módulos de impresión del ejercicio 2025 (versión 1.0.4.1). Desde la opción «Herramientas», «Descarga de programas» se puede obtener esta actualización.
- Modelos 840 y 036. Se habilita la realización de estos modelos para el ejercicio 2026.
- Modelo 202 del 3P. Se revisa un problema detectado en la versión anterior en declaraciones por la modalidad del art. 40.3 que hacía que no se trasladase a la casilla [30] el importe del primer pago fraccionado del ejercicio.
- Modelo 349. Se revisa un problema que se daba al importar ficheros ASCII (formato BOE) del modelo cuando tenían múltiples operaciones Rectificativas, que hacía que solo se importase la última de esas operaciones rectificativas.
- Modelo 200 de 2024. Declaraciones Rectificativas. Se añade una casilla para permitir introducir manualmente el importe de la casilla [0866] “Rectificación” que es necesario en algunos casos.
- Cuentas anuales de 2024. Se añaden opciones en la Verificación para informar si la entidad no tiene seleccionado el CNAE 2009 y el CNAE 2025.
