Actualización Renta IrDR Versión 24.0.26.7
06/06/2025
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Renta 2024. Se revisa un problema que se podía dar al trasladar datos desde la ficha de “Personas físicas” a la declaración de Renta si hay más de un descendiente con los mismos apellidos y nombre (aunque con distinto NIF o fecha de nacimiento), porque al trasladar los datos desde la ficha de “Unidad familiar” se trasladaba solo uno de esos hijos. Se podía resolver editando la relación de hijos en la pág. 2 pero, por defecto, no se trasladaba más que uno de los hijos si hay más de uno con exactamente los mismos apellidos y nombre.
- Renta 2024. Se actualizan algunos textos en las fichas de entrada de datos de los apartados de variaciones patrimoniales relativos a la D.T. 9ª porque hacían referencia a los importes a los que se ha aplicado la D.T. 9ª “en los años 2015 a 2020” en lugar de poner “en los años 2015 a 2023”.
- Renta 2024. Castilla-La Mancha. Se corrige un problema que podía impedir la presentación de alguna declaración Conjunta de familias monoparentales y la deducción por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas.
- Renta 2024. Castilla y León. Se corrige un problema de visualización que hacía que no se mostrase en el “Anexo B” el importe de la casilla [999] “Importe generado en 2022 pendiente de aplicación” (deducciones por familia numerosa, nacimiento o adopción, partos múltiples ,etc.) en la pantalla. Este problema no afectaba al cálculo o presentación de las declaraciones.
- Renta 2024. Modificación de declaraciones para cambiar la modalidad de tributación. Se revisa un problema que ocasionaba un error al validar o presentar la declaración devolviendo un mensaje de error: “EXML226 – La casilla REAUTORE debe ser informada en caso de Autoliquidaciones Rectificativas”.