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Declaración de Identificación del titular real

Declaración de Identificación del titular real

El BOE del 4 de julio de 2022 publicaba los nuevos modelos de Cuentas anuales en la Orden JUS/616/2022 y en la Orden JUS/615/2022 (consolidadas), de 30 de junio que entraban en vigor a partir del 5 de julo. El Registro Mercantil publicaba en esa misma fecha una Nota informativa relativa a estos cambios y en la que informa que la declaración de titularidad real debe cumplimentarse obligatoriamente, aunque no haya habido cambios respecto de la declaración anterior (en aquellas entidades que están obligadas a presentar esta declaración).

Están obligadas a presentar esta declaración todas las personas jurídicas domiciliadas en España que depositan cuentas, exceptuando las sociedades que coticen en un mercado regulado.

En la declaración de titularidad real de 2021 no hay modificaciones sustanciales con respecto al modelo de ejercicios anteriores salvo que al principio de la declaración se incluye dos casillas nuevas para indicar si la entidad está obligada a presentar esta declaración por no cotizar en un mercado regulado de la UE o de un país tercero equivalente y otra casilla en la que se indica si la sociedad presenta por primera vez o actualiza los datos de identificación del titular real (son las mismas casillas que había hasta ahora en el apartado de Presentación digital de Cuentas). En el caso de tratarse de una sociedad que no cotice en mercados organizados debería marcar “Sí” en la primera casilla y “Sí” en la segunda de esas casillas.

Un tema que ha variado y que puede producir errores en el depósito es que en los apartados I y II de la declaración, en las casillas que piden los APELLIDOS y NOMBRE de los socios con más del 25% de participación o de los administradores o responsables de dirección (cuando no hay socios con más del 25% de participación), el Registro Mercantil va a verificar que se haya puesto una COMA separando los Apellidos del Nombre.

Si no se introduce esta “,” (coma) entre los apellidos y el nombre, las validaciones del Registro Mercantil calificarán este aspecto como “Error de cumplimentación obligatoria” o error primario denegando el depósito.

En el apartado “I – Titular real persona física con porcentaje de participación superior al 25%” será necesario poner una COMA entre los APELLIDOS y NOMBRE de los socios…

Declaración de Identificación del titular real - Apartado I

Y en el apartado “II. Titular real persona física asimilada” también será necsario poner una COMA separando los APELLIDOS y el NOMBRE de los administradores o responsables de la dirección…

Declaración de Identificación del titular real - Apartado II

Pulse en el siguiente enlace si quiere ver las Instrucciones de cumplimentación de la Declaración de Identificación del titular real.