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DECLARACIÓN DE RENTA 2023. Histórico de actualizaciones. Versión 22.X

DECLARACIÓN DE RENTA 2023. Histórico de actualizaciones. Versión 22.X

IRDR – DECLARACION DE RENTA Y PATRIMONIO

Versión 22.0.36.17  02/01/2024

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.09.12 si no está actualizada en el momento de arrancar el programa.
  • Modelo 184 de 2023. Se incluye la impresión o presentación telemática de la declaración.
  • Modelos 111, 117. Se añade en el menú “Modelo” una nueva opción para importar datos desde ficheros de presentación de esos modelos. Esta opción permite importar datos a la declaración desde un fichero en el formato de presentación telemática a la Agencia Tributaria.

Versión 22.0.34.4  20/12/2023

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.09.11 si no está actualizada en el momento de arrancar el programa.
  • Modelo 180 del ejercicio 2023. Se activa la realización de este modelo para 2023. En la tabla de Provincias se añade un nuevo código de provincia “53-Isla de La Palma“ que se utilizará en el caso de que los rendimientos se han obtenido en esta isla afectada por la erupción volcánica y se les ha aplicado la reducción del 60% en los tipos de retención. En el caso de que se trate de rentas obtenidas en la Isla de La Palma por contribuyentes con residencia habitual y efectiva en dicho territorio, con derecho a la deducción del art. 68.4 de la Ley del IRPF, se utilizaría este nuevo código de provincia 53 en lugar del código “38-S.C.Tenerife”.
  • Modelo 184 del ejercicio 2023. En el modelo de 2023 se solicitan dos nuevas casillas en el apartado “D) Rendimientos de actividades económicas”. Uno de estas casillas es para indicar el “RENDIMIENTO NETO PREVIO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN ESTIMACIÓN OBJETIVA (EXCEPTO AGRÍCOLAS, GANADERAS Y FORESTALES)” y la otra casilla nueva es para reflejar el “RENDIMIENTO NETO MINORADO DE ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, GANADERAS Y FORESTALES EN ESTIMACIÓN OBJETIVA”. Estos dos nuevos datos se deben informa en la ficha de datos de cada comunero o socio. En el programa se han añadido estas dos casillas también en la página 1, apartado D), para poder introducir allí el importe total y que luego el programa pueda hacer el reparto de esos importes en la ficha de cada comunero/socio/partícipe en función de su porcentaje de participación. En el caso de actividades empresariales en Estimación objetiva, el programa traslada automáticamente el importe de la nueva casilla “Rto. Neto previo” si se obtienen los datos pulsando el botón “Trasladar datos de actividades”. En el caso de actividades agrícolas, ganaderas y forestales ese “Rto. Neto previo” deberá introducirse manualmente.
  • Modelo 190 del ejercicio 2023. Se adapta la declaración a las modificaciones introducidas por la Orden HFP/1286/2023, de 28 de noviembre (BOE 30/11/2023) y que son las siguientes:
    • La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 establecía nuevos tipos de retención derivados del Estatuto del Artista que ahora se desglosan en el modelo 190 de 2023 en las claves de percepción “F”, “G” e “I” introduciendo nuevas subclaves para diferenciar los rendimientos del trabajo derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas respecto de los que se ceda el derecho a su explotación sujetos a los nuevos tipos de retención.
    • Se añaden en la ficha de percepciones nuevas casillas para indicar las Retenciones e ingresos a cuenta ingresados a las Haciendas del Estado y de las Diputaciones Forales del País Vasco o de la Comunidad Foral de Navarra. Estas casillas solo se tienen que cumplimentar cuando se trate de percepciones de la Clave “E” (derivadas de la condición de administradores y miembros de los Consejos de Administración, de las Juntas que hagan sus veces y de otros órganos representativos) y la entidad pagadora forme parte de un Grupo en el IS y se haya realizado el ingreso de las retenciones a la vez al Estado y a alguna de las Haciendas forales.
    • En la tabla de Provincias se añade un nuevo código de provincia “53-Isla de La Palma“ que se utilizará en el caso de que los rendimientos se han obtenido en esta isla afectada por la erupción volcánica y se les ha aplicado la reducción del 60% en los tipos de retención. En el caso de que se trate de rentas obtenidas en la Isla de La Palma por contribuyentes con residencia habitual y efectiva en dicho territorio, con derecho a la deducción del art. 68.4 de la Ley del IRPF, se utilizaría este nuevo código de provincia 53 en lugar del código “38-S.C.Tenerife”.
  • Modelo 193 del ejercicio 2023. Se activa la realización de esta declaración para 2023. El modelo incluye los siguientes cambios con respecto al ejercicio anterior:
    • En la tabla de Provincias se añade un nuevo código de provincia “53-Isla de La Palma“ que se utilizará en el caso de que los rendimientos se han obtenido en esta isla afectada por la erupción volcánica y se les ha aplicado la reducción del 60% en los tipos de retención. En el caso de que se trate de rentas obtenidas en la Isla de La Palma por contribuyentes con residencia habitual y efectiva en dicho territorio, con derecho a la deducción del art. 68.4 de la Ley del IRPF, se utilizaría este nuevo código de provincia 53 en lugar del código “38-S.C.Tenerife”.
    • En la clave de retención “C” (clave “T” en los programas Iranon) se introduce una nueva subclave 15 “Anticipos a cuenta derivados de la cesión de la explotación de derechos de autor, cuando tales anticipos tengan la consideración de rendimientos del capital mobiliario, que se vayan a devengar a lo largo de varios años” y se modifica la descripción de la subclave 01 de esta clave “C” para indicar que esta subclave 01 solo se utilizará en el caso de Rendimientos o rentas procedentes de la propiedad intelectual cuando el perceptor no sea el autor, distintas de los previstos en la subclave 15.
    • En la casilla “PAGO” se introduce una nueva clave: 5 “Como mediador de otro tipo de rendimientos o rentas obtenidas por la cesión a terceros de capitales propios consignados con clave de percepción B y naturaleza 06”.
    • En la casilla “% RETENCIÓN” se admite el nuevo porcentaje de retención del 7% aplicable a los anticipos a cuenta de la cesión de la explotación de derechos de autor que se vayan a devengar a lo largo de varios años, y la reducción del 60% del porcentaje de retención aplicable a rentas obtenidas en la Isla de La Palma por contribuyentes con residencia habitual y efectiva en dicho territorio, con derecho a la deducción del artículo 68.4 Ley del IRPF.
    • Se incluye una casilla para señalar si los rendimientos han sido obtenidos en Ceuta y Melilla o en la isla de La Palman y en los que se ha aplicado la reducción del 60% en los porcentajes de retención conforme al artículo 68.4 de la Ley del IRPF.
    • Se añaden en la ficha de percepciones nuevas casillas para indicar las Retenciones e ingresos a cuenta ingresados a la Hacienda Estatal y a las Haciendas de las Diputaciones Forales del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra. Estas casillas deben cumplimentarse exclusivamente en el caso de que las retenciones e ingresos a cuenta relativos a rendimientos del capital mobiliario o rentas sujetas a retención hayan tenido que ser ingresadas en proporción al volumen de operaciones según lo previsto en el artículo 12.1 segundo párrafo y en el artículo 10.1.f) segundo párrafo del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra y en el artículo 9.Uno.Primera. a) segundo párrafo y en el artículo 7.Uno.c) segundo párrafo del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco. En estos supuestos, la entidad retenedora, además de consignar las cuantías de retenciones totales practicadas e ingresos totales a cuenta efectuados sobre los citados rendimientos o rentas en la casilla “Retenciones e ingresos a cuenta”, deberá cumplimentar estas nuevas casillas para identificar de forma diferenciada las retenciones e ingresos a cuenta ingresados a cada una de las Administraciones.
  • Modelo 296 del ejercicio 2023. Se habilita la realización de este modelo en el que en 2023 se realizan los siguientes cambios:
    • En el ejercicio 2023 se incorpora a la declaración un Anexo a los registros de declarados denominado “ANEXO DE DESGLOSE DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA INGRESADOS EN EL ESTADO, EN LAS DIPUTACIONES FORALES DEL PAÍS VASCO Y EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA” para informar de manera diferenciada las retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra. Estas casillas se cumplimentarán exclusivamente en el caso de que las retenciones e ingresos a cuenta deban ser ingresadas en proporción al volumen de operaciones según lo dispuesto en el segundo párrafo del apartado 2 del artículo 30 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra y en el apartado Cuatro del artículo 22 y el apartado Dos del artículo 23 del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco. En el programa se han añadido estas nuevas casillas en la ficha de los declarados con lo que se cumplimentará automáticamente en el caso de que las retenciones se hayan ingresado proporcionalmente al Estado y a las Diputaciones Forales del País Vasco o Navarra.
    • Se añade una nueva casilla en las fichas de cada percepción con el título “IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN” en los registros de los declarados. Esta casilla es de cumplimentación obligatoria. El usuario debe introducir en ella un número o código alfanumérico que identifique de forma única cada registro declarado. Este campo se puede cumplimentar de acuerdo con el criterio elegido por el declarante (clave externa autogenerada, código alfanumérico, número de secuencia correlativo, etc.). Es un código alfanumérico de hasta ocho caracteres. No debe repetirse el mismo identificador o número de orden dentro de la declaración.
  • Modelo 720 del ejercicio 2023. El Real Decreto 249/2023, de 4 de abril (BOE 05/04/2023) y la Orden HFP/1180/2023, de 26 de octubre (BOE 31/10/2023), introducen cambios para incluir en el modelo 720 información de los seguros de vida sin valor de rescate cuando la entidad aseguradora se encuentre situada en el extranjero. Estos cambios hacen que haya que actualizar las instrucciones de cumplimentación de la casilla “VALORACIÓN 1: SALDO O VALOR A 31 DE DICIEMBRE; SALDO O VALOR EN LA FECHA DE EXTINCIÓN; VALOR DE ADQUISICIÓN” para señalar que en el caso de que se trate de “Seguros de vida o invalidez”, en esta casilla se informará del valor de rescate o, cuando el tomador no pueda efectuar el derecho de rescate a 31 de diciembre, se informará del valor de la provisión matemática en dicha fecha. Y en el caso de que esta casilla se utilice para declarar “Rentas vitalicias o temporales derivadas de seguros de vida o invalidez sin valor de rescate”, se deberá informar la provisión matemática a 31 de diciembre.
  • Certificados de Retención del ejercicio 2023. Se activa la realización de los Certificados de Retenciones para el ejercicio 2023. No se incluyen cambios con respecto al ejercicio anterior.
  • En los “browsers” o ventanas de selección de las fichas de datos asociados de los modelos 100, 714 y 718 (fichas que registran los distintos rendimientos y elementos) se añade un nuevo botón “Borrar Registros” que permite borrar rápidamente fichas de ese “browser”. Se pueden borrar todas las fichas que se vieualizan en el browser o bien, seleccionar una “Marca” o identificación para borrar solo aquellas fichas que tengan configurada esa marca. Por ejemplo, al importar “Datos fiscales” de la AEAT, el programa les asigna automáticamente la marca “DFAEAT” (el usuario puede crear otras marcas o etiquetas para clasificar o identificar los registros). Si luego se quieren borrar solo esos registros, en este nuevo botón “Borrar Registros” se podría elegir esa marca “DFAET” para filtrar y borrar solo las fichas que tienen esa marca.
  • También en los “browsers” o ventanas de selección e introducción de datos asociados se añade la posibilidad de seleccionar y borrar múltiples fichas de datos a la vez pero seleccionando manualmente con el ratón las fichas que se quieren eliminar. Una vez seleccionados las fichas a borrar se puede pulsar la tecla [Supr] que eliminaría todas las fichas seleccionadas. Para seleccionar varias fichas a la vez se puede hacer click con el ratón en la primera ficha y luego pulsar la tecla [Shift] (flechas de cambio a Mayúsculas) y hacer click con el ratón sobre la última ficha a seleccionar. Si se quieren seleccionar fichas no consecutivas, se pude hacer click en la primera ficha y luego mantener pulsada la tecla [Ctrl] mientras se van seleccionando las restantes fichas al hacer click con el ratón. Las fichas seleccionadas se resaltan con un color de fondo diferente.
  • En la opción “Borrado Datos asociados IRPF-IPPF” del menú principal del programa (apartado “Declaraciones”, “Declaraciones anuales”), también se añade a partir de esta versión una nueva casilla para seleccionar alguna de los valores del campo “Marca” que se puede asignar a las fichas de datos asociados de Renta y Patrimonio de forma que se puedan borrar a la vez todas las fichas que tengan esa marca respetando las otras fichas que no tengan asignadas dicha marca.

Versión 22.0.32.18  31/10/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Renta 2022. Modelo 102 (segundo plazo de Renta 2022) para los casos en los que se ha “Fraccionado el pago” y no se ha “Domiciliado” el importe del segundo plazo. Esta declaración se puede imprimir en formato PDF. La impresión se realiza desde el modelo 100 seleccionando la opción “Imprimir: PDF Modelo 102. 2º plz IRPF”. El plazo de presentación del modelo 102 del ejercicio 2022 termina el día 6 de noviembre de 2023.

Versión 22.0.30.7  27/07/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 718 (Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas). Se corrige un problema detectado en las opciones que trasladan datos desde el modelo 714 y que hacía que no se trasladasen a la casilla [108] los elementos de tipo “Intereses de activos financieros con derecho a bonificación” (acciones en concesionarias de autopistas).
  • Calculadora. En la calculadora que incluye el programa y que se puede abrir pulsando la tecla [F9] se añade un nuevo botón para obtener el número de días transcurridos entre dos fechas.

Versión 22.0.28.1  06/07/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 718 del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Se corrige un problema en el traslado del importe de la casilla [151] “Parte de las cuotas íntegras del IRPF correspondiente al saldo positivo de las ganancias y pérdida patrimoniales obtenidas por transmisiones de elementos patrimoniales adquiridos con más de un año de antelación a la fecha de la transmisión”. Este problema no afecta al cálculo ni a la presentación de la declaración que se hacía correctamente.
  • Modelo 718 de 2022. Se corrige un problema detectado en el traslado de datos desde el Modelo 714 en el caso de que existan “Deudas deducibles” grabadas con titularidad “Conjunta/Comunes” que se trasladaban por entero a cada declarante en lugar de trasladarse el 50% a cada cónyuge.

Versión 22.0.26.22  05/07/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 718 del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Esta versión incluye la realización y presentación telemática del modelo 718 del ejercicio 2022. En el Gestor de Descargas existe un documento PDF con información sobre la realización del modelo 718 en el programa DR. Pulsando aquí también puede consultar esa información.

Versión 22.0.24.15  19/06/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Renta 2022. Se corrige un problema que podía aparecer en el Anexo A.2 al acceder a las casillas 1777 y 1778 para aplicar los excesos pendientes de 2021 de la deducción Por obras realizadas en edificios de uso predominante residencial devolviendo un error de tipo “Violación de acceso a la dirección…”.
  • Patrimonio. Se realizan correcciones en la ventana de entrada de elementos de tipo “Letras del tesoro” para resolver un problema que impedía la presentación devolviendo error en el “Número de valores”.

Versión 22.0.22.21  05/06/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Renta 2022. Andalucía. Se corrige un problema que ocurría al acceder a la pantalla de deducciones autonómicas cuando se abría desde la casilla 564 de la pág. 17. Funcionaba bien al acceder desde el Anexo B y desde la Hoja resumen pero no se abría correctamente si se accedía desde la pág. 17.
  • Renta 2022. Estimación objetiva. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones en las que existe minoración por incremento de plantilla con respecto al ejercicio anterior porque se producía incorrectamente un redondeo.
  • Renta 2022. Deducción por descendiente con discapacidad a cargo que ha fallecido el último día del mes. Se corrige un problema que generaba error en la presentación porque no se aplicaba la deducción del último mes en el que fallece el descendiente cuando la fecha de fallecimiento es el último día del mes.
  • Renta 2022. Ganancias patrimoniales con DT9ª. Se corrige un problema que daba error al presentar algunas declaraciones con varias ganancias en las que se aplicaban los coeficientes reductores de la DT9ª.
  • Renta 2022. Se corrige un problema que impedía la presentación de algunas declaraciones cuando había rentas exentas excepto para el cálculo del tipo de gravamen mostrando errores relativos al mínimo personal y familiar.
  • Renta 2022. Deducción por ascendiente, separado legalmente o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos. Se corrige un problema que impedía en algunos casos presentar declaraciones con esta deducción.
  • Renta 2022. En la opción “Comparativo ejercicio anterior” se revisa para que se incluyan las ganancias y pérdidas patrimoniales por la venta de inmuebles (pág. 12) que por error no se estaban incluyendo en este informe.
  • Patrimonio. Se revisa la función de validación para que no se ejecute si se ha dejado en blanco el código ISIN.
  • Patrimonio. Se corrige un problema en el traslado a la pág. 2 de inmuebles desde el botón “Acceso a inmuebles en atribución de rentas” para que se traslade correctamente la casilla “Clave de situación” que no se trasladaba y provocaba error al intentar presentar o validar.

Versión 22.0.20.20  25/05/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los
  • Renta 2022. Deducciones por obras realizadas para la mejora del consumo de energía primaria no renovable. Se corrige un problema que se daba en algunos casos impidiendo presentar la declaración y que ocurrían cuando la inversión realizada supera el límite de base de deducción por declaración y los datos se habían grabado en una ficha de tipo Conjunta/Común y se intentaban presentar las decl. Individuales y al revés, si se grababan en fichas individualizadas para cada cónyuge y luego se intentaba presentar decl. Conjunta.
  • Renta 2022.Anexo A.4. Reserva de inversiones en Canarias. Se revisa un problema en la entrada de datos que ocurría al introducir reservas del ejercicio 2022.
  • Renta 2022. Canarias. Se corrige un problema en la deducción autonómica por inversión en vivienda habitual que provocaba error al intentar la presentación.
  • Renta 2022. Extremadura. Se reordena la entrada de datos en el Anexo B para que se visualicen algunas casillas que afectan a varias deducciones (residir en municipios de menos de 3.000 habitantes y formar parte de una familia numerosa) que anteriormente se mostraban solo en la primera de las deducciones.
  • Renta 2022. Valencia. Se revisa un problema en la deducción autonómica por “Inversiones en instalaciones de energía o aprovechamientos renovables en viviendas” que impedía presentar algunas declaraciones con importes pendientes de aplicación de ejercicios anteriores.
  • Renta 2022. Se revisa una validación introducida en la versión anterior en las fichas de ganancias/pérdidas patrimoniales que marcaba como requeridas las fechas de adquisición y transmisión en todos los tipos de variaciones patrimoniales y validaba que la fecha de transmisión correspondiese al ejercicio actual.
  • Renta 2022. Pensiones compensatorias y anualidades por alimentos en favor de los hijos. Se revisa el funcionamiento para que se puedan introducir en una misma ficha los datos de las pensiones y anualidades del cónyuge y de un hijo. Hasta ahora era necesario introducirlo en el programa en fichas separadas.
  • Patrimonio. Se añade una función de validación de los códigos ISIN que se ejecuta al grabar las fichas de elementos que incluyan este código mostrando avisos si el código introducido no es correcto.

Versión 22.0.18.28  12/05/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Renta 2022. Deducción por maternidad. Incremento por gastos de guardería. Se corrige un problema que impedía la presentación de algunas declaraciones en las que hay dos progenitores del mismo sexo (dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante, dos madres adoptantes o dos varones adoptantes) aplicando la deducción de maternidad y el incremento por gastos de guardería.
  • Renta 2022. Deducción por maternidad. En la ventana que se solicitan los meses en los que la madre ha tenido actividad por cuenta propia o por cuenta ajena se añade un nuevo botón con información sobre los nuevos casos a los que se amplía esta deducción y que serían para las mujeres que hayan pasado a situación legal de desempleo como consecuencia de haber quedado suspendido el contrato de trabajo por un ERTE o en víctimas de violencia de género o para trabajadoras fijas discontinuas que se encuentren en un periodo de inactividad productiva o para trabajadoras por cuenta propia perceptoras de una prestación por cese de actividad como consecuencia de la suspensión de la actividad económica desarrollada.
  • Renta 2022. Deducción por cónyuge no separado con discapacidad a cargo. Se añade una nueva casilla de tipo check en la entrada de datos para marcar en el caso de que se haya percibido por anticipado la deducción y no haya posibilidad de aplicarla en la Renta. Esta nueva casilla: “En caso de cobro anticipado de la deducción y no tener derecho a la misma…” hace que se traslade al modelo el importe percibido por adelantado aunque no se aplique la deducción.
  • Renta 2022. Andalucía. Se revisa un problema que impedía presentar algunas declaraciones con la deducción autonómica por ayuda doméstica.
  • Renta 2022. Canarias. Se corrige un problema en la deducción autonómica por gastos de enfermedad que hacía que, en algunos casos, fallase la presentación porque no se aplicaba la deducción aunque no se superasen los límites de bases imponibles.
  • Renta 2022. Valencia. Se corrige un problema en la deducción por arrendamiento de la vivienda habitual que impedía presentar algunas declaraciones Conjuntas.
  • Renta 2022. Se resuelve un problema que impedía presentar declaraciones complementarias correspondientes a la casilla 107 (declaración inicial con resultado a devolver, nueva declaración también con resultado a devolver pero menor de la anterior y que todavía no se ha recibido la devolución).
  • Renta 2022. Se corrige un problema que podía ocurrir en algunas declaraciones Conjuntas con descendientes mayores de edad discapacitados que impedía su presentación al obtenerse un error tipo “EXML139 – Para poder optar a tributación Conjunta es necesario estar casado o tener hijos miembros de la unidad familiar”.
  • Renta 2022. Se revisa un problema de impresión que impedía la presentación cuando se grababa más de una ficha de ganancia patrimonial por la transmisión de la vivienda habitual c exención por reinversión en una nueva vivienda habitual.
  • Renta 2022. Se revisa un problema que ocurría al ejecutar la operación “Cálculo”, “Traslado de datos relacionados” (teclas [Ctrl][T]) cuando había deducción por familia numerosa en la pág. 18 que no se recalculaba esta deducción después de realizar el traslado lo que provocaba luego error al intentar presentar la declaración.
  • Renta 2022. Pág. 2, datos de los descendientes. Se revisa un problema que ocurría al abrir la ficha de datos de un descendiente haciendo doble click con el ratón que podía provocar que se marcasen automáticamente las casillas de tipo check que hay en la ficha de los descendientes porque esa ventana con la relación de descendientes funciona con un único click del ratón y al hacer doble click se podía marcar la casilla de la ventana que se abría con el desglose datos del descendiente dependiendo de si había alguna casilla tipo check en la posición donde se había hecho el doble click.
  • Renta 2022. Hoja resumen. Se revisa un problema detectado en la hoja resumen que muestra el programa al final de la declaración cuando hay ganancias por la transmisión de monedas virtuales que, aunque se aplicaban correctamente en la declaración, en la hoja resumen se mostraban en una casilla incorrecta apareciendo como pérdidas en lugar de mostrarse en la casilla de ganancias.
  • Patrimonio 2022. Galicia. Se corrige un problema en al aplicación de la bonificación general del 25% de Galicia que hace que no se aplicase en algunas declaraciones.
  • Patrimonio 2022. Andalucía. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones devolviendo error relativo a la Cuota íntegra [29] y la aplicación de la bonificación del 100%.

Versión 22.0.16.19  27/04/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Renta 2022. La Orden HFP/405/2023, de 18 de abril (BOE 25/04/2023) reduce para el período impositivo 2022 los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. Para aplicar los nuevos índices de rendimiento el programa tiene previstas tres líneas en cada producto. La primera línea lleva fijado el índice de rendimiento general pero en las otras tres líneas el usuario puede introducir manualmente el índice de rendimiento que corresponda cuando se trata de uno de los productos y municipios cuyo índice de rendimiento reduce la Orden HFP/405/2023, de 18 de abril. Otro cambio que introduce la Orden HFP/405/2023 es el incremento del porcentaje de reducción general de estas actividades agrícolas y ganaderas en Estimación objetiva que se eleva del 15% al 25%. Si ya tenía grabadas en el programa actividades agrícolas/ganaderas en estimación objetiva, habría que entrar en la ficha de cada actividad para que al grabarla el programa recalcule la reducción general con el nuevo porcentaje del 25%.
  • Renta 2022. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones con pérdidas patrimoniales procedentes de la venta de elementos afectos a actividades económicas devolviendo un error de tipo “Pérdida patrimonial imputable a 2022 casilla 1639”.
  • Renta 2022. Andalucía. Deducción autonómica “Por ayuda doméstica”. Se revisan en el programa los requisitos para aplicar esta deducción porque había algunos casos en los que no se calculaba la deducción aunque se cumplían los requisitos.
  • Renta 2022. Castilla La Mancha. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones con la deducción autonómica “Para compensar los efectos de la inflación” porque no se aplicaba correctamente el límite máximo.
  • Renta 2022. Castilla y León. Se revisa un problema en la deducción autonómica “Por nacimiento o adopción de hijos” que provocaba error al intentar presentar cuando el contribuyente reside en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
  • Renta 2022. Murcia. Deducción autonómica “Para mujeres trabajadoras”. Se revisan en el programa los requisitos de aplicación de esta deducción para corregir algunos casos en los que no se aplicaba la deducción aunque se cumpliesen sus requisitos.
  • Renta 2022. Comunitat Valenciana. Se corrige un problema que impedía presentar la declaración si el contribuyente había fallecido en 2022 en alguna fecha anterior al 28/10/2022 porque se aplicaba incorrectamente el mínimo del contribuyente.
  • Renta 2022. Comunitat Valenciana. Se corrige un problema que producía error al intentar presentar algunas declaraciones individuales en las que la base liquidable estaba entre 27.000,10 y 30.000,00 euros porque se generaban importes en negativo en las deducciones autonómicas del Anexo B.
  • Renta 2022. Reducción por tributación Conjunta en familias monopartentales. Se revisa un caso en el que no se aplicaba la reducción y que provocaba error en la presentación. Se producía cuando hay hijos menores de edad y otros mayores de edad y en éstos últimos se señalaba la clave de vinculación “D” (hijos o descendientes del declarante que también conviven con el otro progenitor) y en la casilla “Otras situaciones” se informaba la opción “3”.
  • Renta 2022. Página 19. Se habilita el botón para seleccionar la cuenta bancaria en España en el caso de “Solicitudes de Rectificación” que no funcionaba en la versión anterior.
  • Renta 2022. Importación de Datos fiscales AEAT. Se modifica la importación de las ganancias/pérdidas patrimoniales correspondientes a Intereses de demora pagados por las Administraciones Públicas (clave “IAP”) para hacer que se trasladen a las casillas de “Otras ganancias o pérdidas que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales” en parte general de la base imponible. Anteriormente se trasladaban a la casilla de “Otras ganancias” en la parte del ahorro.
  • Renta 2022. Importación de Datos fiscales AEAT. La Agencia Tributaria ha modificado el formato de datos fiscales que facilita para añadir dos nuevos tipos de rendimientos: “AGS – Ayudas directas al sector de la industria gas intensiva” previstas en el artículo 20 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio (BOE 26/06/2022) y “ATR – Ayudas directas al sector de transportes por carretera” previstas en el artículo 25 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo (BOE de 30/03/2022) y en el artículo 4 del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto (BOE 02/08/2022). Este tipo de ayudas tributan como subvenciones corrientes. Al importar los Datos fiscales AEAT el programa informará de la existencia de estas ayudas que se van a mostrar como “No transferibles”. El usuario tendrá que incluirlas manualmente en la actividad o actividades a las que correspondan estas ayudas.
  • Patrimonio 2022. Se corrige un problema de impresión que impedía presentar algunas declaraciones indicando un error de tipo “caracteres no válidos en registro 8”.

Versión 22.0.14.15  20/04/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Renta 2022. En esta versión se revisa un problema que impedía presentar algunas declaraciones con actividades económicas en estimación objetiva de tipo empresarial. Se obtenía un mensaje de error al presentar de tipo “…el valor 0 no es una faceta válida en cuanto a la enumeración [1, 2]”.
  • Renta 2022. Se revisa un problema que aparecía al importar Datos fiscales AEAT cuando se solicitaba la importación de Datos personales y que hacía que no se cargase el sexo de los declarantes ocasionando luego errores al intentar hacer la presentación.
  • Renta 2022. Esta versión corrige un problema que podía aparecer en algunos casos al importar Datos fiscales AEAT cuando se solicitaba la importación de Datos personales y que mostraba varios errores de tipo “SetVal: Invalid idName: _SPHNIF”.
  • Renta 2022. Se revisa un error que impedía presentar algunas declaraciones Conjuntas cuando había planes de pensiones del cónyuge y no del primer declarante. Se obtenía un error en la presentación porque no se cumplimentaba la casilla [468] de la declaración Conjunta.
  • Renta 2022. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones cuando había ciertas ganancias patrimoniales en las que no se aplicaba las reducciones de la D.T. 9ª porque se cumplimentaba el campo “N.º de años de permanencia hasta el 31/12/1984” que solo tiene que indicarse cuando se aplica la D.T. 9ª.
  • Renta 2022. Se revisa un error que aparecía al intentar abrir las casillas del apartado “Ejercicio 2020 y 2021. Ampliación de deducción de maternidad a otras situaciones”, en la pág. 18, casillas [1912] y [1913].
  • Modelos de Solicitud de Aplazamiento de Deudas. Se actualizan estos modelos en el programa y su impresión en formato PDF conforme a los cambios introducidos por la Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo (BOE 31/03/2023) que elevan el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 50.000 euros.

Versión 22.0.12.8  14/04/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Esta versión corrige un problema detectado en el traslado de fichas de Inmuebles del ejercicio anterior a Renta 2022 que hacía que no se copiasen los valores catastrales y de adquisición del inmueble cuando no se usaba la opción “Trasladar todo importes incluidos”.
  • Se revisa un problema que ocurría al intentar descargar Datos fiscales AEAT y que devolvía un error “No se encuentra el recurso necesario para realizar la operación”.

Versión 22.0.10.31  12/04/2023

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
  • Esta versión incluye la realización y presentación telemática de los modelos 100 de Declaración de Renta y 714 de Impuesto de Patrimonio del ejercicio 2022 conforme a la Orden HFP/310/2023, de 28 de marzo (BOE 31/03/2023), por la que se aprueban los modelos de declaración de Renta y Patrimonio para el ejercicio 2022. En el “Gestor de descargas” (menú “Herramientas”, “Descarga de programas”) está disponible un documento PDF (opción “Documentación renta 2022”) que incluye información de los cambios en la normativa de Renta y Patrimonio para el ejercicio 2022 y las novedades incluidas en esta versión del programa.
  • Epígrafes IAE. Se incluye el epígrafe 848 “Servicios de oficina flexible, coworking y centros de negocios” que añade a partir de 2023 la Ley 31/2022 (BOE 24/12/2022).

Versión 22.0.8.20  21/03/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Se activa la realización de algunos modelos del ejercicio 2023: modelos 210, 130, 131 y algunos modelos de representación para presentaciones telemáticas y de solicitud de aplazamientos de deudas.
  • Modelo 216 Mensual. Se revisa un problema que impedía acceder a este modelo mensual si el “Usuario” en el programa no era “Administrador”.
  • Esta versión no incluye todavía la realización de las declaraciones de Renta y Patrimonio del ejercicio 2022 que se publicarán en una próxima actualización.

Versión 22.0.6.1  03/02/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Se activa la presentación de algunos modelos mensuales de 2023: modelos 111, 115, 123 y 216.

Versión 22.0.4.4  11/01/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 184. Se corrige un problema de impresión que podía aparecer en algunas declaraciones y que mostraba un mensaje de error: “Caracteres no válidos en número de días” impidiendo presentar telemáticamente la declaración. Se corrige también un problema en la introducción del número de días de arrendamiento en el inmueble 6 en la ficha de los comuneros, socios o partícipes que por error repetía el mismo número de días introducido para el inmueble 5.
  • Módulos empresariales de 2022. En versiones anteriores del programa se incluía el cambio en la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos que pasa del 5% al 15% en el 4T de 2022 conforme a la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre (BOE 01/12/2022) y las reducciones en el IRPF para paliar los efectos de la erupción volcánica de la isla de La Palma. Recuerde que para aplicar estos cambios hay que entrar en la pantalla de introducción y cálculo de módulos y pulsar el botón “Actualiza los importes de módulos” (penúltimo botón por la derecha de los que aparecen en la barra de herramientas de la parte superior de estas pantallas) y finalmente realizar el cálculo de los “Datos provisionales” y “Datos definitivos” para aplicar los nuevos importes de reducción y trasladar luego esos resultados al modelo 131 del 4T.

Versión 22.0.2.3  30/12/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 210. Se actualiza el dibujo o pantalla del modelo para corregir un error en el título del apartado Situación del inmueble que hasta ahora ponía: “Situación del inmueble (sólo para rentas de los tipos 01, 02 y 28)” y debería poner: “Situación del inmueble (sólo para rentas de los tipos 01, 02, 33, 34 y 35)”.

Versión 22.0.0.5  22/12/2022

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
  • Declaraciones informativas del ejercicio 2022. Modelos 180, 184, 190, 193, 296 y 720. En el Modelo 184 se añaden nuevas casillas en la ficha de Inmuebles de cada comunero/socio/partícipe para registrar el número de días que ha estado arrendado cada uno de sus inmuebles según establece la Orden HFP/1192/2022, de 1 de diciembre (BOE 03/12/2022. En el modelo 190 se añaden nuevas casillas en la clave “L”, subclave “29” relativas a la “Prestación económica de la Seguridad Social correspondiente al Ingreso Mínimo Vital” según lo establecido en la Orden HFP/1246/2022, de 14 de diciembre (BOE 19/12/2022). En el Modelo 720 no hay cambios en los datos a presentar aunque sí cambian las instrucciones del modelo relativas al campo “VALORACIÓN 1: SALDO O VALOR A 31 DE DICIEMBRE; SALDO O VALOR EN LA FECHA DE EXTINCIÓN; VALOR DE ADQUISICIÓN” para precisar que en el caso de: -Seguros de vida o invalidez se informará del valor de rescate o, cuando el tomador no pueda efectuar el derecho de rescate a 31 de diciembre, se informará del valor de la provisión matemática en dicha fecha. Y en el caso de -Rentas vitalicias o temporales derivadas de seguros de vida o invalidez sin valor de rescate, se informará igualmente de la provisión matemática a 31 de diciembre (cambio pendiente de la aprobación de la normativa que se encuentra actualmente en tramitación).
  • Certificados de Retención. Se activa la realización de los Certificados de retenciones correspondientes al ejercicio 2022 y el traslado de datos automático desde los modelos 180, 190 y 193.
  • Módulos empresariales de 2022. Se incluye el cambio en la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos que pasa del 5% al 15% en el 4T de 2022 conforme a la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE 01/12/2022) y las reducciones para paliar los efectos de la erupción volcánica de la Isla de La Palma. Para aplicar estos cambio hay que entrar en la pantalla de introducción y cálculo de módulos y pulsar el botón “Actualiza los importes de módulos” (penúltimo botón por la derecha de los que aparecen en la barra de herramientas de la parte superior de estas pantallas) y finalmente realizar el cálculo de los “Datos provisionales” y “Datos definitivos” para aplicar los nuevos importes de reducción.
  • Módulos empresariales de 2023. Se incluye el cálculo de módulos empresariales para 2023 conforme a los cambios publicados en la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE 01/12/2022).
  • Presentación de declaraciones por “envío directo” (envío sin usar navegador web). La Agencia Tributaria está incluyendo en el sistema de presentación por “envío direccto” de algunas declaraciones un nuevo sistema de respuesta para informar al declarante de “Avisos” o “Advertencias” relativos a la declaración presentada. Se trata de avisos y advertencias que no impiden la presentación de la declaración. En el caso de los “Avisos”, la Agencia Tributaria ofrece indicaciones o recomendaciones para que el declarante revise ciertos datos de la declaración presentada, incidencias censales, etc. En el caso de que aparezcan “Advertencias”, significa que la Agencia Tributaria ha detectado alguna posible incongruencia o dato incompleto o incorrecto que no impide la presentación pero que podría derivar en un posterior requerimiento de información así que sería aconsejable revisar esas “Advertencias” por si procede hacer alguna subsanación mediante declaración Complementaria. Si en la respuesta que devuelve la Agencia Tributaria una vez presentada la declaración se incluyen Avisos o Advertencias, el programa preguntará si se quieren guardar esos datos en el apartado “Adjuntos al modelo” para poder consultarlas posteriormente. Es recomendable dejarlos archivados para poder revisarlos posteriormente desde el menú “Modelo”, “Adjuntos al modelo”.