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DECLARACIÓN DE RENTA 2024. Histórico de actualizaciones. Versión 23.X

DECLARACIÓN DE RENTA 2024. Histórico de actualizaciones. Versión 23.X

IRDR – DECLARACIÓN DE RENTA Y PATRIMONIO

Versión 23.0.24.27 05/12/2024

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.09.17.
  • Declaraciones Informativas de 2023 (modelos 190, 180, 193, etc.). Envío directo o TGVI online. Se revisa un problema que podía aparecer en la versión anterior al intentar hacer envío de declaraciones o bajas por envío directo mostrando un mensaje: “No se encontró el encabezado solicitado”.
  • Renta 2023. Hoja resumen. Se revisa el importe reflejado en la casilla “Suma Retenciones e ingresos a cuenta atribuidos” (entidades en atribución de rentas) porque no se acumulaban en ese total las retenciones de capital mobiliario. Esto no afecta al cálculo o presentación de la declaración que se hacía correctamente en base a los datos existentes en la pág. 18
  • Modelo 718 de 2023. Se revisa un mensaje de error que podía aparecer al calcular en modelos que aplican el tipo de gravamen del ahorro superiores al 26 por ciento. No afecta al cálculo o presentación del modelo porque el error se producía al intentar mostrar un mensaje informativo.
  • Modelo 718 de 2023. Se modifica la ventana de diálogo que se muestra al “Imprimir” para que se indique el nombre/NIF del Cónyuge en el caso de estar imprimiendo esa declaración del cónyuge. Hasta ahora se mostraba en esa ventana siempre el nombre/NIF del titular de la unidad familiar.
  • Modelos 131 de 2024. Módulos. Se incorporan nuevas casillas en las pantallas de cálculo de módulos para aplicar las reducciones por la DANA acontecida entre el 28 de octubre y 4 de noviembre que establecía la Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2025 el método de Estimación objetiva del IRPF y el Régimen especial Simplificado del IVA (BOE 30/11/2024). En las pantallas de “Datos provisionales” y “Datos definitivos” hay unas casillas para señalar si la actividad se realiza en alguno de los términos municipales afectados por la DANA (en este caso se aplica automáticamente el 25% de reducción) o si se desarrolla a la vez en alguno de esos municipios y en otros no afectados por la DANA (en este último caso será necesario introducir manualmente el importe de la reducción a aplicar en las pantallas de “Resultados IRPF” o “Resultados IVA”. Los municipios en los que se podrán aplicar esta reducción son los relacionados en el Anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre (BOE 06/11/2024). La Agencia Tributaria todavía no ha publicado un nuevo diseño de registro para hacer la presentación del modelo 131 del 4T en el que se incluyan las reducciones por la DANA así que será necesario publicar nuevas actualizaciones del programa en próximas fechas con ese cambio.
  • Modelo 296. Se actualiza la realización de este modelo para el ejercicio 2024 conforme a los cambios que introducía Orden HAC/646/2024, de 25 de junio (BOE 28/06/2024). Además de algunos cambios en las fichas de perceptores, a partir de 2024 el modelo 296 incluye dos nuevos Anexos llamados «Valores negociables. Relación de pago a contribuyentes» (anexo «A») y «Valores negociables. Relación de certificados de pago» (anexo «B»). Estarán obligados a cumplimentar los Anexos «A» y «B» los mediadores en España (en el campo «Declarante: Pago» del registro del perceptor tiene los valores 2 ó 3) que realicen los pagos de rentas de valores (claves de percepción «1. Dividendos y otras rentas de participación en fondos propios de entidades» o «2. Intereses y otras rentas derivadas de la cesión a terceros de capitales propios») a intermediarios en el extranjero (si en el campo «Perceptor mediador» del registro de perceptor consta el valor «2 : El perceptor declarado es un mediador situado en el extranjero») cuando soliciten la devolución de retenciones, en su condición de depositarios o gestores, para los contribuyentes que obtienen la renta y no figuran identificados en el registro de perceptores del modelo 296, mediante el modelo de autoliquidación 210. Cuando la solicitud de devolución se realice por el propio contribuyente o su representante, los mediadores en España que realicen los pagos de rentas de valores a intermediarios en el extranjero también podrán cumplimentar los anexos para incluir los registros de estos contribuyentes. Estos anexos no se presentan en el mismo plazo que los registros de perceptores del modelo 296. Mientras que los registros de perceptores y los de ingresos realizados simultáneamente a la Hacienda Estatal y a las Haciendas Forales del País Vaso y Navarra (los registros que ya existían en el ejercicio anterior) se presentan en el mes de enero del año siguiente al que corresponda la declaración, en el caso de los nuevos Anexos «A» y «B» se presentarán con posterioridad a la presentación de las solicitudes de devolución mediante los modelos de autoliquidación 210 (a partir del 1 de febrero del año siguiente al que corresponda la declaración). IMPORTANTE:
    • Si la declaración incluye los Anexos «A» y «B», deberá consignar en el campo «IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN» de los respectivos anexos «A y «B», el mismo número de orden o identificación que el indicando en el registro del perceptor que se corresponda con el pago en el que están comprendidos los contribuyentes detallados en el anexo «A» o cuyo certificado se informa en el anexo «B».
    • Si se van a declarar anexos «A» o «B» no se puede usar la presentación por “envío directo” o TGVI Online. En este caso será necesario utilizar la presentación por página web (“Modelo”, “Imprimir modelo” y cargar la declaración en la web de la AEAT en la opción «Hasta 40.000 registros»).
  • Certificados de retenciones declaradas en el modelo 190. A partir de esta versión se añade una nueva opción en el menú “Declaraciones”, “IRPF”, “Certificados de retención” llamada “Certificado retenciones mod. 190” que permite obtener en un mismo Certificado las retenciones declaradas en el modelo 190 correspondientes a Rendimientos del Trabajo, Actividades económicas, Premios por la participación en juegos, concursos, etc. y retenciones por ganancias derivadas de aprovechamientos forestales. Este nuevo modelo de certificado ocupa dos páginas. El programa sigue incluyendo también los Certificados individuales para cada tipo de retención (rtos. trabajo, activ. económica, premiso, etc.) que ocupan una sola página.

Versión 23.0.22.26 06/06/2024

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.09.13.
  • Modelo 102 (segundo plazo de Renta 2023) para los casos en los que se ha “Fraccionado el pago” y no se ha “Domiciliado” el importe del segundo plazo. Esta declaración se puede imprimir en formato PDF. La impresión se realiza desde el modelo 100 seleccionando la opción “Imprimir: PDF Modelo 102. 2º plazo IRPF”. El plazo de presentación del modelo 102 del ejercicio 2022 termina el día 5 de noviembre de 2024.
  • Modelo 100 de los ejercicios 2020 y 2021. Se corrige un mensaje de error que podía aparecer al grabar la ficha de rendimientos de actividades agrícolas y ganaderas en Estimación objetiva mostrando un error “GetVal: Invalid idName: _EMAQ25”. Este mensaje no impedía grabar y presentar correctamente la declaración.
  • Modelo 100. Castilla y León. Se revisa un problema que causaba error al validar o intentar presentar algunas declaraciones con la deducción por cuidado de hijos menores cuando el otro cónyuge había percibido por el incremento por gastos de guardería (deducción de maternidad) un importe superior a los gastos indicados en esta deducción.
  • Modelo 100. Valencia. Se corrige un problema que podía aparecer en la deducción autonómica por «Inversiones hasta 2022 en instalaciones de energía o aprovechamientos renovables en viviendas» y que impedía presentar la declaración cuando existían solo inversiones en «Otras viviendas» en los años 2020 ó 2019.
  • Modelo 100. Deducciones por familia numerosa y por personas con discapacidad a cargo. Se revisan algunos casos que podían fallar en la presentación de algunas declaraciones individuales cuando uno de los cónyuges no tiene derecho a la deducción en todos los meses. También se añade en las ventanas de entrada de datos un botón con información sobre los requisitos para tener el derecho a la deducción y para realizar la cesión del derecho o la obligación de presentar el modelo 121 en el caso de que el contribuyente que cede el derecho no vaya a presentar Renta.
  • Modelo 100. Se corrige un problema en el traslado al modelo de pérdidas de premios obtenidos por la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios que no se trasladaban correctamente cuando se metían en fichas individualizadas.
  • Modelo 100. Se revisa un problema que hacía que el botón “Trasladar Descendientes Modelo Ejer. Anterior” que existe en la pág. 2, en el apartado de Descendientes, no funcionase en algunas unidades familiares con un único declarante, devolviendo un mensaje “No se han trasladado datos de Descendientes” (este botón está previsto para copiar desde el ejercicio anterior los “Datos del otro progenitor” cuando hay descendientes con vinculación “D” o “E”).
  • Modelo 720. Se corrige un problema que podía aparecer en las últimas versiones del programa al intentar hacer la presentación de la declaración por “envío directo” (TGVI) dando un error “No se encontró el encabezado solicitado”.
  • Modelo 714. Se revisa un problema en el botón «Enlace IRPF» que hay en las fichas de los apartados «R. Demás bienes y derechos de contenido económico» y «2. Deudas deducibles» que permite trasladar a esas fichas el resultado del IRPF porque no realizaba el traslado si se seleccionaba la la opción «Conjunta».
  • Impresión de las fichas de rendimientos de capital inmobiliario desde las declaraciones de Renta y Patrimonio. Se revisa un problema que aparecía al imprimir los datos de las fichas de inmuebles cuando en las descripciones o direcciones de los inmuebles existía el carácter del apóstrofe o «comillas simples».

Versión 23.0.20.7 17/05/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 100. Se corrige un problema que podía aparecer en algunas declaraciones al ejecutar las opciones de “Verificar”, “Grabar y salir” o “Imprimir” mostrando un Informe de error con un mensaje “exception message: Invalid argument.”. Este problema se puede producir en declaraciones con actividades en Estimación objetiva.
  • Modelo 100. Deducción por Familia numerosa. Se corrige un problema de impresión introducido en la versión anterior y que impedía presentar algunas declaraciones Conjuntas indicando errores relativos a las casillas de cesión 653 y 657.
  • Modelo 100. Castilla y León. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones con deducción autonómica por nacimiento o adopción de hijos cuando había saldos pendientes de aplicación de 2020.
  • Modelo 100. Atribución de rentas de actividades económicas. Se añade en el programa un control para dar un mensaje de error si se activa la casilla “Tiene derecho a la reducción por inicio de una actividad (art. 32.3 de la Ley del Impuesto)” y no se ha seleccionado método de Estimación directa.
  • Modelo 100. Presentación por “envío directo” (con certificado digital de colaborador social). Se revisa un problema que podía aparecer en la versión anterior del programa al intentar transmitir la declaraciones devolviendo un mensaje de error tipo “Error 1310. No está autorizado a este Trámite” y que podía aparecer por un problema en la selección del certificado cuando el declarante tiene configurado en su ficha de datos un certificado digital propio.

Versión 23.0.18.27 14/05/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 100. Valencia. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones con la deducción autonómica “Por el incremento de los costes de la financiación ajena en la inversión de la vivienda habitual” del ejercicio anterior y que podía aparecer dependiendo de la fecha de concesión del préstamo introducida.
  • Modelo 100. Se revisan varios errores que se producían al intentar validar o presentar declaraciones con la deducción “Por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales (art. 36.3 LIS)” del Anexo A.3.
  • Modelo 100. Se corrige un problema de impresión que impedía presentar algunas declaraciones Complementarias de Renta 2023 por la opción de la casilla 107 (declaración anterior con resultado “A devolver” y nueva declaración también “A devolver” pero en menor importe y cuando todavía no se ha realizado la devolución) y se revisa el mismo problema que también podía aparecer al presentar una complementaria de 2023 de otra anterior que había salido “A devolver” si no se informaba el importe de la devolución en la casillas [677] porque todavía no se había recibido la devolución.
  • Modelo 100. Se revisa un problema que aparecía al intentar presentar una “Solicitud de rectificación” (casilla 127 de la pág. 3) cuando la primera declaración tenía un resultado cero y la nueva declaración tiene también un resultado cero.
  • Modelo 100. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones con descendientes fallecidos en 2023 cuando esos descendientes eran mayores de tres años porque al calcular se aplicaba por error el incremento del mínimo por descendiente para menores de tres años.
  • Modelo 100. Se revisa un problema que se detectó en algunos ordenadores al intentar descargar “Datos fiscales AEAT” con “Número de referencia” que no les funcionaba el proceso y les aparecía un “Error 98. Referencia en blanco”.
  • Modelo 100. Estimación objetiva de actividades empresariales. Se modifica el funcionamiento de la casilla “Número máximo de empleados que han trabajado simultáneamente en la actividad en el ejercicio” para que deje de tenerse en cuenta a la hora de aplicar el índice corrector de empresa de pequeña dimensión o a la hora de computar al 50% las horas del Cónyuge e hijos menores tal y como establece la sentencia del Tribunal Supremo 1740/2023. Hasta ahora este índice corrector de empresa de pequeña dimensión se aplicaba siempre que el número de empleados indicado por el usuario no fuese superior a dos y el cómputo del 50% de las horas de trabajo del Cónyuge/hijos menores se aplicaba si el número de empleados no era superior a uno. A partir de esta versión el programa ya no usa esa casilla y determina automáticamente el número de personas empleadas dividiendo las horas de trabajo del personal asalariado entre 1.800 ó las horas de convenio colectivo.
  • Modelo 100. Ficha de datos de Descendientes. Se modifica el funcionamiento de las casillas de tipo “check” que preguntan si el descendiente ha percibido rentas, si reside en otro país de la UE, etc. para hacer que esos check solo funcionen cuando se haga click sobre el recuadro de la casilla y no al hacer click también sobre la descripción de la casilla como funciona hasta ahora. Se trata de evitar que si se abre la ficha de descendientes haciendo doble click se activen o desactiven por error estas opciones porque esta ventana de datos de los Descendientes se abre con un solo click del ratón.
  • Modelo 714. Patrimonio. Valencia. Se revisa un problema que impedía presentar algunas declaraciones por un problema en la aplicación de la escala de gravamen.
  • Equipos con versiones antiguas de Windows (Windows 7, Windows 8 ó Windos Server 2012). Se introducen cambios en el apartado “Ficheros”, “Configuración”, “Programa”, en la solapa “Impresión” para configurar el uso de la librería CURL de forma que pueda funcionar la presentación por “envío directo” usando el almacén de Certificados digitales de Windows.

Versión 23.0.16.7 25/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 100. Carga de Datos fiscales AEAT. Se corrige un problema que se introducía en la última actualización y que originaba un fallo al intentar importar Datos fiscales de algunos declarantes dando un error de tipo “longitud de registro incorrecta”. Este problema ocurría en los casos en los que existían letras “Ñ”, “Ç” o caracteres especiales entre los Datos fiscales recibidos porque no se grababan con el juego de caracteres adecuado para realizar luego su importación.
  • Modelo 100. Andalucía. Se revisa un problema que impedía presentar algunas declaraciones con la deducción autonómica por nacimiento de hijos.
  • Modelo 100. Galicia. Se corrige un problema que podía darse en la deducción autonómica “Para familias con dos hijos e hijas” cuando en la unidad familiar existen descendientes distintos de los hijos y que impedía presentar la declaración. 
  • Modelo 100. Madrid. Se corrige un problema que podía impedir la presentación de declaraciones con la deducción autonómica por familia numerosa de categoría general.

Versión 23.0.14.13 24/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 100. La Orden HAC/348/2024, de 17 de abril, (BOE 19/04/2024) modifica para el período impositivo 2023 los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. Para aplicar los nuevos índices de rendimiento el programa tiene previstas tres líneas en cada producto. La primera línea lleva fijado el índice de rendimiento general y que se aplicaba desde el inicio de la campaña de Renta pero en las otras tres líneas el usuario puede introducir manualmente el índice de rendimiento que corresponda cuando se trata de uno de los productos y municipios cuyo índice de rendimiento reduce la Orden HAC/348/2024, de 17 de abril. Otro cambio que introduce la Orden HAC/348/2024 es el incremento del porcentaje de reducción general de estas actividades agrícolas y ganaderas en Estimación objetiva que se eleva del 10% al 15%. Si ya tenía grabadas en el programa actividades agrícolas/ganaderas en estimación objetiva, habría que entrar en la ficha de cada actividad para que al grabarla el programa recalcule la reducción general con el nuevo porcentaje del 15%.
  • Modelo 100. Se corrige un problema en la casilla de introducción de cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos que no abría la ventana de entrada de datos al hacer doble click en la casilla “M” del Anexo A.2
  • Modelo 100. Impresión del borrador. Se revisa la impresión del borrador de la hoja “Resumen” para hacer que ocupe toda la página. En versiones anteriores dejaba un espacio en blanco al final de la hoja con lo que salía en un tamaño de letra más pequeño de lo que puede salir.
  • En esta actualización se incluye un nuevo sistema de comunicación con los servicios web de la Agencia Tributaria para realizar la presentación de declaraciones, descarga del PDF justificante de presentación o para realizar la descarga de Datos fiscales desde equipos antiguos con versiones de Windows anteriores a Windows 10 que actualmente no funcionan porque esas versiones no contemplan los sistemas de cifrado del protocolo TLS 1.2 que requieren algunos servicios web de la AEAT. Si trabaja en un equipo con Windows 10 ó Windows 11 no será necesario cambiar nada generalmente porque ya deberían funcionarle estas opciones de presentación a la AEAT. En cambio, si utiliza un equipo con Windows 8 ó Windows 7 podría seleccionar esta nueva opción de comunicación. Esta opción se configura en el menú “Ficheros”, “Configuración”, “Programa” y en la solapa “Impresión”. En esa opción se puede marcar la casilla “Utilizar módulo CURL para el envío de declaraciones a la AEAT” para utilizar este sistema. En ese mismo apartado hay unos botones para descargar la librería CURL en su versión de 32 bits o en 64 bits.

Versión 23.0.12.10 18/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 100. Deducción por maternidad, incremento por gastos de guardería. Se revisa un problema que no permitía la presentación de algunas declaraciones cuando el descendiente cumplía los tres años en el ejercicio, antes de septiembre y puede aplicarse el incremento aunque ya tenga los tres años cumplidos.
  • Modelo 100. Madrid. Deducción por gastos educativos por la enseñanza de Idiomas. Se corrige un error que impedía presentar declaraciones con este tipo de deducción porque no se aplicaba el porcentaje de deducción correcto.
  • Modelo 100. Visualización de Datos fiscales. Se hacen mejoras en la visualización de la ventana de registro o “log” de los datos fiscales importados que se puede consultar desde el apartado “Modelo”, “Adjuntos al modelo”, pulsando el icono de “bloc de notas”, para mostrar los datos con una fuente de letra tipo monoespaciada y se pueda hacer scroll o desplazamiento de la ventana para visualizar bien los datos fiscales que suelen ser líneas muy largas.
  • Patrimonio 2023. Se activa la impresión o presentación telemática del modelo 714 de 2023.

Versión 23.0.10.11 12/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 100. Castilla y León. Se actualiza el programa y la presentación telemática para incorporar un nuevo dato que ha añadido la Agencia Tributaria en el formato de presentación correspondiente a la deducción autonómica de Castilla y León por nacimiento o adopción de hijos. Se trata de la casilla “Indique si ha solicitado y obtenido el Bono Nacimiento de la Junta de Castilla y León en el ejercicio”. Si se marca esta casilla no se aplicará la deducción por nacimiento o adopción al ser incompatible con el “Bono Nacimiento”.
  • Modelo 100. Se corrige un error que podía aparecer en algunos casos al abrir la ventana de entrada de datos de deducciones autonómicas (Anexo B) de Asturias, Baleares, Canarias, Madrid y Murcia. Cuando se daba este problema se mostraba un error de tipo “Violación de acceso a la dirección…” y no se abría la ventana de entrada de datos.
  • Importación de Datos Fiscales AEAT que incluyen registros de “Ajuste de Mutualidades – DT2ª LIRPF” del ejercicio 2023. Este tipo de dato se recibe como una ficha de Rendimientos de Trabajo con un “Importe íntegro” de las retribuciones dinerarias en negativo. Al cargar este tipo de registro el programa mostrará la ficha en pantalla con el importe pero no va a permitir grabarla al tener unos ingresos en negativo que luego no se podría presentar. En este caso debería tomar nota del importe y cancelar la grabación de esa ficha y trasladarlo o integrarlo posteriormente en la ficha de Rtos. del Trabajo que corresponda restando ese importe negativo del ajuste por mutualidades de los demás ingresos positivos.
  • Modelo 100. Se revisa un problema que podía aparecer al importar desde el programa Precálculo de Renta 2023 rendimientos de capital inmobiliario con la opción “Trasladar todo, importes incluidos” y que podía dar errores de tipo “Tamaño de buffer incorrecto”.
  • Modelos 131 de 2024. Se corrige un problema que podía impedir la presentación de algunas declaraciones con actividades en atribución de rentas (CB/SC) cuando en la ficha de la entidad, el comunero tiene informado un porcentaje de participación con más de dos decimales. En el modelo 131 la Agencia Tributaria solo prevé valores en el porcentaje de participación con dos decimales así que al incluir más de dos se podían producir diferencias por redondeos. Se revisa para que este porcentaje se redondee automáticamente a dos decimales al hacer el mod. 131.
  • Modelo 131 de 2024. Se corrige un problema que se puede dar en el epígrafe 6423 de Comercio al por menor de carne impidiendo su presentación cuando hay horas de trabajo en la columna “Resto de personal asalariado” porque se trasladen a la columna “Resto” de la página 2 que no está contemplada para este epígrafe.

Versión 23.0.8.5 10/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 100. Datos fiscales AEAT. Se revisa un caso en el que se producía error al importar Datos fiscales AEAT indicando un mensaje de error de tipo “longitud incorrecta” en registros de tipo “2AA”. Este tipo de datos corresponde a información procedente del modelo 190, Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes a ejercicios anteriores a 2023. Estos datos son calificados como “No transferibles” y no se cargan en el programa.

Versión 23.0.8.4  10/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 100. Se corrige un problema detectado en la introducción de datos de la deducción por Cónyuge no separado con discapacidad a cargo que hacía que no se grabasen los datos al cerrar la pantalla de entrada de datos y no se trasladasen al modelo ni se realizase su cálculo.
  • Modelo 100. Se revisa un problema en la deducción por maternidad que hacía que en algunos casos se aplicase el ejercicio por completo incorrectamente impidiendo luego la presentación.
  • Modelo 100. Se corrige un problema de impresión que podía impedir la presentación de declaraciones de Cataluña apareciendo un error relativo a la deducción autonómica por contribuyentes que se han quedado viudos.
  • Modelo 100. Se revisa un problema que aparecía en algunas declaraciones de la Comunidad Valenciana al lanzar procesos de validación o presentación indicando un mensaje “GetVal: Invalid idName: _DEAUVAACN”.
  • Modelo 100. Se actualizan algunos textos en la pantalla del Anexo A.2 relativos a los ejercicios en los que existen resultados negativos de la base del ahorro que no estaban correctamente actualizados para 2023.
  • Modelo 100. Datos fiscales AEAT. Se revisan algunos casos en los que al importar e intentar procesar los datos fiscales se producían errores de tipo “longitud incorrecta”.
  • Modelos 131 de 2024. Se revisan algunos problemas de redondeos en el cálculo del importe del rendimiento neto anual que daban error al intentar hacer la presentación de algunas declaraciones.
  • Modelo 131 de 2024. Se corrige un problema en el traslado de horas trabajadas por cónyuge o hijos menores a la segunda página del modelo cuando la actividad corresponde a una entidad en atribución de rentas lo que producía un error en la presentación.
  • Modelo 131 de 2024. Se corrige un problema que podía aparecer al presentar modelos con la actividad 6594 de Quioscos dependiendo del rango de habitantes del municipio seleccionado y de si se trata de quioscos ubicados en la vía pública o ubicados en locales
  • Modelo 131 de 2024. Se revisa el traslado a las nuevas casillas de los índices correctores cuando el rendimiento es negativo. Hasta ahora se trasladaba el índice corrector a la página 2 aunque no se hubiese aplicado en el cálculo por tener un rto. negativo con lo que se obtenía error al hacer la presentación salvo que se borrase manualmente el índice en la pág. 2.

Versión 23.0.6.33  09/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Esta versión corrige un problema detectado en el traslado de fichas de Inmuebles del ejercicio anterior a Renta 2023 que hacía que no se copiasen los valores catastrales y de adquisición del inmueble cuando no se usaba la opción “Trasladar todo importes incluidos”.

Versión 23.0.6.32  09/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Esta versión incluye la realización y presentación telemática de los modelos 100 de Declaración de Renta, 714 de Impuesto de Patrimonio y 718 de Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, del ejercicio 2023 conforme a la Orden HAC/265/2024, de 18 de marzo (BOE 22/03/2024), por la que se aprueban los modelos de declaración de Renta y Patrimonio para el ejercicio 2023. En el “Gestor de descargas” (menú “Herramientas”, “Descarga de programas”) está disponible un documento PDF (opción “Documentación renta 2023”) que incluye información de los cambios en la normativa de Renta y Patrimonio para el ejercicio 2023 y las novedades incluidas en esta versión del programa.
  • Modelos 131 de 2024. Se revisan algunos problemas de redondeos en el cálculo del importe del rendimiento neto anual que daban error al intentar hacer la presentación en algunas declaraciones cuando hay un céntimo de diferencia entre el cálculo que realiza la Agencia Tributaria y el realizado por el programa. Para corregir estos problemas de redondeos hay que entrar en la ventana de cálculo de módulos y pulsar el botón de calcular los datos provisionales y trasladar finalmente el resultado al modelo.
  • Modelo 131 de 2024. Se actualizan algunas casillas de horas trabajadas por cónyuge o hijos menores de la segunda página del modelo para adaptarlo a los últimos cambios que ha realizado realizado en días anteriores la Agencia Tributaria cuando en esas horas se aplica la reducción al 50% o cuando el cónyuge e hijos menores tienen discapacidad.
  • Modelo 131 de 2024. A raíz de la sentencia del Tribunal Supremo 1740/2023 la Agencia Tributaria ha cambiado en los días anteriores la forma de aplicar el índice corrector de empresa de pequeña dimensión para que su aplicación se determine en base al número ponderado de horas del personal asalariado y no en base al número máximo de personas que habían trabajado simultáneamente en la actividad. Es decir, que ahora ya no se utiliza el campo que solicita el número de personas asalariadas sino que ese número se calcula dividiendo el número de horas trabajadas entre 1.800 (o las horas que determine el convenio colectivo). Esto supone que en algunos casos que antes no se aplicaba el índice corrector de empresa de pequeña dimensión del 0,90 por tener más de 2 trabajadores, ahora podrían aplicarlo al calcularse el número de trabajadores dividiendo las horas trabajadas entre las horas según convenio.También se usa el mismo criterio en el cálculo del porcentaje de pago fraccionado que se realizaba en base al número de personas asalariadas y ahora se realiza también en base al número ponderado de personas asalariadas.

Versión 23.0.4.14  26/03/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Esta versión no incluye todavía la realización de los modelos de Renta y Patrimonio del ejercicio 2023 que se publicarán en los próximos días en una nueva actualización.
  • Modelos 130 de 2024. Se activa la realización de este modelo para 2024. En Estimación Directa Simplificada se propone por defecto el 5% de provisiones y gastos de difícil justificación en lugar del 7% existente para 2023.
  • Modelo 131 de 2024. Se actualiza la realización de este modelo para el ejercicio 2024. Aunque los principales datos del modelo no varían con respecto a ejercicios anteriores, a partir de 2024 es necesario incluir en la presentación telemática muchos datos que hasta ahora solo se utilizaban internamente en el cálculo de los módulos o que solo se presentaban al finalizar el año en la declaración de Renta pero que, a partir de ahora se tienen que incluir en los modelos 131. La mayoría de estos datos los cumplimentará automáticamente el programa al trasladar los datos de las pantallas de cálculo de Módulos. Se trata de casillas de la página 1 que solicitan información para el caso de nuevas actividades que no tengan posibilidad de determinar ninguno de los datos-base a efectos del pago fraccionado (apartado II) y de otras casillas del apartado III correspondientes a actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva. Y, con el mismo objetivo de recopilar todos los datos que se van a incluir en la presentación, se añade al modelo una página 2 que agrupa el resto de datos usados en el cálculo del rendimiento neto de las actividades.
  • Modelo 131 de 2023. Se corrige un problema que podía aparecer en la versión anterior del programa al pasar al modelo los datos del cálculo de módulos mostrando mensajes de tipo “SetVal: Invalid idName: _EMCODIGO1”. Son mensajes que no afectan al funcionamiento del modelo y que se deben a los cambios que se están introduciendo para el modelo 131 de 2024.
  • Solicitudes de Aplazamiento de Deudas. Se actualizan los modelos de Solicitud de Aplazamiento de Deudas inferiores y superiores a 50.000 euros y se actualiza su impresión para adaptarse a los formularios PDF que facilita actualmente la Agencia Tributaria.

Versión 23.0.2.12  15/02/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 123. Se revisa en los modelos de 2024 un error que puede impedir la presentación o el traslado de datos desde Libros registro.
  • Modelo 216. Se corrige un error que puede aparecer al abrir el modelo de 2024 indicando que no puede abrir un fichero de recursos.
  • Modelo 130. Se revisa un problema que podía darse al seleccionar la cuenta bancaria de domiciliación cuando el sujeto pasivo tiene varias cuentas registradas en su ficha y que hacía que al grabar el modelo se cambiase la cuenta seleccionada.

Versión 23.0.0.13  02/01/2024

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.09.12 si no está actualizada en el momento de arrancar el programa.
  • Modelo 184 de 2023. Se incluye la impresión o presentación telemática de la declaración.
  • Módulos de IRPF para el ejercicio 2024. Se actualiza el cálculo de módulos conforme a la Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido (BOE21/12/2023).
  • Modelos 111, 117. Se añade en el menú “Modelo” una nueva opción para importar datos desde ficheros de presentación de esos modelos. Esta opción permite importar datos a la declaración desde un fichero en el formato de presentación telemática a la Agencia Tributaria.