DECLARACIÓN DE RENTA 2026. Histórico de actualizaciones. Versión 25.X
IRDR – DECLARACIÓN DE RENTA Y PATRIMONIO
Versión 25.0.12.39 15/06/2026
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Renta 2025. Castilla-La Mancha. Deducción por arrendamiento de vivienda habitual. Se revisa un problema que impedía la presentación de la declaración Conjunta y que se daba cuando se señalaba la modalidad de esta deducción era “por familias monoparentales” y el contribuyente era menor de 36 años. En esos casos se activaba automáticamente también la modalidad “para contribuyentes menores de 36 años” lo que provocaba error al validar o intentar presentar.
- Renta 2025. Apartado F.5 (pág. 14). Se amplían de uno a cuatro el número de operaciones de fusión, escisión, canje de valores, etc. que se pueden registrar en este apartado en cada declarante.
- Renta 2025. Se resuelve un problema que podía impedir la presentación de algunas declaraciones cuando se trata de modalidad Conjunta en la que hay algún descendiente con discapacidad tipo 4 (incapacitación judicial por sentencia de la jurisdicción civil) mayor de edad y sujeto a patria potestad prorrogada y la deducción corresponde solo a uno de los cónyuges (Vinculación “D” o “E”) y a otra persona ajena a la unidad familiar y se ha cumplimentado la casilla “Otras situaciones”.
- Renta. Transferencia de saldos pendientes del ejercicio anterior. Se añaden más datos en la ventana de información que muestra el programa al abrir por primera vez una declaración si existe la declaración del ejercicio anterior o al ejecutar la opción “Cálculo”, “Recoger datos de modelos anteriores”, para consultar si los datos a trasladar hay que recogerlos de las Individuales o de la Conjunta. Además de los datos que se mostraban hasta ahora (Cuota diferencial, marca de declaración “Impresa” y “Estado” de la declaración) se añade ahora el “Código Seguro de Verificación (CSV)” y la “Fecha y hora de presentación” que puedan tener las declaraciones del ejercicio anterior para determinar el tipo de tributación utilizado en el ejercicio anterior y, por tanto, las declaraciones desde las que se trasladarían los saldos pendientes.
- Renta 2025. Se revisan algunos mensajes de aviso que podían aparecer en algunos casos al realizar el cálculo de la declaración indicando que las retribuciones o los gastos de rtos. del Trabajo informados en la casilla [414] de la página 18 no pueden superar a los rendimientos indicados en la pág. 4., en el apartado de rtos. del trabajo. Estos mensajes podían aparecer incorrectamente por problemas de redondeo cuando el declarante tiene varias fichas de rtos. de trabajo.
Versión 25.0.10.21 22/05/2026
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- Renta 2025. Inmuebles arrendados. Se realiza un cambio en las validaciones que realiza el programa al grabar la ficha de inmuebles para contemplar la posibilidad de añadir gastos en la partida “Saldos de dudoso cobro” sin indicar el número de días arrendado porque el inmueble no ha estado arrendado en el ejercicio actual.
- Modelo 100. Deducción por Familia numerosa (pág. 18). Se corrige un caso en el que aparecían varios mensajes de error al grabar la ficha de datos de la deducción cuando se trataba de una familia monoparental (con hijos marcados como “Declarante adicional”) y se creaba la ficha de entrada de datos de la deducción con Titularidad: “0-Conjunta/Comunes”.
- Renta 2025. Se revisa un problema que producía un error al calcular algunas declaraciones en las que se habían introducido datos para el cálculo de la deducción por rendimientos del trabajo (página 18, casilla [414]) y finalmente en la Renta no se registraban rendimientos del trabajo del declarante en la página 4.
- Renta 2025. Cataluña. Deducción por nacimiento o adopción de un hijo o de una hija o por acogimiento familiar en familia monoparental. Se corrige un problema de visualización en la ventana de entrada de datos (Anexo B) que hacía que no se mostrase una casilla tipo check para señalar si se trata de una familia monoparental.
- Renta 2025. Cataluña. Se revisa un problema de redondeos que podía impedir la presentación de algunas declaraciones devolviendo errores de tipo E254[CIGAUT] – se está intentando importar el valor…”.
- Renta 2025. Comunitat Valenciana. Deducción autonómica por cantidades invertidas a partir de 2023 en instalaciones de autoconsumo o de generación de energía eléctrica o térmica a través de fuentes renovables. Se revisa un problema que podía impedir la presentación de algunas declaraciones mostrando mensajes de error de tipo “E254[CANT2EAVA39] Importe generado en 2023 pendiente de aplicación [Casilla 1958]… “.
- Renta 2025. Actividades agrícolas y ganaderas en Est. Objetiva. El BOE del día 18/05/2025 publicaba la Orden HAC/484/2026, de 14 de mayo, por la que se modifican para el período impositivo 2025 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales afectadas por diversas circunstancias excepcionales (incendios, inundaciones, etc.). Al principio de la página 8 se incluye un enlace para acceder al BOE y consultar esta Orden HAC/484/2026. Recuerde que las reducciones en los índices de rendimiento que corresponden a determinadas poblaciones y productos por haberse visto afectadas por incendios, inundaciones, granizo, sequías, etc. se pueden contemplar introduciendo manualmente el índice de rendimiento que corresponda a cada población en las casillas que lleva previstas el programa. En la ventana de captura de datos de cata tipo de producto hay una primera fila que incluye de forma fija el índice de rendimiento que había al principio de la campaña de Renta 2025 y luego hay otras tres filas más que permiten introducir manualmente otros índices de rendimiento como los establecidos en la Orden HAC/484/2026, de 14 de mayo (BOE 18/05/2026).
- Renta 2025. Hoja resumen. Se incluye una nueva opción para imprimir esta página resumen de la declaración. Se trata del botón “Imprimir resumen” que se muestra en la parte superior derecha de la página. Esta modalidad imprime la hoja resumen en dos páginas para poder utilizar un mayor tamaño de letra. El informe se envía a la impresora que esté seleccionada en el programa (apartado “Ficheros”, “Configurar impresora”).
Versión 25.0.8.16 08/05/2026
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- Modelo de Representación para presentación telemática (menú “Declaraciones”, “Otros”). Se revisa un problema que aparecía al acceder al ejercicio 2025 mostrando un error: “No se ha podido inicializar la entrada de datos del modelo”.
- Modelo 100. Atribución de Rentas (pág. 9). Se corrige un problema que se producía al intentar grabar actividades de tipo “Estimación objetiva (agrícola, ganadera y forestal)” que hacía que se borrase el rendimiento neto atribuido introducido al seleccionar esta clave.
- Modelo 100. Atribución de Rentas (pág. 9). Se corrige un problemas en el botón “Trasladar de 184” que permite trasladar datos de actividades económicas desde el Modelo 184 y que hacía que no funcionase el traslado en Estimación Directa Simplificada y Estimación objetiva.
- Modelo 100. Atribución de Rentas (pág. 9). Se revisa un problema que podía aparecer al marcar la casilla “Reducción 32.3 Inicio de actividad” que impedía grabar la ficha de datos mostrando un mensaje “Reducción 32.3 Inicio actividad, no corresponde a método estimación indicado”.
- Modelo 100. Castilla La Mancha. [969] Otras deducciones. En esta casilla se incluyen las deducciones autonómicas por ahorro-inversión en la adquisición o construcción de la primera vivienda habitual y la deducción por gastos derivados de controles veterinarios y vacunación por la tenencia de perros de asistencia. Siguiendo los controles sugeridos por la Agencia Tributaria, a partir de esta versión se incluye una validación que impedirá introducir un importe a deducir superior a 850 euros en el caso de la casilla “Tributación individua. Cuantía a deducir por el contribuyente” y un importe superior a 950 euros en el caso de la casilla “Tributación conjunta. Cuantía a deducir por todos los miembros de la unidad familiar”.
- Modelo 100. Comunitat Valenciana. [1121] Otras deducciones. En esta casilla se incluye la deducción autonómica por gastos vinculados con el fomento y formación musicales. Siguiendo los controles sugeridos por la Agencia Tributaria, a partir de esta versión se incluye una validación que impedirá introducir un importe a deducir superior a 150 euros en el caso de la casilla “Tributación individual. Cuantía a deducir por el contribuyente” y un importe superior a 300 euros en el caso de la casilla “Tributación conjunta. Cuantía a deducir por todos los miembros de la unidad familiar”.
- Modelo 100. Andalucía. Se revisa un problema que podía aparecer al hacer una declaración Conjunta de familia monoparental con un descendiente con discapacidad y que impedía validar o presentar la declaración porque, dependiendo de las rentas del descendiente, se aplicaba indebidamente la deducción autonómica por contribuyente con discapacidad.
- Modelo 100. Declaraciones Rectificativas ejercicio 2025. Se revisa un caso que provocaba error al intentar validar o hacer la presentación.
- Modelo 100 de 2023. Se revisa un problema que podía hacer que al calcular una Renta de 2023 apareciesen mensajes de error indicando “SetVal: Invalid idName: _DEAUIC27” cuando la Comunidad Autónoma seleccionada era Galicia.
- Renta 2021. Se corrige un error que podía aparecer en la versión anterior del programa al intentar acceder a declaraciones del ejercicio 2021 mostrando un mensaje de error “EvarianTypeCastError. Could not convert variant of type (String) into type (Double)”.
Versión 25.0.6.13 21/04/2026
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- Renta 2025. Se corrige un problema detectado al grabar deducciones por Cónyuge con discapacidad a cargo (página 18) que hacía que no se grabase correctamente en el programa la Fecha de inicio de la discapacidad y los meses de matrimonio y no se calculase la deducción.
- Renta 2025. Se corrige un problema detectado al grabar deducciones por Ascendiente, separado legalmente o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos (página 18) que hacía que no se calculase la deducción en la declaración Conjunta.
- Renta 2025. Cataluña. En la deducción autonómicas por arrendamiento de la vivienda habitual se actualiza el título de la casilla de entrada de datos que hacía referencia a que esta deducción la pueden aplicar jóvenes de hasta 32 años para poner la edad correcta en Renta 2025 que es hasta 35 años. Esto no afectaba al cálculo que ya se estaba haciendo correctamente al revisar la aplicación de la deducción en declarantes con edad hasta los 35 años.
- Hoja resumen. Se revisa el funcionamiento de los botones que tienen un icono de “flecha” de color verde en la hoja resumen y que permiten acceder rápidamente a los diferentes apartados de la declaración porque en la versión anterior no funcionaban.
- Renta 2025. Rectificativas. Se revisa un problema de impresión que podía impedir la presentación de la declaración devolviendo un error “ERESI[ZAUTORE] – Autoliquidación rectificativa (cuando no proceda ninguna de las casillas siguientes), indíquelo marcando con una ‘X’ esta casilla. [Casilla 107]”.
- Inmuebles imputados sin Referencia Catastral. Se corrige un problema de impresión que mostraba un error al validar o presentar la declaración mostrando un error de tipo “E254[C_REV] – Indique si el valor catastral ha sido revisado, modificado o determinado mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general…”.
- Deducción por obtención de rendimientos de trabajo inferiores a 18.276 euros. En la importación de Datos Fiscales AEAT se trasladan automáticamente, a partir de esta versión, los datos que se solicitan en la ventana de entrada de datos de esta deducción que hay en la casilla [414] de la pág. 18. También se añade un aviso al verificar que muestra un mensaje “Recuerde Revisar datos para la Deducción por Obtención Rtos.Trabajo”. Debería revisar siempre que los datos trasladados sean los correctos puesto que esta deducción solo es aplicable a los rendimientos del trabajo derivados de la presentación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral o estatutaria y no es de aplicación a otros rendimientos del trabajo como pueden ser pensiones, etc. que no corresponden a un trabajo activo.
- Deducciones autonómicas de la Castilla La Mancha. Se habilita la introducción de datos en la casilla [969] “Otras deducciones” para contemplar la introducción de deducciones que estaban pendientes de aprobación normativa cuando la Agencia Tributaria publicó el modelo 100 de 2025. Esto ocurre en el caso de la deducción «Por ahorro-inversión en la adquisición o construcción de la primera vivienda habitual” y en la deducción “Por gastos derivados de controles veterinarios y vacunación por la tenencia de perros de asistencia”.
- Deducciones autonómicas de la Comunitat Valenciana. Se habilita la introducción de datos en la casilla [1121] “Otras deducciones” para contemplar la introducción de deducciones que estaban pendientes de aprobación normativa cuando la Agencia Tributaria publicó el modelo 100 de 2025. Esto ocurre en la deducción «Por gastos vinculados con el fomento y formación musicales”.
- Ficha de personas físicas. Se revisa un aviso que salía algunas veces de forma incorrecta indicando un mensaje “Descendiente 1 ha marcado declaración adicional, compruebe si tiene rendimientos”.
- Renta 2025. Importación de Datos fiscales AEAT. Se revisa la importación de registros correspondientes a datos de “Deducciones autonómicas” que podían dar un error de “tamaño de registro incorrecto” impidiendo la carga de datos fiscales porque los datos facilitados por la AEAT en ese registro tienen un tamaño incorrecto (según las especificaciones deberían tener 90 caracteres pero, en algunos casos, vienen 9 ceros al final del registro). En esta versión no se mostrará el error y se continuará con la importación.
- Renta 2025. Se realizan algunos cambios para optimizar el tiempo de acceso a la declaración de Renta 2025.
Versión 25.0.4.59 10/04/2026
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.Renta.
- Se revisa un problema que se introducía en la última versión del programa que hacía que se mostrasen errores en la declaración del ejercicio anterior, Renta 2024, al grabar datos en inmuebles arrendados.
Versión 25.0.4.58 09/04/2026
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Renta y Patrimonio 2025. Se actualiza el programa para realizar y presentar las declaraciones de Renta, modelo 100, y Patrimonio, modelo 714, del ejercicio 2025 conforme a los modelos que publicaba la Orden HAC/277/2026, de 25 de marzo (BOE 27/03/2026).
- Modelo 718 de 2025. Se actualiza el programa para realizar y presentar el modelo 718 del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas correspondiente al ejercicio 2025. El plazo de presentación de este modelo será el mes de julio de 2026.
- En el “Gestor de descargas” (menú “Herramientas”, “Descarga de actualizaciones”) puede encontrar una opción con el título “Documentación renta 2025” que es un documento PDF con información de las principales novedades de la normativa para 2025 y de los cambios realizados en el programa para adaptarlo a los modelos de 2025.
- Modelo 210 de 2026. Se revisa un problema de impresión que podía provocar error al intentar la presentación telemática o la impresión de borrador devolviendo un mensaje: “Tipo de registro desconocido”.
Versión 25.0.2.2 09/02/2026
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 211 (No residentes). Se habilita la realización y presentación del modelo 211 del ejercicio 2026.
Versión 25.0.0.13 13/01/2026
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.10.02.
- Certificados de retenciones 2025. Se activa la realización de los certificados de retenciones del IRPF del ejercicio 2025.
- Modelos mensuales de 2026. Se habilita la realización de los modelos mensuales: 111, 115, 123 y 216 y la realización del modelo 210 del ejercicio 2026.
- Modelos 130 y 131 de 206. Se activa la realización de estos modelos para 2026.
- Modelo 193. Se revisan dos problemas en las validaciones que realizaba la versión anterior del programa y que no permitían grabar algunos casos correctamente. Uno de estos casos es cuando se trataba de percepciones de la clave “R”, “S” ó “U” (claves “A”, “B” o “D” respectivamente en el modelo 193) que el programa mostraba un aviso indicando “El contenido de este dato no es correcto Clave Código” cuando no se había rellenado esa casilla “Clave Código” aunque es posible su presentación sin cumplimentar esa clave. Otro de las validaciones que se revisan es en el caso de la clave “T” (clave “C” en el modelo 193) que mostraba un error indicando que no se había cumplimentado el campo “Código Emisor” y en esa clave no tiene que cumplimentarse esa casilla.
