Declaración de identificación del titular real
La Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, que aprobaba los modelos de presentación de Cuentas anuales en el Registro Mercantil para periodos iniciados a partir de 2017 (BOE 27/03/2018), introduce en la presentación de cuentas anuales un nuevo formulario en el que debe manifestarse la llamada «identificación del titular real de la sociedad».
La Declaración de Identificación del titular real deberán cumplimentarla aquellas entidades que tengan una titularidad real a favor de personas físicas, de forma directa o indirecta, de más del 25% de su capital social. En ejercicios sucesivos dicho formulario sólo deberá ser cumplimentado si se han producido cambios en la titularidad real.
En el menú principal del programa IMPUESTO DE SOCIEDADES IrIS, en la opción «Declaraciones», «Registro Mercantil», «Declaración de Identificación titular real», se puede confeccionar la declaración de titularidad real de las sociedades y entidades.
Este modelo está pensado principalmente para su utilización en la Presentación digital de cuentas aunque también es posible obtener su impresión en papel.
Para incluir la Declaración de Identificación de Titular real en la Presentación digital de Cuentas simplemente hay que cumplimentar la declaración y, posteriormente, en el apartado donde se realiza la Presentación digital de cuentas, en la página “Documentos”, seleccionar la opción “1 – Sí” en la casilla que pregunta si se va a incluir esta declaración.
Si se desea realizar la impresión en papel de esta declaración habría que pulsar el botón de imprimir o ejecutar la opción “Modelo”, “Imprimir modelo” estando situados en la declaración de Identificación de Titular real que se quiera imprimir.
En el apartado de generación de la Presentación digital de cuentas, se ha añadido una casilla para indicar si se va a incluir esta declaración en la Presentación digital eligiendo entre los siguientes valores:
- 0 – No se entrega (no se incluye la declaración de Identificación del titular real en la presentación digital)
- 1 – Sí (la entidad está sujeta a la obligación de identificar al titular real porque no cotiza en mercados regulados)
- 2 – No (la entidad no está sujeta a la obligación de identificar al titular real)
El formulario de identificación del titular real está dividido en los siguientes apartados:
I. Titular real persona física con porcentaje de participación superior al 25%. A la izquierda de la casilla que solicita el «Nombre y apellidos» se incluye un botón que permite seleccionar los nombres y NIF de entre los socios de la entidad que estén registrados en el apartado «Movimientos de capital/Socios» del menú «Ficheros» del programa.
II. Titular real persona física asimilada. En este apartado se puede introducir un máximo de 30 registros de administradores o responsables de la dirección.
III. Detalle de las sociedades intervinientes en la cadena de control. Este apartado contempla la introducción de un máximo de 40 registros o sociedades intervinientes.
Es IMPORTANTE comprobar que no existan errores en la declaración de titularidad real, puesto que la presentación de cuentas podría ser rechazada por parte del Registro Mercantil.
En esta declaración es necesario cumplimentar todos los datos de cada titular y se deben cumplir diversas validaciones o chequeos cruzados que comprueban que los NIF indicados en los apartados II y III existan en el apartado I, etc. La comprobación de errores se puede realizar desde el menú «Cálculo», «Verificar» y también se realiza automáticamente al utilizar la opción «Grabar y salir».