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GESTIÓN FISCAL 2024. Histórico de actualizaciones. Versión 24.X

GESTIÓN FISCAL 2024. Histórico de actualizaciones. Versión 24.X

IRGF – GESTIÓN FISCAL

Versión 24.0.24.25  05/12/2024

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.09.17.
  • Modelos 131, 303 y 390 de 2024. Módulos. Se incorporan nuevas casillas en las pantallas de cálculo de módulos para aplicar las reducciones por la DANA acontecida entre el 28 de octubre y 4 de noviembre que establecía la Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2025 el método de Estimación objetiva del IRPF y el Régimen especial Simplificado del IVA (BOE 30/11/2024). En las pantallas de “Datos provisionales” y “Datos definitivos” hay unas casillas para señalar si la actividad se realiza en alguno de los términos municipales afectados por la DANA (en este caso se aplica automáticamente el 25% de reducción) o si se desarrolla a la vez en alguno de esos municipios y en otros no afectados por la DANA (en este último caso será necesario introducir manualmente el importe de la reducción a aplicar en las pantallas de “Resultados IRPF” o “Resultados IVA”. Los municipios en los que se podrán aplicar esta reducción son los relacionados en el Anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre (BOE 06/11/2024). La Agencia Tributaria todavía no ha publicado un nuevo diseño de registro para hacer la presentación del modelo 131 del 4T en el que se incluyan las reducciones por la DANA así que será necesario publicar nuevas actualizaciones del programa en próximas fechas con ese cambio.
  • Modelos 303 del 4T de 2024 y modelo 390 de 2024. Se actualizan los índices de cuota de las actividades agrícolas y ganaderas conforme a los cambios que establecía para el ejercicio 2024 la Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2025 el método de Estimación objetiva del IRPF y el Régimen especial Simplificado del IVA.
  • Modelos censales de 2025. Se activa la realización y presentación de los modelos 840, 036 y 037 de 2025. A partir del 3 de febrero 2025 la Agencia Tributaria tiene previsto realizar varios cambios en el modelo 036 y 037 así que en esas fechas será necesario publicar una actualización del programa para contemplar estas modificaciones. En el modelo 036 añaden una nueva página para indicar la relación de titulares reales de las sociedades y algunas casillas nuevas entre las “Causas de presentación” como la de “Solicitud de rehabilitación de NIF”, “Modificación de entidades en liquidación”. También hacen algunos cambios en los apartados en los que el modelo solicita los teléfonos y direcciones de correo electrónico para recibir avisos de la AEAT, Tribunales Económico-Administrativos y Dirección General de Tributos. El modelo 037 está previsto que se suprima a partir del 03/02/2025. Esos cambios todavía están pendientes de salir publicados en el BOE.
  • Modelo 425 (Resumen anual del IGIC). Se habilita su realización de este modelo para el ejercicio 2024 con las modificaciones que introducía la Resolución de 18 de noviembre de 2024 (BOC 03/12/2024) en la pág. 4, en el apartado de volumen de operaciones en el Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional (REPEP). La impresión y presentación telemática todavía no está disponible a la espera de que la Agencia Tributaria Canaria publique el módulo de impresión del ejercicio 2024.
  • Modelo 296. Se actualiza la realización de este modelo para el ejercicio 2024 conforme a los cambios que introducía Orden HAC/646/2024, de 25 de junio (BOE 28/06/2024). Además de algunos cambios en las fichas de perceptores, a partir de 2024 el modelo 296 incluye dos nuevos Anexos llamados «Valores negociables. Relación de pago a contribuyentes» (anexo «A») y «Valores negociables. Relación de certificados de pago» (anexo «B»). Estarán obligados a cumplimentar los Anexos «A» y «B» los mediadores en España (en el campo «Declarante: Pago» del registro del perceptor tiene los valores 2 ó 3) que realicen los pagos de rentas de valores (claves de percepción «1. Dividendos y otras rentas de participación en fondos propios de entidades» o «2. Intereses y otras rentas derivadas de la cesión a terceros de capitales propios») a intermediarios en el extranjero (si en el campo «Perceptor mediador» del registro de perceptor consta el valor «2 : El perceptor declarado es un mediador situado en el extranjero») cuando soliciten la devolución de retenciones, en su condición de depositarios o gestores, para los contribuyentes que obtienen la renta y no figuran identificados en el registro de perceptores del modelo 296, mediante el modelo de autoliquidación 210. Cuando la solicitud de devolución se realice por el propio contribuyente o su representante, los mediadores en España que realicen los pagos de rentas de valores a intermediarios en el extranjero también podrán cumplimentar los anexos para incluir los registros de estos contribuyentes. Estos anexos no se presentan en el mismo plazo que los registros de perceptores del modelo 296. Mientras que los registros de perceptores y los de ingresos realizados simultáneamente a la Hacienda Estatal y a las Haciendas Forales del País Vaso y Navarra (los registros que ya existían en el ejercicio anterior) se presentan en el mes de enero del año siguiente al que corresponda la declaración, en el caso de los nuevos Anexos «A» y «B» se presentarán con posterioridad a la presentación de las solicitudes de devolución mediante los modelos de autoliquidación 210 (a partir del 1 de febrero del año siguiente al que corresponda la declaración). IMPORTANTE:
    • Si la declaración incluye los Anexos «A» y «B», deberá consignar en el campo «IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN» de los respectivos anexos «A y «B», el mismo número de orden o identificación que el indicando en el registro del perceptor que se corresponda con el pago en el que están comprendidos los contribuyentes detallados en el anexo «A» o cuyo certificado se informa en el anexo «B».
    • Si se van a declarar anexos «A» o «B» no se puede usar la presentación por “envío directo” o TGVI Online. En este caso será necesario utilizar la presentación por página web (“Modelo”, “Imprimir modelo” y cargar la declaración en la web de la AEAT en la opción «Hasta 40.000 registros»).
  • Certificados de retenciones declaradas en el modelo 190. A partir de esta versión se añade una nueva opción en el menú “Declaraciones”, “IRPF”, “Certificados de retención” llamada “Certificado retenciones mod. 190” que permite obtener en un mismo Certificado las retenciones declaradas en el modelo 190 correspondientes a Rendimientos del Trabajo, Actividades económicas, Premios por la participación en juegos, concursos, etc. y retenciones por ganancias derivadas de aprovechamientos forestales. Este nuevo modelo de certificado ocupa dos páginas. El programa sigue incluyendo también los Certificados individuales para cada tipo de retención (rtos. trabajo, activ. económica, premiso, etc.) que ocupan una sola página.

Versión 24.0.24.8  01/10/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 303. Se actualiza la impresión o presentación telemática de los modelos a partir del 3T y mensual de septiembre 2024 conforme a las últimas especificaciones de presentación. Es recomendable que realice el cálculo del modelo antes de realizar la presentación y también será necesario ejecutar la opción de Calcular cuando se realicen modificaciones en el modelo que hagan variar el resultado de la declaración (A ingresar/A compensar/A devolver/Negativa) o cuando se varíen las formas de ingreso (Adeudo en cuenta, Domiciliación, Cuenta corriente tributaria, etc.) o si varía el indicador de autoliquidación Rectificativa.
  • Modelo 390. Se activa la realización del modelo 390 del ejercicio 2024 de forma provisional hasta que salga publicado en el BOE el nuevo modelo para 2024. En esta versión no se incluye todavía la impresión o presentación telemática puesto que la Agencia Tributaria aún no ha publicado el diseño de registro a utilizar en el ejercicio 2024.
  • Libros registro de facturas Emitidas 2024. Se revisa un problema de visualización que hacía que en la versión anterior no se mostrasen bien colocadas las columnas de bases, cuotas IVA y Rec.Eq. cuando se usa el programa en versiones antiguas de Windows y se trabaja con fuentes de letra grandes (125%) al haberse añadido una casilla nueva para el 3T de 2024 para señalar que en la factura hay Rec.Eq. al 0%.
  • Libros registro de facturas Emitidas 2024. Se revisa un problema que podía hacer que se mostrase incorrectamente un aviso al grabar algunas facturas indicando que “La fecha de la factura está fuera del periodo actual, revíselo” aunque la factura tuviese una fecha del trimestre actual.

Versión 24.0.22.2  21/08/2024

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.09.15.problema que aparecía en la versión anterior al intentar hacer envío de declaraciones o bajas por envío directo mostrando un mensaje: “No se encontró el encabezado solicitado”.
  • Modelo 303. Se actualiza el modelo conforme al nuevo formato aprobado por la Orden HAC/819/2024, de 30 de julio (BOE 05/08/2024). Este nuevo modelo se utilizará por primera vez en la presentación de la declaración trimestral del 3T de 2024 y en los modelos 303 mensuales a partir de septiembre 2024. No obstante, algunas de las nuevas casillas introducidas en la página 1, casillas [165], [166], [167], [168], [169] y [170], solo pueden tener contenido en los modelos correspondientes al 4T y en los modelos mensuales a partir del mes de octubre 2024. El nuevo modelo 303 introduce también cambios y casillas nuevas para contemplar la realización de autoliquidaciones rectificativas que sustituirán el actual sistema de declaración Complementaria y de solicitud de rectificación, permitiendo ahora rectificar, completar o modificar una autoliquidación presentada anteriormente, con independencia del resultado de la nueva autoliquidación. Ver más información sobre este nuevo sistema de autoliquidación rectificativa. Se actualiza el traslado de datos desde los Libros registro de facturas y desde IrConta para contemplar los nuevos tipos de IVA y Recargo de equivalencia. En próximas versiones del programa se actualizará la presentación telemática cuando la Agencia Tributaria publique el formato de presentación del nuevo modelo 303.
  • Libros registro de facturas. Se actualizan las validaciones de tipos de IVA y Recargo de equivalencia que realiza el programa al grabar facturas para adaptarlas a los cambios introducidos para el cuarto trimestre de 2024 por el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social (BOE 27/06/2024). Ver resumen de los cambios de tipos para el tercer y cuarto trimestre del 2024. Ver información de la AEAT sobre los tipos de IVA 2024.
  • Libro registro de facturas emitidas. Se añade una nueva casilla para contemplar el Recargo de equivalencia al 0% y su posterior traslado a los modelos de IVA. En el caso de que la operación lleve el IVA al 0% con Recargo de equivalencia al 0%, habría que introducir esa operación en la primera fila de las que tiene la pantalla de entrada de facturas emitidas y marcar una nueva casilla tipo “check” que se incorpora a partir de esta versión y que tiene el título “Recargo Equivalencia 0%”.
  • Modelo 131. Se corrige un problema que impedía presentar el modelo devolviendo un error “ERRUD2 – Contenido incorrecto en Nº de unidades del módulo 2” y que se daba en el caso de existir horas de trabajo del Cónyuge/Hijos menores y cuando el titular de la actividad trabaja menos de 1.800 horas y la actividad no se había ejercido durante el trimestre completo (activada la casilla “Inicio o cese distinto del año natural”).

Versión 24.0.20.11  05/07/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Declaraciones Informativas. Envío directo o TGVI online. Se revisa un problema que aparecía en la versión anterior al intentar hacer envío de declaraciones o bajas por envío directo mostrando un mensaje: “No se encontró el encabezado solicitado”.
  • Modelo 303 de 2023. Se corrige un problema que podía impedir presentar algunas declaraciones complementarias cuando la declaración anterior había tenido un resultado “A devolver” y ya se había percibido la devolución.
  • Modelo 303 de 2024. Se corrige un fallo que podía aparecer en algunas declaraciones con la última versión del programa al intentar validar o presentar la declaración mostrando un error “E030310 – Contenido incorrecto en Blancos obligatorios registro 3”
  • Libros registro de facturas. Se revisan las validaciones de tipos de IVA al registrar facturas para contemplar los nuevos tipos de IVA y Recargo de equivalencia establecidos en el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio (BOE 27/06/2024).

Versión 24.0.18.2  23/05/2024

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.09.13.
  • Libros registro de facturas. Presentación de Libros a la AEAT para atender requerimientos. El concepto de gasto GX2-G06 (Seguridad Social o aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad) se cambia por GX2-G45 (Seguridad Social del titular de la actividad) y GX2-G46 (Aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad) para adaptarlo al modelo de Renta 2023 según las especificaciones de Presentación de Libros registro de la AEAT versión 3.16 del 12/04/2024. El concepto GX2-G06 se podrá utilizar hasta el 1T de 2024. Pulse aquí para ver más información de los conceptos de ingreso y gasto.
  • Cuentas anuales 2023. En esta actualización se incluyen los cambios que introducian en el Depósito de cuentas anuales la Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación (BOE 08/05/2023) y la Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se corrigen errores en la de 23 de abril de 2024, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación (BOE 10/05/2024). Uno de los cambios introducidos por estas resoluciones afecta a la primera página de los modelos de Cuentas anuales en los que hasta ahora se solicitaba el porcentaje de mujere en el consejo de administración y ahora ese dato se sustituye por otras dos casillas en las que se solicita el número de mujeres en el órgano de administración y el total de miembros. En el Depósito de cuentas en la modalidad PYMES se suprime, de la parte voluntaria de la hoja medioambiental, la referencia a las “emisiones alcance 3” y en el modelo de Memoria Normal se modifica el punto 27 para incluir información sobre el número de facturas e importes de las mismas cuyo plazo de pago se encuentre dentro del plazo establecido por el artículo 4 de la ley 3/2004, de 29 de diciembre y para indicar los porcentajes que suponen esos datos sobre el total número de facturas e importes.

Versión 24.0.16.4  25/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • En esta actualización se incluye un nuevo sistema de comunicación con los servicios web de la Agencia Tributaria para realizar la presentación de declaraciones, descarga del PDF justificante de presentación o para utilizar otros servicios web que ofrece la AEAT desde equipos antiguos con versiones de Windows anteriores a Windows 10 que actualmente no funcionan porque esas versiones no contemplan los sistemas de cifrado del protocolo TLS 1.2 que requieren algunos servicios web de la AEAT. Si trabaja en un equipo con Windows 10 ó Windows 11 no será necesario cambiar nada generalmente porque ya deberían funcionarle estas opciones de presentación a la AEAT. En cambio, si utiliza un equipo con Windows 8 ó Windows 7 podría seleccionar esta nueva opción de comunicación. Esta opción se configura en el menú “Ficheros”, “Configuración”, “Programa” y en la solapa “Impresión”. En esa opción se puede marcar la casilla “Utilizar módulo CURL para el envío de declaraciones a la AEAT” para utilizar este sistema. En ese mismo apartado hay unos botones para descargar la librería CURL en su versión de 32 bits o en 64 bits.

Versión 24.0.14.2  18/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelos 130. Se reactiva una opción que por error no funcionaba en las últimas versiones y que permite acceder a la ventana del “registro interno” (ventana que muestra los desgloses de ingresos y gastos por trimestres y actividades) cuando se accede a modelos de periodos anteriores pulsando la tecla F5.
  • Modelo 349. Se corrige un problema en la opción de solicitar la “Baja” del modelo para presentar posteriormente una declaración Sustitutiva (botón “Baja” que hay al final de la primera página del modelo) que hacía que no funcionase esta solicitud.

Versión 24.0.12.25  12/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelos 131 de 2024. Se corrige un problema que podía impedir la presentación de algunas declaraciones con actividades en atribución de rentas (CB/SC) cuando en la ficha de la entidad, el comunero tiene informado un porcentaje de participación con más de dos decimales. En el modelo 131 la Agencia Tributaria solo prevé valores en el porcentaje de participación con dos decimales así que al incluir más de dos se podían producir diferencias por redondeos. Se revisa para que este porcentaje se redondee automáticamente a dos decimales al hacer el mod. 131.
  • Modelo 131 de 2024. Se corrige un problema que se puede dar en el epígrafe 6423 de Comercio al por menor de carne impidiendo su presentación cuando hay horas de trabajo en la columna “Resto de personal asalariado” porque se trasladen a la columna “Resto” de la página 2 que no está contemplada para este epígrafe.

Versión 24.0.12.19  10/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelos 131 de 2024. Se revisan algunos problemas de redondeos en el cálculo del importe del rendimiento neto anual que daban error al intentar hacer la presentación de algunas declaraciones.
  • Modelo 131 de 2024. Se corrige un problema en el traslado de horas trabajadas por cónyuge o hijos menores a la segunda página del modelo cuando la actividad corresponde a una entidad en atribución de rentas lo que producía un error en la presentación.
  • Modelo 131 de 2024. Se corrige un problema que podía aparecer al presentar modelos con la actividad 6594 de Quioscos dependiendo del rango de habitantes del municipio seleccionado y de si se trata de quioscos ubicados en la vía pública o ubicados en locales
  • Modelo 131 de 2024. Se revisa el traslado a las nuevas casillas de los índices correctores cuando el rendimiento es negativo. Hasta ahora se trasladaba el índice corrector a la página 2 aunque no se hubiese aplicado en el cálculo por tener un rto. negativo con lo que se obtenía error al hacer la presentación salvo que se borrase manualmente el índice en la pág. 2

Versión 24.0.12.11  08/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelos 131 de 2024. Se revisan algunos problemas de redondeos en el cálculo del importe del rendimiento neto anual que daban error al intentar hacer la presentación en algunas declaraciones cuando hay un céntimo de diferencia entre el cálculo que realiza la Agencia Tributaria y el realizado por el programa. Para corregir estos problemas de redondeos hay que entrar en la ventana de cálculo de módulos y pulsar el botón de calcular los datos provisionales y trasladar finalmente el resultado al modelo.
  • Modelo 131 de 2024. Se actualizan algunas casillas de horas trabajadas por cónyuge o hijos menores de la segunda página del modelo para adaptarlo a los últimos cambios que ha realizado realizado en días anteriores la Agencia Tributaria cuando en esas horas se aplica la reducción al 50% o cuando el cónyuge o hijos menores tienen discapacidad.
  • Modelo 131 de 2024. A raíz de la sentencia del Tribunal Supremo 1740/2023 la Agencia Tributaria ha cambiado en los días anteriores la forma de aplicar el índice corrector de empresa de pequeña dimensión para que su aplicación se determine en base al número ponderado de horas del personal asalariado y no en base al número máximo de personas que habían trabajado simultáneamente en la actividad. Es decir, que ahora ya no se utiliza el campo que solicita el número de personas asalariadas sino que ese número se calcula dividiendo el número de horas trabajadas entre 1.800 (o las horas que determine el convenio colectivo). Esto supone que en algunos casos que antes no se aplicaba el índice corrector de empresa de pequeña dimensión del 0,90 por tener más de 2 trabajadores, ahora podrían aplicarlo al calcularse el número de trabajadores dividiendo las horas trabajadas entre las horas según convenio.También se usa el mismo criterio en el cálculo del porcentaje de pago fraccionado que se realizaba en base al número de personas asalariadas y ahora se realiza también en base al número ponderado de personas asalariadas.
  • Modelo 131 de 2024. Se corrige un problema que hacia que no se trasladase desde libros registro de facturas el volumen de ingresos en actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
  • Enlace contable-balances. Se activa la importación de balances del ejercicio 2024.

Versión 24.0.10.11  03/04/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelos 131 de 2024. Se revisan varios problemas de redondeos en el traslado a las nuevas casillas de detalle de unidades y cálculos (pág. 2) que impedían presentar algunas declaraciones obteniendo errores de tipo “ERRR_TRN – La casilla ‘Suma de rendimientos netos’ no coincide con la suma de los rendimientos a efectos de pagos fraccionados después de la reducción”. Una vez instalada la actualización habría que entrar en el apartado de cálculo de módulos, calcular nuevamente los datos provisionales y dejar que se trasladen nuevamente al modelo para resolver estos casos. Se corrige también un problema que hacía que no funcionase el botón de seleccionar la Cuenta bancaria de las existentes en la ficha del sujeto pasivo.

Versión 24.0.8.16  26/03/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelos 130 de 2024. Se activa la realización de este modelo para 2024. En Estimación Directa Simplificada se propone por defecto el 5% de provisiones y gastos de difícil justificación en lugar del 7% existente para 2023.
  • Modelo 131 de 2024. Se actualiza la realización de este modelo para el ejercicio 2024. Aunque los principales datos del modelo no varían con respecto a ejercicios anteriores, a partir de 2024 es necesario incluir en la presentación telemática muchos datos que hasta ahora solo se utilizaban internamente en el cálculo de los módulos o que solo se presentaban al finalizar el año en la declaración de Renta pero que, a partir de ahora se tienen que incluir en los modelos 131. La mayoría de estos datos los cumplimentará automáticamente el programa al trasladar los datos de las pantallas de cálculo de Módulos. Se trata de casillas de la página 1 que solicitan información para el caso de nuevas actividades que no tengan posibilidad de determinar ninguno de los datos-base a efectos del pago fraccionado (apartado II) y de otras casillas del apartado III correspondientes a actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva. Y, con el mismo objetivo de recopilar todos los datos que se van a incluir en la presentación, se añade al modelo una página 2 que agrupa el resto de datos utilizados en el cálculo del rendimiento neto de las actividades.
  • Modelos 420 y 421 de IGIC. Se activa la realización de los modelos 420 y 421 para el ejercicio 2024. Para realizar la impresión o presentación telemática es necesario tener instalado el paquete “Módulos de impresión Ejercicio 2024”. La descarga de este paquete se puede realizar desde el menú “Herramientas”, “Descarga de programas”. En el modelo 421 de 2024 se eliminan las reducciones para los sujetos pasivos en Rég. Simplificado de IGIC con domicilio o establecimiento principal en la isla de La Palma.
  • Cuentas anuales ejercicio 2023. Se actualiza la Presentación digital de cuentas a los últimos cambios en la taxonomía del ejercicio 2023.
  • Cuentas anuales ejercicio 2023. En el modelo Normal se revisa un error que podía aparecer en la presentación relativo a una clave 8080826 que se generaba incorrectamente. Y también se revisan algunas validaciones que realiza el programa en la opción “Verificar” que no se realizaban correctamente y podían mostrar mensajes incorrectos de tipo: “(NPG_001) Error primario: DISCREPANCIA ENTRE LA VARIACIÓN DE EXISTENCIAS DE PRODUCTOS TERMINADOS Y EN CURSO DE FABRICACIÓN EN EL BALANCE Y LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS DEL EJERCICIO ACTUAL”.
  • Modelo 303. En la opción “Cálculo”, “Verificar” se añade un aviso que se mostrará cuando la casilla [59] “Entregas intracomunitarias de bienes y servicios” tenga un importe superior a 50.000 euros para recordar al usuario que revise si tiene obligación de presentar el modelo 349 con periodicidad mensual por si estuviese haciendo presentación trimestral.
  • Modelo 131 de 2023. Se corrige un problema que podía aparecer en la versión anterior del programa al pasar al modelo los datos del cálculo de módulos mostrando mensajes de tipo “SetVal: Invalid idName: _EMCODIGO1”. Son mensajes que no afectan al funcionamiento del modelo y que se deben a los cambios que se están introduciendo para el modelo 131 de 2024.
  • Solicitudes de Aplazamiento de Deudas. Se actualizan los modelos de Solicitud de Aplazamiento de Deudas inferiores y superiores a 50.000 euros y se actualiza su impresión para adaptarse a los formularios PDF que facilita actualmente la Agencia Tributaria.

Versión 24.0.6.3  05/03/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Cuentas anuales ejercicio 2023. Se activa la realización de las Cuentas anuales, Memorias y demás formularios incluidos en la Presentación digital de Cuentas del ejercicio 2023. De momento se activa con el mismo formato del ejercicio anterior y debería utilizarse solo para entidades que cerraron el ejercicio contable antes de finalizar 2023 porque el Ministerio de Justicia no ha publicado todavía los modelos a utilizar para el ejercicio 2023.
  • Carga rápida de facturas. Se corrige un fallo que se producía en la versión anterior del programa al intentar acceder a la opción “Carga rápida de facturas” en ejercicios anteriores a 2024 y que impedía su apertura.

Versión 24.0.4.10  15/02/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 123. Se revisa en los modelos de 2024 un error que puede impedir la presentación o el traslado de datos desde Libros registro.
  • Modelo 216. Se corrige un error que puede aparecer al abrir el modelo de 2024 indicando que no puede abrir un fichero de recursos.
  • Modelo 130. Se revisa un problema que podía darse al seleccionar la cuenta bancaria de domiciliación cuando el sujeto pasivo tiene varias cuentas registradas en su ficha y que hacía que al grabar el modelo se cambiase la cuenta seleccionada.

Versión 24.0.4.8  24/01/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 303. Se revisa un problema de impresión que impedía presentar algunos modelos 303 del 4T de 2023 con actividades empresariales en Régimen simplificado que solo tienen comisiones por la venta de loterías devolviendo un error relativo a la casilla “E” “Porcentaje de ingreso a cuenta” que se imprimía indebidamente ya que solo puede salir en los modelos de los tres primeros trimestres.
  • Modelo 303. Se corrige un problema de impresión que impedía presentar o validar algunos modelos 303 del 4T de 2023 con actividades empresariales en Régimen simplificado cuando la actividad no se había realizado todo el ejercicio y en la pantalla de “Datos definitivos” se introducían los días de cada trimestre sin tratarse de una actividad de temporada. En esos casos el programa trasladaba a la casilla “Act. temporada, días de actividad en el ejercicio” que hay al final de la pág. 2, los días de actividad y esa casilla solo puede cumplimentarse si se trata de una actividad de temporada.

Versión 24.0.2.6  11/01/2024

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 303. Se revisa un problema de impresión que impedía presentar algunos modelos 303 del 4T de 2023 con actividades agrícolas y ganaderas en Régimen simplificado o con actividades empresariales en Régimen simplificado que incluyen el módulo “Superficie del horno”.

Versión 24.0.0.29  02/01/2024

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos. La base de datos se actualizará a la versión 02.00.09.12 si no está actualizada en el momento de arrancar el programa.
  • Libros registro de facturas 2024. En esta versión se habilita la introducción de facturas del ejercicio 2024 y se actualizan los tipos de retención.
  • Registros SII. Se habilita la introducción y presentación de facturas del ejercicio 2024 al sistema de Suministro Inmediato de Información del IVA (SII).
  • Módulos de IRPF e IVA para el ejercicio 2024. Se actualiza el cálculo de módulos conforme a la Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido (BOE21/12/2023).
  • Módulos de IGIC para el ejercicio 2024. Se actualiza el cálculo de los módulos conforme a la Orden de 13 de diciembre de 2023, por la que se fijan los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2024, se establecen reducciones y ajustes para la determinación del importe en el año 2023 de la cuota anual devengada por operaciones corrientes, se prorroga la autorización a las tiendas libres de impuestos para la venta por comercio electrónico y se realizan diversas autorizaciones a la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria (BOC 26/12/2023).
  • Modelo 303 del 4T de 2023. Se corrige un problema de la versión anterior que hacía que no se trasladase la Base imponible del IVA al 21% ó al 10% a la casilla [80] “Operaciones en régimen general” en el caso de sujetos pasivos exonerados de presentar el modelo 390 cuando se marca la opción “Cálculo casilla [80] desde el modelo 303”. Esta opción se suele utilizar en arrendadores de inmuebles cuando no tienen grabados en el programa los Libros registro de facturas emitidas y se quiere obtener el importe de las operaciones en régimen general desde la Base imponible (pág. 1) de los modelos 303 del ejercicio. Si se da este caso, habría que borrar el importe de la casilla [80] y ejecutar la opción “Cálculo”, “Recoger datos de modelos anteriores” (Alt R) para volver a trasladar las bases imponibles.
  • Modelo 303 del 4T de 2023. Se corrige un problema que podía aparecer al presentar o validar el modelo del 4T con actividades empresariales en Régimen simplificado indicando un mensaje de tipo “E020910 – Contenido incorrecto en ‘Liquidación (3) – RS – (B) Actividades en RS (exc. a, g y f) – Número de días de ejercicio de la actividad en el trimestre – 1T/2T/3T’ Número línea 2” porque se cumplimentaba por defecto la casilla para informar el número de días del trimestre que hay al final de la pág. 2 y que solo debe cumplimentarse cuando se trata del modelo del 1T/2T/3T.
  • Modelo 184 de 2023. Se incluye la impresión o presentación telemática de la declaración.
  • Modelos 111, 117 y 303. Se añade en el menú “Modelo” una nueva opción para importar datos desde ficheros de presentación de esos modelos. Esta opción permite importar datos a la declaración desde un fichero en el formato de presentación telemática a la Agencia Tributaria. En el caso del modelo 303 solo se importan los datos de la pág. 1.