Subcuentas
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En la opción "Plan de contable", "Subcuentas" se definen las subcuentas de cada contabilidad.
Edición y definición de las subcuentas para la contabilidad por defecto
Los datos de este apartado son propios de cada empresa y contabilidad y por ello al entrar en esta opción se solicitará la selección de EMPRESA y CONTABILIDAD en el caso de que no estuviesen previamente seleccionados (en la parte inferior de la pantalla del programa se puede ver y modificar la empresa y contabilidad seleccionados por defecto).
Estas subcuentas irán en función del numero de dígitos que se haya indicado a la hora de definir la contabilidad de trabajo.
Están relacionadas con el cuadro de cuentas, en función de los cuatro primeros dígitos de la subcuenta, es decir, los cuatro primeros dígitos tienen que corresponder con una de las cuentas definidas en el cuadro de cuentas.
Existe una tabla de subcuentas independiente para cada contabilidad. Las subcuentas se definen para cada contabilidad, bien manualmente, o bien al dar de alta una contabilidad si se elije copiarlas de otra contabilidad anterior ya existente.
Al definir una subcuenta se solicitan los siguientes datos:
Cuenta especial Impuesto indirecto
Para cuentas especiales de IVA / IGIC se desplegará una solapa de datos adicional con el título "Cuenta especial Impuesto indirecto". En este caso hay que seleccionar el tipo de operación de impuesto indirecto y el tipo de impuesto indirecto. También será necesario indicar la cuenta de recargo que corresponde si la subcuenta llevase asociada cuenta de recargo de equivalencia.
Consideraciones que tendrá en cuenta el programa...
Si en la definición de la subcuenta NO se le indica una cuenta de recargo, el porcentaje o tipo de iva lo determinaría el tipo de impuesto indicado (IVA/IGIC) y no tendría recargo.
Si en la definición de la subcuenta SI se indica una cuenta de recargo, sería una subcuenta de impuesto indirecto o IVA con recargo asociado y el porcentaje o tipo de IVA y el de Recargo lo determinaría el tipo de impuesto indicado (IVA/IGIC).
Las subcuentas pertenecientes a un tipo especial de IVA, es decir, en el Plan general de la empresa están definidas como del tipo especial "Impuesto Indirecto Soportado" o "Impuesto Indirecto Repercutido", son cuentas especiales de impuesto indirecto, de las cuales debemos indicar más información:
Este tipo de subcuentas así definidas serán tratadas como cuentas de IVA, pero si se marcan como "Cuenta de recargo", estariamos indicando que la subcuenta, aunque pertenezca a un tipo especial de IVA, es una cuenta de Recargo, en cuyo caso no procede indicar los datos de tipo de operación, ni tipo de IVA/IGIC, ni por supuesto la cuenta de Recargo, ya que es una cuenta propia de Recargo, no es una cuenta con Recargo asociado.
Si a la subcuenta se le asocia una subcuenta de Recargo, no se debe marcar como subcuenta de Recargo. Y la cuenta de Recargo indicada, para ser válida debe ser distinta de la subcuenta a definir y, o bien debe ser una subcuenta definida en el Plan general de la empresa como del tipo especial "Hacienda publica acreedora - Recargo de equivalencia" , o bien debe ser una subcuenta previamente definida y marcada como cuenta de Recargo.
Si es un subcuenta de Recargo que ya está asociada a alguna subcuenta de IVA, la subcuenta ya no se puede modificar mientras esté asociada a otra.
Si es una subcuenta de IVA soportado se le debe indicar una operación de impuesto indirecto soportado y si es de IVA repercutido la operación debe ser de tipo repercutido.
Si se trabaja con un plan contable alternativo para poder sacar los libros e informes con el plan alternativo, es necesario definir para cada subcuenta cual es la subcuenta alterna del plan alternativo de la empresa.
Al añadir un subcuenta para una contabilidad, si en el cuadro de cuentas del Plan contable general de la empresa no existen los niveles anteriores de la subcuenta, automáticamente se darán de alta las cuentas en el plan (e incluso se crea un plan si no existe). Lo mismo ocurre cuando se pone una subcuenta de Recargo asociada o cuando se pone una subcuenta alternativa que no exista en el Plan alternativo.
La subcuenta, la subcuenta alternativa y la subcuenta de recargo asociada deben tener una longitud igual al número de digitos de subcuenta indicados en la contabilidad, si éstas no lo cumplen, el programa completa con ceros a la derecha las subcuentas indicadas. Para la introducción del codigo de subcuenta se tiene acceso al Plan general de la empresa, para el código de subcuenta alterna al Plan alternativo de la empresa y para la introducción del código de subcuenta de Recargo asociada se puede seleccionar de entre todas las subcuentas de Recargo definidas en la contabilidad.
Para definir una subcuenta de clientes/proveedores, podemos indicar cuál es el cliente o proveedor para dicha subcuenta. No es obligatorio asociar todos los clientes/proveedores a subcuentas, en la entrada de apuntes se puede también indicar directamente el cliente/proveedor o bien ponerle al apunte, como contrapartida, una subcuenta ya asociada a un cliente/proveedor.
Al poner un cliente/proveedor, si no se ha indicado descripción para la subcuenta, se pone como descripción de la subcuenta la razón social del cliente/proveedor.
Para definir una subcuenta de bancos, podemos indicarle la cuenta bancaria para dicha subcuenta. Esto ser será necesario para el proceso de "conciliación bancaria".
Desde la ficha de una subcuenta tenemos acceso a "Ver el mayor de la subcuenta" para todos los diarios y contabilidades de la base de datos, no sólo para los de la contabilidad por defecto.
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