Conceptos de I.R.P.F.

Inicio  Anterior  Siguiente

 

Desde el apartado "Declaraciones", "Conceptos I.R.P.F." del menú de opciones se pueden gestionar los conceptos de ingresos y gastos que se van a utilizar en los modelos de Renta (modelo 100 y 130). Estos conceptos también se utilizan en los Libros registro de facturas en otros programasIranon como GESTIÓN FISCAL.

 

Esta opción del programa permite definir por parte del usuario los conceptos de gastos e ingresos que se utilizan al introducir facturas en los Libros registro y al realizar su posterior traslado a las distintas declaraciones como pueden ser los modelos 100 o 130. El funcionamiento es similar al que tienen los planes de cuentas en una contabilidad. La finalidad de este sistema de conceptos definibles es aportar en todo momento una mayor información de la situación económica de la empresa además de realizar la cumplimentación de las liquidaciones.

 

El programa incluye por defecto un plan de conceptos que corresponde con las partidas de gasto e ingreso que habitualmente se diferencian en la Declaración de Renta y en otras declaraciones. Con estos conceptos el programa no tendrá dificultad en pasar los datos a las declaraciones puesto que ya están definidos en las distintas declaraciones. Estos conceptos que el programa incluye por omisión pueden modificarse y también es posible añadir nuevos conceptos.

 

Hay que tener en cuenta que el uso de conceptos de gastos e ingresos parametrizables puede suponer múltiples ventajas pero también implica una cierta dificultad superior a la que plantea el uso de los conceptos fijos. A la hora de pasar la información de los Libros registro de facturas a las declaraciones tendrá que ser el propio usuario el definina las partidas que deben tomarse en cada casilla de la declaración.

 

En el apartado "Ficheros", "Datos auxiliares", Planes-Conceptos de I.R.P.F. se pueden gestionar múltiples planes de conceptos. Estos planes tienen la misión de servir como base a la hora de definir los planes de cada empresa. Cada actividad del sujeto pasivo puede tener su propio plan de conceptos de gastos e ingresos. Cuando se introducen facturas en los Libros registro es posible definir el plan de conceptos que se va a utilizar. El programa permite cargar automáticamente para cada sujeto pasivo uno de los planes "base" definidos en este apartado ("Planes-Conceptos de I.R.P.F."). Además de copiar los conceptos incluidos en alguno de estos planes, también es posible introducir manualmente o modificar los conceptos que se deseen.

 

 

 

 

Introdución y gestión de planes de conceptos

 

La pantalla de introducción de conceptos tiene un funcionamiento similar al de cualquier otra base de datos de las incluidas en el programa. Existen unos botones y opciones que permiten añadir, modificar, borrar o listar conceptos de gastos e ingresos pero a diferencia de otras bases de datos, en la parte superior de esta ventana existen una zona para seleccionar e introducir el "plan de conceptos" que se se desee.

 

Cuando se añade o se modifica un concepto, este cambio se realiza sólo sobre el plan que esté seleccionado. Un mismo plan de conceptos puede utilizarse o copiarse en múltiples empresas o en las múltiples actividades que puede tener una empresa.

 

En la parte superior de esta ventana existen varios botones que permiten añadir un nuevo plan de conceptos, renombrar un plan de conceptos o para borrar un plan existente. En la parte izquierda de esta parte superior se muestra un campo que sirve para seleccionar el "Plan de conceptos" que se quiere ver o revisar (cuando hay varios planes definidos).

 

Los datos solicitados para añadir un concepto son los siguientes:

 

Código: en este campo se solicita un número o código que sirva para identificar esa partida de ingresos o gastos a la hora de realizar el traslado de datos a las declaraciones. En los conceptos que incluye definidos el programa por defecto se ha utilizado una numeración similar a los números de cuentas y subcuentas utilizados en contabilidad.
Descripción: este campo es una descripción o comentario para identificar cada concepto. Este texto saldrá impreso en los Libro registro.
Concepto: en esta casilla se indica si el concepto es un ingreso o un gasto. Según se trate de uno u otro el programa lo mostrará al introducir las fras. emitidas o recibidas.

 

Concepto AEAT: En esta casilla se puede seleccionar el concepto de Ingreso o Gasto de entre los contemplados y tipificados por la Agencia Tributaria para la presentación digital de libros para atender requerimientos de la AEAT. Este concepto es el que se utilizará al generar los Libros registro en formato de hojas de cálculo Excel o de ficheros CSV utilizados para atender Requerimientos de gestión tributaria de IRPF e IVA.Estos formatos de Libros registro también se pueden utilizar para cargar datos en las páginas de la AEAT que permiten confeccionar manualmente los modelos 303 y 130. Los conceptos de ingreso/gasto relacionados a continuación pueden ir variando en su desglose y codificación para adaptarse a los contemplados por la Agencia Tributaria en las declaraciones de Renta e IVA de cada ejercicio.

 

Conceptos de INGRESOS

 

I01

Ingresos de explotación.

IX1

I02

Ingresos financieros derivados del aplazamiento o fraccionamiento de operaciones realizadas en desarrollo de la actividad.

IX1

I03

Ingresos por subvenciones corrientes.

IX1

I04

Imputación de ingresos por subvenciones de capital.

IX1

I05

IVA devengado (recargo de equivalencia y/o recargo de agricultura, ganadería y pesca).

IX1

I06

Variación de existencias (incremento de existencias finales).

IX1

I07

Otros ingresos.

 

I08

Autoconsumo de bienes y servicios.

 

I09

Transmisión de elementos patrimoniales que hayan gozado de libertad de amortización: exceso amortización deducida respecto amortización deducible).

 

IX1

Otros Ingresos (incluidas subvenciones y otras transferencias). (1)

 

Conceptos de GASTOS

GX1

G01

Compra de existencias.

GX1

G02

Variación de existencias (disminución de existencias finales).

GX1

G03

Otros consumos de expotación.

 

G04

Sueldos y salarios.

GX2

G05

Seguridad Social a cargo de la empresa.

GX2

G06

Seguridad Social o aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad.(2)

GX2

G45

Seguridad Social del titular de la actividad (se admite G06 hasta 1T 2024)

GX2

G46

Aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad (se admite G06 hasta 1T 2024)

GX3

G07

Indemnizaciones.

GX3

G08

Dietas y asignaciones de viajes del personal empleado.

GX3

G10

Otros gastos de personal.

 

G11

Gastos de manutención del contribuyente (artículo 30.2.5ª.c de la Ley del Impuesto).

 

G12

Arrendamientos y cánones.

 

G13

Reparaciones y conservación.

GY4

G14

Gastos por suministro eléctrico.

GY4

G15

Gastos por suministro de agua.

GY4

G16

Gastos por suministro de gas.

GY4

G17

Gastos por suministro de telefonía e internet.

GX4

G18

Otros suministros.

 

G19

Servicios de profesionales independientes.

GX5

G20

Primas de seguros.

GX5

G21

Trabajos realizados por otras empresas, empresarios o profesionales (excepto reparaciones y conservación y servicios profesionales independientes).

GX5

G22

Otros servicios exteriores.

GX6

G23

Intereses de deudas.

GX6

G24

Otros gastos financieros.

GX3

G25

IVA soportado (recargo de equivalencia y/o recargo de agricultura, ganadería y pesca).

GX7

G26

Otros tributos fiscalmente deducibles.

GY8

G27

Dotaciones del ejercicio para amortización de edificios.

GY8

G28

Dotaciones del ejercicio para amortización de instalaciones, mobiliario, enseres y resto de inmovilizado material.

GY8

G29

Dotaciones del ejercicio para amortización de maquinaria.

GY8

G30

Dotaciones del ejercicio para amortización de elementos de transporte.

GY8

G31

Dotaciones del ejercicio para amortización de equipos electrónicos e informáticos.

GY8

G32

Dotaciones del ejercicio para amortización de útiles y herramientas.

GY8

G33

Dotaciones del ejercicio para amortización de ganado y cultivos agrícolas amortizables.

 

G34

Pérdidas por insolvencias de deudores

 

G35

Incentivos al mecenazgo. Convenios de colaboración en actividades de interés general.

 

G36

Incentivos al mecenazgo. Gastos en actividades de interés general.

 

G37

Otros conceptos fiscalmente deducibles (excepto provisiones).

GX8

G38

Dotaciones del ejercicio para amortización del inmovilizado inmaterial.

 

G39

Provisiones fiscalmente deducibles.

 

GX1

Consumos de explotación, (1)

 

GX2

Seguridad Social a cargo de la empresa (incluidas las cotizaciones del titular) (1)

 

GX3

Otros gastos de personal. (1)

 

GX4

Suministros(ente otros agua, gas, electricidad, telefonía, internet). (1)

 

GX5

Otros servicios exteriores. (1)

 

GX6

Gastos financieros. (1)

 

GX7

Tributos fiscalmente deducibles. (1)

 

GX8

Amortizaciones: dotaciones del ejercicio fiscalmente deducibles. (1)

GX4

GY4

Suministros (electricidad, agua, gas, telefonía e internet).

GX8

GY8

Dotaciones del ejercicio para amortización del inmovilizado material

 

Notas:

(1) Los conceptos que se muestran en color rojo en la relación anterior ya no están contemplados en las últimas especificaciones de los Libros registro que  establece la Agencia Tributaria a partir del ejercicio 2022 así que el programa mostrará avisos al grabar facturas en las que se utilicen esos conceptos dando un mensaje del tipo "Concepto AEAT asociado  (GX1) coyuntural no debe utilizarse". En el caso de que aparezca ese mensaje, sería aconsejable que cambie el tipo de concepto de la AEAT por alguno de los restantes. Este cambio puede hacerse desde la propia factura pulsando el botón con tres puntos suspensivos que permite acceder a la tabla de Conceptos y entrando luego en el concepto a modificar. También puede hacerse desde el menú principal del programa, en la opción "Libros registro", "Conceptos de ingreso y gasto". Al cambiar el concepto de la AEAT en una factura, automáticamente ya quedará modificado en las restantes facturas del sujeto pasivo y actividad en la que esté trabajando en ese momento.

 

(2) El concepto de gasto GX2-G06 (Seguridad Social o aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad) se cambia por GX2-G45 (Seguridad Social del titular de la actividad) y GX2-G46 (Aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad) para adaptarlo al modelo de Renta 2023 según las especificaciones de Presentación de Libros registro de la AEAT versión 3.16 del 12/04/2024. El concepto GX2-G06 se podrá utilizar hasta el 1T de 2024.

 

 

Ejercicio baja concepto: Los conceptos de ingreso y gasto contemplados en los libros registro de facturas de cada ejercicio deben adaptarse a los mismos conceptos de ingreso/gasto contemplados en la declaración de Renta de cada ejercicio y tipificados por la AEAT. En cambio, la tabla de conceptos de ingreso/gasto que mantiene el programa para cada Sujeto pasivo y Actividad es común para todos los ejercicios así que el año que se puede introducir en esta casilla permite hacer que un concepto contemplado en un ejercicio ya no aparezca al grabar facturas de los siguientes ejercicios si la AEAT ya no contempla ese concepto en los siguientes ejercicios.
Imputable I.R.P.F.: este marcador se utiliza en el traslado de datos desde Libros registro al modelo 131. Para actividades en Estimación objetiva, empresariales-no ganadería independiente y para las agrarias o empresariales-ganadería independiente, se obtiene la base de ingresos y las retenciones de las facturas emitidas cuyo concepto de ingreso esté marcado como "Imputable IRPF".
Imputable Pagos fraccionados: este indicador identifica los conceptos de ingreso y gasto que se pasarán desde los Libros registro hasta el REGISTRO INTERNO. Luego, esta pantalla de registro interno se puede pasar al modelo 130 o al modelo 100. En el traslado de Libros registro a los modelos 303 y 390, para actividades en Estimación objetiva y régimen de IVA simplificado, agrarias o empresariales-ganadería independiente, se obtienen los ingresos a cuenta de las facturas emitidas cuyo concepto de ingreso sea "Imputable a Pagos Fraccionados".
Importar contabilidad: en este apartado se pueden introducir los números de cuenta de contabilidad que deben importarse desde el balance a este concepto. Esta opción permite importar datos del Balance contable a los modelos. Los números de cuenta deben ir separados por los operadores aritméticos respectivos (normalmente, por el signo de sumar "+" o el de restar "-").