Modelo 214
|
Al eliminarse el gravamen por el Impuesto sobre el Patrimonio en el ejercicio 2008, también desaparece el modelo 214 y los contribuyentes no residentes que realizaban esta declaración en ejercicios anteriores deberán utilizar a partir de 2008 el modelo 210 según se establece en la Orden EHA/3788/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 039 de Comunicación de datos, relativa al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifican la Orden HAC/3626/2003, de 23 de diciembre, y la Orden EHA/3398/2006, de 26 de octubre (BOE 30/12/2008).
La cumplimentación del Modelo 214 en el programa trata de mantener el máximo parecido posible con el modelo impreso de esta declaración con el fin de hacer más facil su realización.
Al igual que en el impreso de esta declaración, en el programa los datos del Modelo 214 se muestra en una única pantalla en la que se introducen los distintos importes, número de perceptores, forma de ingreso, cuenta bancaria para el ingreso, fecha de presentación, etc.
Actualmente esta declaración sólo puede imprimirse en papel preimpreso (formularios para impresora matricial) y en formato PDF de la AEAT (este sistema requiere Acrobat Reader 5.0 o superior) .
|