Datos auxiliares

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Importante:

Si utiliza versiones antiguas del programa IRFAC como son las versiones "IRFAC Básica" o "IRFAC PRO", previas a la versión "IR FACTURACIÓN VERIFACTU", recuerde que esas versiones no están adaptadas a los requisitos que establece el Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación que aprobaba el Real Decreto 1007/2023 (BOE 06/12/2023) y ya no deben utilizarse a partir de la fecha en la que sea exigible la utilización de un programa adaptado a este Reglamento. Según la última ampliación del plazo de adaptación que publicaba el Real Decreto-ley 15/2025 (BOE 03/12/2025), estas fechas a partir de las que ha de utilizarse un programa adaptado al Reglamento de los SIF son el 01/01/2027 si el emisor de las facturas es una entidad que tributa por el Impuesto sobre Sociedades y el 01/07/2027 en el caso del resto de contribuyentes.

 

 

El programa incluye varios ficheros con información de caráctergeneral que se utiliza en distintos procesos del programa. Se trata de las siguientes tablas o listas de datos:

 

Datos específicos

 

Tipos de facturación

 

 

Tipos de IVA / IGIC

 

Centros administrativos

 

 

Siglas

 

Provincias

 

Países

 

Entidades bancarias

 

Oficinas bancarias