Exportar Libros de IVA e IRPF para la AEAT

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El programa incorpora la posibilidad de exportar los Libros registro de facturas expedidas/ingresos y recibidas/gastos del IVA e IRPF en el formato de presentación definido por la Agencia Tributaria para atender Requerimientos de las oficinas de gestión tributaria.

 

En este proceso se generan ficheros tipo hoja de cálculo Excel o en formato CSV (ficheros de texto plano) con las columnas y formato establecido por la AEAT. Estos ficheros se obtienen desde el apartado de Libros registro, pulsando el botón: "Hoja Cálculo LR AEAT"...

 

 

El funcionamiento de esta opción es igual en los libros de facturas expedidas/ingresos y recibidas/gastos y básicamente se reduce a pulsar el botón "Hoja Cálculo LR AEAT" y luego pulsar el botón "Exportar" en la siguiente que se muestre y el programa ya solicitará que se seleccione la carpeta y nombre de fichero donde se va a grabar el Libro registro A continuación se muestra un ejemplo de exportación de ambos libros registro.

 

Este proceso de generar los Libros registro en el formato requerido por la AEAT también se puede realizar desde el menú principal del programa, desde las opciones "Libros registro", "Ventas e ingresos. Facturas emitidas" y "Compras y gastos. Facturas recibidas", "Formato Electrónico AEAT Libro Registro"...

 

 

Desde esta opción es posible generar el Libro registro conjunto de múltiples Actividades económicas. Al ejecutar esta opción y seleccionar el Sujeto pasivo titular de los Libros, a continuación se mostrará una ventana con la relación de Actividades que tenga el sujeto pasivo...

 

 

Si se quiere generar el Libro registro de una sola actividad se puede hacer doble click con el ratón o pulsar la tecla "INTRO" sobre la línea de la actividad. En ese caso la hoja de cálculo o fichero CSV generado contiene solo los datos de la actividad seleccionada. En cambio, si se quiere generar un Libro registro de todas las actividades se puede pulsar la tecla "ESC" (escape) o hacer click sobre el botón "Salir" y de esa forma se generan una hoja de cálculo con las facturas y anotaciones de todas las actividades.

 

 

Generar el Libro de Facturas Expedidas/Ingresos para la AEAT

 

Estando situados en la pantalla del libro registro de Facturas emitidas/Ingresos, se puede pulsar el botón "Hoja Cálculo LR AEAT" que figura en la barra de botones de la parte superior de la ventana. Al pulsar este botón se inicia el proceso para generar una hoja de cálculo de tipo Excel con la información de las facturas expedidas/ingresos y en el formato de presentación que solicita la Agencia Tributaria para atender los requerimientos de gestión tributaria relativos al IVA y al IRPF.

 
Se utiliza el formato "unificado" de libros que ha establecido la Agencia Tributaria para presentar los Libros registro de IRPF e IVA.

 

En ese momento se muestra una ventana que permite configurar la generación de la hoja de cálculo. En esta ventana se pueden indicar los campos o tipos de datos a incluir en las diferentes columnas de la hoja de cálculo. Las columnas de la hoja de cálculo se identifican por su "letra" y esa letra tiene que ir encerrada entre llaves: "{ }".

 

Teniendo en cuenta que los formato de presentación de Libros registro del IVA y del IRPF solicitado por la Agencia Tributaria para atender los requerimientos de gestión tributiara son fijos y deben contener cada dato en una columna ya preestablecida, el programa ya incorpora por defecto la configuración de columnas y contenido requerido para la presentación del libro.

 

En la siguiente imagen se pueden ver los campos o tipos de datos solicitados en el Libro de facturas expedidas/Ingresos...

 

 

En la parte superior de la ventana de configuración existen botones para grabar y cargar una "Plantilla" de esta configuración por si se quisieran hacer modificaciones y dejarlas configuradas para otras ocasiones. No obstante, puede ser aconsejable respetar la configuración que incluye el programa ya por defecto puesto que es la configuración de columnas y datos que requiere la Agencia Tributaria.

 

En la configuración de columnas a exportar, las columnas se identificarán por la misma letra que se utiliza en la hoja de cálculo. Esas letras tienen que escribirse encerradas entre llaves. Por ejemplo, si el campo "Número de factura" está en la columna “D”, en la configuración de la importación se escribiría “{D}” en la fila “Identificación Número”. Si ese dato está por ejemplo en la columna “AB” de la hoja de cálculo, se escribiría “{AB}”.

 

Por defecto las columnas de importes no se totalizan puesto que la Agencia Tributaria no lo solicita en las especificaciones de presentación. No obstante, en la ventana de configuración de la exportación existe un campo "Totalizar". Si esa columna se marca con una "X" o con un "SI", al generar el fichero de hoja de cálculo, se realizará la suma o total de esa columna. Por ejemplo, si en la columna "J" donde va el importe de la "Base imponible" se graba una "X" en la columna "Totalizar"...

 

 

en la hoja de cálculo que se genera, al final de la columna "J" se anotará el total de la Base imponible...

 

 

 

Pulsando el botón "Exportar" se genera el fichero de hoja de cálculo con los datos del Libro registro de IVA e IRPF. En ese momento el programa mostrará una ventana de diálogo para seleccionar la carpeta y nombre de fichero que se debe generar y el formato a utilizar (Excel o CSV)...

 

 

En la parte inferior de la ventana de diálogo se puede seleccionar el "Tipo" o formato de ficheros a utilizar. Es posible generar los libros en formato Excel XLS y XLSX o en formato CSV...

 

 

Si se elige el tipo "Ficheros Excel (*.xls y *.xlsx)", el programa genera el libro registro en formato Excel XLS y, si el equipo tiene instalada la aplicación Microsoft Excel (versión 2007 ó posterior), genera también el libro en formato XLSX. Si el equipo no tiene instalada una versión de Microsoft Excel 2007 ó posterior, se genera únicamente el formato XLS.

 

El formato CSV es otro de los formatos de fichero admitidos por la Agencia Tributaria para la presentación de libros registro atendiendo requerimientos de IVA e IRPF. Los ficheros CSV son ficheros de tipo "texto plano" que se pueden abrir con cualquier editor de texto o aplicación de Hoja de cálculo.

 

El programa propone grabar la hoja de cálculo en un fichero con la nomenclatura que indica la Agencia Tributaria en las especificaciones de presentación de Libros registro de facturas Emitidas/Ingresos. Estos nombres de fichero se forman utilizando los siguientes datos: Ejercicio + NIF + "U" + Nombre del sujeto pasivo. Por ejemplo, si se tratase del libro registro de facturas Emitidas del ejercicio 2020 correspondiente al sujeto pasivo "PEREZ ALONSO, JOSE MANUEL" con NIF "15789502W", la hoja de cálculo se grabaría con el nombre: "202015789502WUPEREZ ALONSO, JOSE MANUEL.XLS" (en lugar de la extensión ".XLS", este fichero también puede tener las extensiones ".XLSX" o ".CSV" cuando se trata de hojas de cálculo grabadas en estos otros formatos).

 

Actualmente la página web de la Agencia Tributaria que se utiliza para presentar telemáticamente ficheros y documentos atendiendo a requerimientos de información, no permite seleccionar hojas de cálculo en formato XLS (formatos Excel 2003 y anteriores), a pesar de que el XLS es uno de los formatos que la propia AEAT incluye en las especificaciones de presentación de libros. Para enviar hojas de cálculo XLS se podrían comprimir en un archivo ZIP (que es uno de los tipos de fichero que admite esta página web), o bien, presentarlos en formato XLSX (para que el programa genere este formato es necesario que el equipo tenga instalada alguna aplicación Excel vers. 2007 ó posterior) o remitirlos en formato CSV.

 

Los ficheros XLS, XLSX o CSV generados en este proceso con la información de los libros registros se abren automáticamente al terminar este proceso con el programa que esté asociado en el sistema para abrir esos formatos de archivo (Microsoft Excel, LibroOffice, OpenOffice, etc.).

 

A continuación se muestra la imagen de un libro registro de facturas expedidas/ingresos que luego se va a exportar al formato Excel o CSV solicitado por la Agencia Tribtutaria...

 

 

En la siguiente imagen se muestra la parte inicial de las columnas y datos que se han generado...

 

 

y en la siguiente imagen se pueden ver otras últimas columnas más de la hoja de cálculo...

 

 

En la hoja de cálculo de facturas expedidas/ingresos que se genera para entregar a la Agencia Tributaria se incluyen las siguientes columnas de datos:

 

Autoliquidación - Ejercicio,
Autoliquidación - Periodo,

 

Tipo de Factura: este campo puede tener alguna de las siguientes claves que ha establecido la Agencia Tributaria:
"F1" - Factura en la que se identifica al destinatario (artículos 6, 7.2 y 7.3 del RD 1619/2012)
"F2" - Factura sin identificación del destinatario artículos 7.1 y 6.1.d) RD 1619/2012
"F3" - Factura sustitutiva sin una anotación negativa que anule las facturas simplificadas a las que sustituye. Sólo utilizarán este tipo aquellos obligados que registren facturas en sustitución de facturas simplificadas.
"F4" - Asiento resumen de facturas
"R0" - Factura Rectificativa. Alternativamente se podrá consignar en su lugar:
"R1" - Factura Rectificativa (Error fundado en derecho y Art. 80 Uno Dos y Seis LIVA)
"R2" - Factura Rectificativa (Art. 80.tres)
"R3" - Factura Rectificativa (Art. 80.cuatro)
"R4" - Factura Rectificativa (Resto)
"R5" - Factura Rectificativa en facturas simplificadas y facturas sin identificación del destinatario
"SF" - Asiento sin obligación de emitir factura

 

Concepto de Ingreso: esta casilla debe tener alguno de los siguientes valores que ha tipificado la Agencia Tributaria. Estos conceptos se  configurar en la ficha de "Conceptos de ingreso y gasto" que lleva el programa. Actualmente esta columna puede tener alguno de los siguientes códigos:
"I01" - Ingresos de explotación
"IX1" - Otros Ingresos (incluidas subvenciones y otras transferencias). Alternativamente se podrá consignar en su lugar:
"I02" - Ingresos financieros derivados del aplazamiento o fraccionamiento de operaciones realizadas en desarrollo de la actividad
"I03" - Ingresos por subvenciones corrientes
"I04" - Imputación de ingresos por subvenciones de capital
"I05" - IVA devengado (recargo de equivalencia y/o recargo de agricultura, ganadería y pesca).
"I06" - Variación de existencias (incremento de existencias finales).
"I07" - Otros ingresos
"I08" - Autoconsumo de bienes y servicios
"I09" - Transmisión elementos patrimoniales que hayan gozado libertad amortización: exceso amortización deducida respecto amortización deducible (DA trigésima Ley del IRPF)

 

Ingreso computable. El programa introducirá la Base imponible de la factura si el Concepto de la factura está sujeto a IRPF o introducirá cero en el caso de que  el concepto esté marcado como "No imputable a IRPF",
Fecha Expedición,
Fecha Operación,
Identificación de la factura - Serie,
Identificación de la factura - Número. Se indicará el número de factura. En el caso de que la anotación corresponda a un asiento resumen de varias facturas, en esta casilla se indicará el número de la primera factura de las incluidas en el asiento resumen,
Identificación de la factura - Número-Final. En el caso de que la anotación corresponda a un asiento resumen de varias facturas, en esta casilla se indicará el número de la última factura de las incluidas en el asiento resumen.
NIF Destinatario - Tipo de Identificación, Si el país de residencia es España se utilizará como tipo de Identificación el NIF/NIE este campo quedará en blanco porque se utilizará por defectodejará vacíoEl tipo de identificación en el país de residencia puede tener alguno de los siguientes valores que se toman de la ficha del Cliente:
02 - NIF-IVA intracomunitario.
03 - Pasaporte.
04 - Documento oficial de identificación expedido por el país o territorio de residencia.
05 - Certificado de Residencia.
06 - Otro documento probatorio.
NIF Destinatario - Código País: en esta columna se grabarán las letras identificativas del País de residencia del destinatario y sólo se rellena si el país del destinatario es diferene a España.
NIF Destinatario - Identificación: si el destinatario de la factura es un sujeto pasivo residente en España, el NIF del destinatario de la factura expedida será de 9 posiciones con un carácter alfabético al principio o al final y 8 caracteres numéricos [L]99999999[L]. Y no debe incluir caracter de separación alguno (guión -, barra inclinada /, punto . , o espacios en blanco) entre la letra del NIF y la secuencia numérica. Cuando se trate de facturas simplificadas en las que no sea necesario identificar al destinatario, el NIF puede quedar sin contenido, pero en ese caso, en la columna "Nombre Destinatario" hay que consignar el texto: "VENTAS A CONSUMIDOR FINAL". Si la factura se ha grabado con el "CLIENTE GENERICO", al generar el Libro para la AEAT, el programa dejará el NIF en blanco y como Nombre del cliente se introducirá ese texto: "VENTAS A CONSUMIDOR FINAL". Recuerde que el "Cliente/Proveedor genérico" se puede configurar en el programa desde el apartado "Ficheros", "Clientes/Proveedores", "Cliente-Proveedor genéríco".
Nombre Destinatario,
Clave de Operación: esta columna sólo se cumplimenta cuando se trate de una operación afectada por el Régimen Especial del Criterio de Caja, en cuyo caso, se consignará el valor "07". En los demás casos esta columna estará en blanco.
Total Factura,
Base Imponible,
Tipo de IVA,
Cuota IVA Repercutida,
Tipo de Recargo Equivalencia,
Cuota Recargo Equivalencia,
Cobro (Operación Criterio de Caja) - Fecha: se indicará la fecha de cada cobro de los que pueda tener una factura. Sólo se rellenará en facturas correspondientes al Régimen Espeical de Criterio de Caja,
Cobro (Operación Criterio de Caja) - Importe cobrado,
Cobro (Operación Criterio de Caja) - Medio utilizado, Puede tener uno de las siguientes valores:

01: Transferencia bancaria,

02: Cheque,

03: No se cobra (fecha límite de devengo, 31-12 del año siguiente al de la fecha de operación / devengo forzoso en concurso de acreedores),

04: Otros medios de cobro.

Cobro (Operación Criterio de Caja) - Identificación del Medio utilizado. En esta columna se registrará el número de cuenta bancaria, el número de cheque o una descripción del medio de cobro utilizado.
Tipo Retención del IRPF: el programa grabará el porcentaje de retención que se haya podido indicar en la factura,
Importe Retenido del IRPF.

 

Si una factura contiene datos a distintos tipos de IVA/Recargo Equivalencia o si corresponde al R.E.Criterio de Caja y tiene más de un cobro/pago, se incluirá una línea por cada tipo de IVA/Rec.Eq. o por cada cobro/pago, repitiendo el resto de datos de la factura.

 

 

Generar el Libro registro de Facturas Recibidas/Gastos para la AEAT

 

La generación de la hoja de cálculo del Libro registro de IVA e IRPF de facturas Recibidas se realiza siguiendo los mismos pasos que se indicaban anteriormente para las facturas emitidas.

 

El proceso de generación del Libro registro en formato Excel o en formato CSV se inicia pulsando el botón "Hoja Cálculo LR AEAT" que figura en la barra de botones de la parte superior de la ventana.

 

Si el sujeto pasivo tiene varias Actividades económicas y se desea obtener un Libro registro de las facturas y anotaciones de todas las actividades, habría que utilizar las opciones "Libros registro", "Ventas e ingresos. Facturas emitidas" y "Compras y gastos. Facturas recibidas", "Formato Electrónico AEAT Libro Registro". En esta opción se puede pulsar  la tecla "ESC" (Escape) o el botón "Salir" cuando en la ventana en la que el programa pregunta la Actividad a generar y, de esa forma se puede generar un libro registro común para todas las actividades.

 

Antes de realizar la generación de la hoja de cálculo Excel o el fichero CSV del libro de facturas Recibidas será necesario elegir como se quiere grabar el campo "Número de recepción" o número de documento. El programa ofrece la posibilidad de generar una numeración automáticamente en función de la fecha de facturas o, por el contrario, utilizar el "número de documento" que el usuario haya registrado en cada factura.

 

 

Si se elige la opción de "Generar número", el programa asigna automáticamente un número de documento a cada factura ordenando los datos por el campo "Fecha de imputación" y, si hay múltiples facturas o anotaciones en la misma fecha, se van numerando por orden de introducción en el programa. Debe tener en cuenta que esta opción podría ir variando la numeración de una misma factura si se ejecuta varias veces este proceso y se han añadido o eliminado facturas desde una ocasión a otra. Y cuando hay varias facturas de la misma fecha, podría ocurrir que la numeración que asigna el programa no coincida con la que el usuario haya ido clasificando las facturas en papel.

 

En el caso de seleccionar la opción "Usar el nº de documento de la factura", el programa graba en el campo "Recepción Número" de la hoja de cálculo el número de documento que el usuario haya anotado en cada factura...

 

Si hay facturas que no tengan puesto el "Número de documento", ese campo quedaría en blanco en la hoja de cálculo.

 

La numeración que el usuario puede introducir en esta casilla "Nº de documento" debería ser correlativa con respecto a la Fecha de las facturas pero el programa no chequea este aspecto ni renumera este campo en el caso de que se eliminen o modifiquen facturas anteriores, etc.

 

Precaución: En el caso de que la numeración asignada en la casilla "Nº de documento" no sea correlativa con respecto a las fechas de las facturas o si existen anotaciones que no tengan puesto el Nº de documento (por ejemplo en Nóminas, Seguridad Social, etc.), será preferible utilizar la opción "Generar número" en lugar de la opción "Usar el nº de documento de la factura" para que las facturas no salgan desordenadas según su fecha.

 

Este "Número de documento" se puede introducir manualmente y también se puede solicitar al programa que proponga el "siguiente número" que correspondería. Si se pulsan las teclas  [ + ] o [ * ] cuando el cursor está situado en esta casilla, el programa asigna automáticamente el próximo número de documento incrementando el mayor número introducido en facturas anteriores. La tecla [ + ] incrementa el último número de documento utilizado en todo el libro de facturas recibidas (independientemente del proveedor del que se trate) mientras que la tecla [ * ] propone el siguiente número de documento que correspondería al proveedor (para contemplar los casos en los que las facturas se clasifican y numeran diferenciadas por proveedor).

 

Una vez seleccionada la opción que se quiere utilizar para cumplimentar la columna "Recepción Número" o "número de documento", se mostrará una ventana que permite configurar la generación de la hoja de cálculo. En la siguiente imagen se pueden ver los campos o tipos de datos solicitados en el Libro registro de Facturas Recibidas y Gastos..

 

 

Como se indicaba anteriormente, los formato de presentación de los libros registro del IVA e IRPF para atender los requerimientos de gestión tributaria de la AEAT son fijos y deben contener cada dato en una columna ya preestablecida y, por este motivo, el programa ya incorpora por defecto la configuración de columnas y contenido adecuado y sólo se necesitaría pulsar el botón "Exportar" para generar el fichero de hoja de cálculo.

 

Al generar el fichero Excel el programa muestra una ventana de diálogo para seleccionar la carpeta, el nombre del fichero y el tipo de archivo donde se va a grabar el libro registro del IVA e IRPF de facturas recibidas/gastos...

 

 

 

 

En la parte inferior de la ventana de diálogo se puede seleccionar el "Tipo" o formato de ficheros a utilizar. Es posible generar los libros en formato Excel XLS y XLSX o en formato CSV...

 

 

Si se elige el tipo "Ficheros Excel (*.xls y *.xlsx)", el programa genera el libro registro en formato Excel XLS y, si el equipo tiene instalada la aplicación Microsoft Excel (versión 2007 ó posterior), genera también el libro en formato XLSX. Si el equipo no tiene instalada una versión de Microsoft Excel 2007 ó posterior, se genera únicamente el formato XLS.

 

El formato CSV es otro de los formatos de fichero admitidos por la Agencia Tributaria para la presentación de libros registro atendiendo requerimientos de IVA. Los ficheros CSV son ficheros de tipo "texto plano" que se pueden abrir con cualquier editor de texto o aplicación de Hoja de cálculo.

 

El programa propone grabar la hoja de cálculo en un fichero con la nomenclatura que indica la Agencia Tributaria en las especificaciones de presentación de Libros registro de facturas Recibidas. Estos nombres de fichero se forman utilizando los siguientes datos: Ejercicio + NIF + "V" + Nombre del sujeto pasivo. Por ejemplo, si se tratase del libro registro de facturas Recibidas del ejercicio 2020 correspondiente al sujeto pasivo "PEREZ ALONSO, JOSE MANUEL" con NIF "15789502W", la hoja de cálculo se grabaría con el nombre: "202015789502WVPEREZ ALONSO, JOSE MANUEL.XLS" (en lugar de la extensión ".XLS", este fichero también puede tener las extensiones ".XLSX" o ".CSV" cuando se trata de hojas de cálculo grabadas en estos otros formatos).

 

Los ficheros XLS, XLSX o CSV generados en este proceso con la información de los libros registros se abren automáticamente al terminar este proceso con el programa que esté asociado en el sistema para abrir esos formatos de archivo (Microsoft Excel, LibroOffice, OpenOffice, etc.).

 

En la siguiente imagen se pueden ver algunas facturas recibidas del Libro registro que luego se van a exportar...

 

En la siguiente imagen se pueden ver las primeras columnas de la hoja de cálculo que se genera al exportar el libro registro de facturas recibidas...

 

 

y en la siguiente imagen se muestran las últimas columnas de la hoja de cálculo correspondiente al libro de facturas recibidas...

 

La hoja de cálculo de facturas recibidas/gastos generada contiene las siguientes columnas de datos:

 

Autoliquidación - Ejercicio,
Autoliquidación - Periodo,
Tipo de Factura: este campo puede tener alguna de las siguientes claves que ha establecido la Agencia Tributaria:
"F1" - Factura en la que se identifica al destinatario (artículos 6, 7.2 y 7.3 del RD 1619/2012)
"F2" - Factura sin identificación del destinatario artículos 7.1 y 6.1.d) RD 1619/2012
"F3" - Factura sustitutiva sin una anotación negativa que anule las facturas simplificadas a las que sustituye. Sólo utilizarán este tipo aquellos obligados que registren facturas en sustitución de facturas simplificadas.
"F4" - Asiento resumen de facturas
"F5" - Importaciones (DUA)
"F6" - Justificantes contables artículo 2.4 RD 1619/2012
"R0" - Factura Rectificativa. Alternativamente se podrá consignar en su lugar:
"R1" - Factura Rectificativa (Error fundado en derecho y Art. 80 Uno Dos y Seis LIVA)
"R2" - Factura Rectificativa (Art. 80.tres)
"R3" - Factura Rectificativa (Art. 80.cuatro)
"R4" - Factura Rectificativa (Resto)
"R5" - Factura Rectificativa en facturas simplificadas  y facturas sin identificación del destinatario
"LC" - Aduanas - Liquidación complementaria
"SF" - Asiento sin obligación de emitir factura

 

Concepto de Gasto: esta casilla debe tener alguno de los siguientes valores que ha tipificado la Agencia Tributaria. Estos conceptos se  configurar en la ficha de "Conceptos de ingreso y gasto" que lleva el programa. Actualmente esta columna puede tener alguno de los siguientes códigos:

 

"GX1" - Consumos de explotación. Alternativamente se podrá consignar en su lugar:
"G01" - Compra de existencias
"G02" - Variación de existencias (disminución de existencias finales)
"G03" - Otros consumos de explotación
"G04" - Sueldos y salarios
"GX2" - Seguridad Social a cargo de la empresa (incluidas las cotizaciones del titular). Alternativamente se podrá consignar en su lugar:
"G05" - Seguridad Social a cargo de la empresa
"G06" - Seguridad Social o aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad
"GX3" - Otros gastos de personal. Alternativamente se podrá consignar en su lugar:
"G07" - Indemnizaciones
"G08" - Dietas y asignaciones de viajes del personal empleado
"G09" - Aportaciones a sistemas de previsión social imputadas al personal empleado
"G10" - Otros gastos de personal
"G11" - Gastos de manutención del contribuyente (artículo 30.2.5ª.c de la Ley del IRPF)
"G12" - Arrendamientos y cánones
"G13" - Reparaciones y conservación
"GX4" - Suministros (entre otros agua, gas, electricidad, telefonía, internet). Alternativamente se podrán consignar en su lugar:
"GY4" - Suministros (electricidad, agua, gas, telefonía e internet). Alternativamente se podrá consignar en su lugar:
"G14" - Gastos por suministro eléctrico
"G15" - Gastos por suministro de agua
"G16" - Gastos por suministro de gas
"G17" - Gastos por suministro de telefonía e internet
"G18" - Otros suministros
"G19" - Servicios de profesionales independientes

 

Gasto Deducible. Si se ha configurdo un porcentaje de IVA deducible en la factura, en esta columna el programa introducirá el resultado de aplicar ese porcentaje a la cuota de IVA total.
Fecha Expedición
Fecha Operación
Factura del Expedidor - Identificación Serie-Número. Se indicará el número de factura. En el caso de que la anotación corresponda a un asiento resumen de varias facturas, en esta casilla se indicará el número de la primera factura de las incluidas en el asiento resumen,
Factura del Expedidor - Identificación Número-Final. En el caso de que la anotación corresponda a un asiento resumen de varias facturas, en esta casilla se indicará el número de la última factura de las incluidas en el asiento resumen.
Recepción Número. Se indicará el número de documento o número de recepción de la factura. En el caso de que la anotación corresponda a un asiento resumen de varias facturas, en esta casilla se indicará el número de la primera factura de las incluidas en el asiento resumen,
Recepción Número-Final. En el caso de que la anotación corresponda a un asiento resumen de varias facturas, en esta casilla se indicará el número de la última factura de las incluidas en el asiento resumen.
Expedidor Tipo Identificación. El tipo de identificación en el país de residencia puede tener alguno de los siguientes valores:

02 - NIF-IVA intracomunitario.

03 - Pasaporte.

04 - Documento oficial de identificación expedido por el país o territorio de residencia.

05 - Certificado de Residencia.

06 - Otro documento probatorio.

Expedidor País
Expedidor NIF
Expedidor Nombre
Clave de Operación: En "Clave de Operación" sólo se consignará contenido si se da uno de los siguientes supuestos:

02 - Si se trata de una operación por la que se satisfacen compensaciones a proveedores acogidos al Régimen Especial de Agricultura Ganadería y Pesca (REAGYP) se consignará el valor 02 en la columna "Clave de Operación", la información correspondiente al porcentaje de compensación se consignará en la columna "Tipo de IVA" y el importe de la compensación resultante de aplicar dicho porcentaje a la base imponible en la columna "Cuota IVA Soportado".

07 - Si la operación se encuentra afectada por el régimen especial del criterio de caja se consignará el valor 07 en la columna "Clave de Operación" y la información correspondiente a cada pago, parcial o total, en el grupo de columnas denominado "Pago", teniendo en cuenta que en la columna "Medio Utilizado (Pago)" se consignará el valor que corresponda entre:

                - 01: Transferencia

                - 02: Cheque

                - 03: No se paga (fecha límite de devengo, 31-12 del año siguiente al de la fecha de operación / devengo forzoso en concurso de acreedores)

                - 04: Otros medios de pago

                - 05: Domiciliación bancaria

Base Imponible
Tipo IVA
Cuota IVA Soportada
Cuota Deducible
Tipo Recargo Equivalencia
Cuota Recargo Equivalencia
Pago (Operación Criterio de Caja) - Fecha de cada pago realizado,
Pago (Operación Criterio de Caja) - Importe pagado,
Pago (Operación Criterio de Caja) - Medio utilizado, Puede tener uno de las siguientes valores:

01: Transferencia bancaria,

02: Cheque,

03: No se paga (fecha límite de devengo, 31-12 del año siguiente al de la fecha de operación / devengo forzoso en concurso de acreedores),

04: Otros medios de pago.

Pago (Operación Criterio de Caja) - Identificación del Medio utilizado. En esta columna se registrará el número de cuenta bancaria, el número de cheque o una descripción del medio de pago utilizado.
Tipo Retención
Importe retenido

 

 

Mensajes de error que pueden aparecer al generar los Libros registro

 

Si realiza varias veces la exportación de los Libros a un mismo fichero XLS, XLSX o CSV, ese fichero debería estar cerrado para que el programa pueda escribir nuevamente su contenido. Recuerde que el programa abre automáticamente el fichero al terminar la exportación con el visor de hojas de cálculo que tenga instalado en su equipo (Microsoft Excel, LibreOffice, OpenOffice, etc.). Si se elige un fichero de salida que está abierto, obtendrá un error de tipo "Infracción de recurso compartido"...

 

 

 

Ver también información sobre:

 

Libro registro de facturas emitidas
Libro registro de facturas recibidas
Libro de deducción de compensaciones en Rég.especial agrario
Libro registro de suplidos y provisiones de fondos
Libros en formato XLS