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Modelo 303 – Supresión de la impresión en papel

Modelo 303 – Supresión de la impresión en papel

La Orden HFP/1395/2021, de 9 de diciembre (BOE 14/12/2021) modificaba las formas de presentación del modelo 303 suprimiendo a partir de 2023 la presentación del modelo en papel impreso que se podía realizar hasta ahora a través del servicio de impresión o «predeclaración» que ofrecía la web de la Agencia Tributaria. Esta modalidad de presentación solo estaba disponible para los sujetos pasivos no obligados a utilizar certificado electrónico como podían ser las personas físicas o las entidades en atribución de rentas.

Según indica la Agencia Tributaria en la información que acompaña al «Calendario fiscal de 2023«, aquellos contribuyentes que hasta ahora han podido utilizar la predeclaración, podrán obtener e imprimir un documento de ingreso que permitirá realizar el pago en una entidad colaboradora. No obstante, para obtener ese documento de pago ya no servirá autentificarse indicando el DNI/NIE y la fecha de validez del DNI del declarante o de su representante como se podía hacer hasta 2022 sino que se necesitarán autenticarse mediante un Certificado digital, mediante el sistema Cl@ve o mediante los certificados del DNI electrónico.