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Plazos de presentación y domiciliación

Plazos de presentación y domiciliación

Próximos plazos de presentación de declaraciones que realizan los programas Iranon

Hasta el 20 de enero 2026

  • Modelos mensuales de Diciembre 2025 (111, 115, 117, 123 y 216) y modelos trimestrales del 4T de 2025 (111, 115, 117, 123, 210 y 216)
  • Modelo 308 (Solicitud de devolución por sujetos pasivos en el régimen simplificado del IVA y que ejerzan la actividad de transporte de viajeros o de mercancías por carretera, por adquirir determinados medios de transporte)

Hasta el 30 de enero 2026

  • Modelo 303 mensual de Diciembre 2025 y trimestral del 4T de 2025
  • Modelo 349 mensual de Diciembre 2025 y trimestral del 4T 2025
  • Modelo 309 (declaración-liquidación no periódica)
  • Modelo 308 (Solicitud de devolución de cuotas reembolsadas a viajeros por empresarios en recargo de equivalencia)
  • Modelo 341 (Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca)
  • Modelo 390 de 2025

Hasta el 2 de febrero 2026

  • Declaraciones informativas ejercicio 2025: 180, 190, 193, 296, 184, 233 y 345.
  • Renuncia o revocación al método de Estimación directa simplificada y Estimación objetiva y Regímenes simplificado y de agricultura, ganadería y pesca para 2026 y siguientes ejercicios (modelo 036)
  • Plazo extraordinario para la solicitud de baja del Registro de devolución mensual de IVA (modelo 036)
  • Plazo extraordinario para la renuncia a la llevanza de los Libros registros en el SII (modelo 036)

Hasta el 3 de febrero 2026

  • Modelos 420 y 421 de IGIC del 4T de 2025
  • Modelo 425 de IGIC del ejercicio 2025

Hasta el 20 de febrero 2026

  • Modelos mensuales de Enero 2026 (111, 115, 117, 123 y 216)
  • Modelo 349 mensual de Enero 2026
  • Modelo 308 (Solicitud de devolución de cuotas reembolsadas a viajeros por empresarios en recargo de equivalencia)

Hasta el 2 de marzo 2026

  • Modelo 347 de 2025
  • Modelo 415 de IGIC de 2025
  • Modelo 303 mensual de Enero 2026
  • Impuesto sobre Sociedades. Pagos fraccionados. Entidades cuyo ejercicio coincida con el año natural: opción/renuncia a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural (modelo 036). Si el período impositivo no coincide con el año natural, la opción/renuncia por esta modalidad de pagos fraccionados se ejercerá, en los primeros dos meses de cada periodo impositivo o entre el inicio de dicho periodo impositivo y el fin del plazo para efectuar el primer pago fraccionado, si este plazo es inferior a dos meses (modelo 036)

Plazos de presentación de autoliquidaciones con pago por Domiciliación bancaria

El plazo de presentación de autoliquidaciones con pago por «Domiciliación bancaria» depende del fin del plazo de presentación de cada modelo. Si el vencimiento del plazo de presentación del modelo coincide con un día inhábil, el plazo finalizará el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de la autoliquidación correspondiente.

En cualquier caso, deberá existir un mínimo de tres días hábiles o cinco días naturales, entre el fin del plazo de presentación de autoliquidaciones con pago por domiciliación y la finalización del plazo genérico de presentación e ingreso voluntario de esas mismas autoliquidaciones. Los sábados, domingos, las festividades nacionales y las festividades autonómicas o locales que afecten al municipio en el que radique el Departamento de Informática de la Agencia Tributaria se consideran días inhábiles para determinar el fin del este plazo de pago por Domiciliación bancaria.

  • Modelos 111, 115, 117, 123 y 216 del 4T de 2025: del 1 al 15 de enero 2026.
  • Modelos 111, 115, 117, 123 y 216 del mes de diciembre 2025: del 1 al 15 de enero 2026.
  • Modelos 130 y 131 del 4T de 2025: del 1 al 27 de enero 2026.
  • Modelo 210 Autoliquidaciones con resultado a ingresar (excepto ganancias derivadas de transmisiones de inmuebles) del 4T de 2025: del 1 al 15 de enero 2026.
  • Modelo 210 con obligación anual. Rentas de arrendamiento de inmuebles 2025 (si se opta por agrupar anualmente las rentas devengadas durante el año natural): del 1 al 15 de enero de 2026.
  • Modelo 210 con obligación anual. Rentas imputadas de inmuebles urbanos del ejercicio 2025: del 1 de enero hasta al 28 de diciembre de 2026.
  • Modelo 303 mensual de Diciembre 2025: del 1 al 27 de enero 2026.
  • Modelo 303 trimestral del 4T de 2025: del 1 al 27 de enero 2026.
  • Modelo 309 trimestral del 4T de 2025: del 1 al 27 de enero 2026.
  • Modelos 420 y 421 de IGIC del 4T de 2025: del 1 al 28 de enero 2026.

Ver información de los plazos de todos los modelos

La información de los apartados anteriores se refiere solo a los plazos de modelos de declaración realizados en los programas Iranon y podría contener errores. Para ver la información de todas las declaraciones o aclarar cualquier duda es recomendable que consulte las siguientes páginas de las Administraciones desde las que se han obtenido estos datos: