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IMPUESTO DE SOCIEDADES 2022. Histórico de actualizaciones. Versión 22.X

IMPUESTO DE SOCIEDADES 2022. Histórico de actualizaciones. Versión 22.X

IRIS – IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES e IVA/IGIC

Versión 22.0.38.11  03/02/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 415 de IGIC. Se activa la realización de esta declaración del ejercicio 2022. Para realizar la presentación telemática es necesario descargar e instalar el último paquete de “Módulos de impresión Ejercicio 2022” versión 1.0.4.4 (la descarga se puede realizar desde el menú “Herramientas”, “Descarga de programas”).

Versión 22.0.36.3  25/01/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 303 del último periodo del ejercicio en sujetos pasivos exonerados de presentar el modelo 390. Se corrige un problema de impresión de la casilla “D- Si ha efectuado operaciones por las que tenga obligación de presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas” que hacía que no saliese marcada la casilla en la presentación aunque estuviese activa en la pantalla.
  • Modelos 303 del último periodo del ejercicio. Hasta ahora el programa bloqueaba después de calcular o importar de Libros registro las casillas de la pág. 1 en las que se indica si el sujeto pasivo está exonerado de presentar el 390 y si tiene volumen anual de operaciones distinto de cero y, si se querían varias esas dos casillas una vez realizado el cálculo, era necesario grabar y salir de la declaración y volver a entrar para poder cambiar esos datos. A partir de esta versión se cambia ese funcionamiento para que esas dos casillas se puedan cambiar después de realizar el cálculo sin necesidad de volver a abrir el modelo.
  • Modelo 303. A partir de esta versión se hace un cambio para que si se marca la opción “A Devolver” y existe IVA pendiente de compensar de periodos anteriores en la casilla [110] y la casilla [78] está vacía, el programa traslada automáticamente a la casilla [78] el importe de la [110] para solicitar la devolución del importe pendiente de compensar y muestra un aviso informando que se ha realizado este traslado.
  • Modelo 390. Se revisa el traslado de datos desde los modelos 303 a las casillas [85] y [662] de la pág. 6 para adaptarlo a las últimas instrucciones de la declaración.

Versión 22.0.34.5  11/01/2023

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 184. Se corrige un problema de impresión que podía aparecer en algunas declaraciones y que mostraba un mensaje de error: “Caracteres no válidos en número de días” impidiendo presentar telemáticamente la declaración. Se corrige también un problema en la introducción del número de días de arrendamiento en el inmueble 6 en la ficha de los comuneros, socios o partícipes que por error repetía el mismo número de días introducido para el inmueble 5.
  • Modelo 303. Se corrige un problema detectado en el cálculo del sumatorio de la casilla [88] (Total volumena anual de operaciones) que se producía cuando hay operaciones con Inversión del Sujeto pasivo que no se sumaban en el total y que impedía la presentación de la declaración.
  • Modelo 425 (IGIC). Se activa la realización del modelo 425 de 2022.
  • Se actualiza la impresión y presentación telemática de los modelos 425 de 2022 para adaptarla a las nuevas especificaciones y módulos de impresión facilitados por la Agencia Tributaria Canaria. Se ha publicado una actualización del paquete “Módulos de impresión 2022” que incluye la nueva versión del módulo de impresión del Mod. 425, vers.5.7.0. La descarga e instalación de estos módulos de impresión se puede realizar desde el menú “Herramientas”, “Descarga de programas”.

Versión 22.0.32.3  30/12/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Libros registro de facturas y Libros registro SII (Suministro Inmediato de Información del IVA). Se realizan cambios para contemplar la introducción de facturas con el nuevo Recargo de Equivalencia del 0,625% aplicable a los pellets, briquetas, leña de calefacción, aceites de oliva y de semillas y pastas alimenticias que establece el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad (BOE 28/12/2022).
  • Modelo 303. Se corrige un problema detectado en la versión anterior del programa que ocurría al trasladar datos desde Libros registro de facturas o desde contabilidad cuando existían entregas con Inversión de Sujeto pasivo que hacía que se trasladase por error la Base imponible de esas operacioens a la página 1 del modelo 303.

Versión 22.0.30.16  22/12/2022

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
  • Modelo 390. Se activa la realización del resumen anual de IVA del ejercicio 2022 conforme al modelo publicado por la Orden HFP/1124/2022, de 18 de noviembre (BOE 22/11/2022)
  • Declaraciones informativas del ejercicio 2022. Modelos 180, 184, 190, 193, 233, 296, 346, 347, 720. En el Modelo 184 se añaden nuevas casillas en la ficha de Inmuebles de cada comunero/socio/partícipe para registrar el número de días que ha estado arrendado cada uno de sus inmuebles según establece la Orden HFP/1192/2022, de 1 de diciembre (BOE 03/12/2022. En el modelo 190 se añaden nuevas casillas en la clave “L”, subclave “29” relativas a la “Prestación económica de la Seguridad Social correspondiente al Ingreso Mínimo Vital” según lo establecido en la Orden HFP/1246/2022, de 14 de diciembre (BOE 19/12/2022). En el Modelo 720 no hay cambios en los datos a presentar aunque sí cambian las instrucciones del modelo relativas al campo “VALORACIÓN 1: SALDO O VALOR A 31 DE DICIEMBRE; SALDO O VALOR EN LA FECHA DE EXTINCIÓN; VALOR DE ADQUISICIÓN” para precisar que en el caso de: -Seguros de vida o invalidez se informará del valor de rescate o, cuando el tomador no pueda efectuar el derecho de rescate a 31 de diciembre, se informará del valor de la provisión matemática en dicha fecha. Y en el caso de -Rentas vitalicias o temporales derivadas de seguros de vida o invalidez sin valor de rescate, se informará igualmente de la provisión matemática a 31 de diciembre (cambio pendiente de la aprobación de la normativa que se encuentra actualmente en tramitación).
  • Certificados de Retención. Se activa la realización de los Certificados de retenciones correspondientes al ejercicio 2022 y el traslado de datos automático desde los modelos 180, 190 y 193.
  • Libros registro de facturas. Conceptos de Ingreso/Gasto. Se incluye nuevos mensajes al grabar facturas que se mostrarán cuando en la factura se utilicen algunos conceptos de ingreso/gasto que la Agencia Tributaria admitía en ejercicios anteriores pero que ya no contempla en las últimas especificaciones de los formatos de presentación de libros registro para ateneder requerimientos. En estos casos se mostrará un aviso tipo: “Concepto AEAT asociado (GX1) coyuntural no debe utilizarse”. En el caso de que aparezca ese mensaje, sería aconsejable que cambie el tipo de concepto de la AEAT por alguno de los restantes. Este cambio puede hacerse desde la propia factura pulsando el botón con tres puntos suspensivos que permite acceder a la tabla de Conceptos y entrando luego en el concepto a modificar. También puede hacerse desde el menú principal del programa, en la opción “Libros registro”, “Conceptos de ingreso y gasto”. Al cambiar el concepto de la AEAT en una factura, automáticamente ya quedará modificado en las restantes facturas del sujeto pasivo y actividad en la que esté trabajan. Pulse aquí para ver más información en el Manual del programa.
  • Libros registro de facturas. Grabar y Leer facturas de un fichero. Al hacer click con el botón secundario del ratón sobre la parte superior de la ventana de introducción de facturas se muestra una nueva opción similar a la de “Grabar/Leer buffer” que permite copiar-pegar facturas, pero que, en este caso permite grabar las facturas a un fichero (También se pueden usar las teclas: Ctrl-F6) o leer facturas archivadas en un fichero (Ctrl-F7). Este sistema permitiría tener archivadas “plantillas” de diferentes tipos de facturas que luego puedan cargarse a la hora de insertar nuevas facturas.
  • Precálculo del IS 2022. Se activa la realización del pre-cálculo del IS 2022 (menú “Declaraciones”, “Sociedades”, “Precálculo del impuesto”).
  • Presentación de declaraciones por “envío directo” (envío sin usar navegador web). La Agencia Tributaria está incluyendo en el sistema de presentación por “envío direccto” nuevos datos como respuesta a la presentación para informar al declarante de “Avisos” o “Advertencias” relativos a la declaración presentada. Se trata de avisos y advertencias que no impiden la presentación de la declaración. En el caso de los “Avisos”, la Agencia Tributaria ofrece indicaciones o recomendaciones para que el declarante revise ciertos datos de la declaración presentada o a sus datos censales, etc. En el caso de que aparezcan “Advertencias”, significa que la Agencia Tributaria ha detectado alguna incongruencia o dato incompleto o incorrecto que no impide la presentación de la declaración pero que podría derivar en un posterior requerimiento de información así que sería aconsejable revisar esas “Advertencias” por si procede hacer alguna subsanación mediante una declaración Complementaria. Si en la respuesta que devuelve la Agencia Tributaria una vez presentada la declaración se incluyen Avisos o Advertencias, el programa preguntará si se quieren guardar esos datos en el apartado “Adjuntos al modelo” para poder consultarlas posteriormente. Es recomendable dejarlos archivados para poder revisarlos posteriormente desde el menú “Modelo”, “Adjuntos al modelo”.
  • Presentación digital de Cuentas Anuales. Se corrige un problema que podía aparecer en la versión anterior del programa al ejecutar la opción de Generar la presentación que mostraba un error “; expected en la Línea: 3, Carac 37”.

Versión 22.0.28.5  27/10/2022

  • Modelo 232 del ejercicio 2021. En esta versión se activa la realización para 2021 del modelo 232 de “Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales”. La realización del modelo no incluye cambios con respecto al ejercicio anterior. El modelo 232 se presentará en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar. Por tanto, como regla general, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de la declaración queda fijado desde el 1 al 30 de noviembre.

Versión 22.0.26.4  08/08/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 303 Mensual. Cuando se importan datos desde los Libros registro de facturas y libros registro del SII (Suministro Inmediato de Informavión del IVA), a partir de esta versión, si se trasladan cuotas de IVA correspondiente a importaciones a las casillas [33] o [35] de la primera página del modelo 303, el programa muestra una pregunta al usuario para consultar si quiere trasladar esas cuotas de IVA también a la casilla [77] de la pág. 3 que corresponde al “IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso”. Este traslado solo se debería realizar en el caso de que esas cuotas de IVA de las casillas [33] y [35] correspondan a IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso. Recuerde que exclusivamente se puede cumplimentar la casilla [77] cuando se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 74.1 RIVA, Modalidad especial de declaración, liquidación y pago del IVA ante la Aduana.
  • Libros registro de IRPF e IVA para atender requerimientos de información de la Agencia Tributaria. En la opción “Formato electrónico AEAT Libro Registro” del menú de Libros registro de ventas/ingresos/fact.emitidas y gastos/compras/fact. recibidas, se añade a partir de esta versión la opción de sacar el libro diferenciado por trimestres o por meses. La opción que mostrará por defecto el programa será la “Anual” puesto que es el formato que propone la Agencia Tributaria para atender requerimientos. En el caso de seleccionar la diferenciación por periodos de devengo Trimestrales o Mensuales, en la hoja de cálculo las facturas y anotaciones se grabarán en diferentes “hojas” dentro del “libro” Excel. Se genera una “hoja” por cada trimestre/mes en el que haya registros. Esta diferenciación por trimestre o mes solo es posible si se utiliza el formato de datos tipo Excel (.xlsx). En el caso de generar el libro en formato CSV se debe utilizar siempre la opción “Anual”.

Versión 22.0.24.25  22/07/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 200 de 2021 de entidades pertenencientes a Grupos de empresas. Se revisa un problema que impedía la presentación de algunas declaraciones cuando había deducción por donativos. En este caso no es necesario introducir el desglose de la deducción en la pág. 18 bis y se puede introducir directamente el importe a deducir en la pág. 14.
  • Modelo 200 de 2021. Se añade un mensaje de aviso al calcular la declaración informando si se aplica la deducción por donativos a entidades sin fines de lucro y existen saldos pendientes de aplicación en las deducciones por doble imposición o en las del capítulo IV Título VI de la LIS puesto que la deducción por donativos no debería aplicarse en ese caso.
  • Modelo 200 de 2021. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones con deducciones por inversión en Canarias (Ley 20/1991) cuando se aplican los porcentajes incrementados de deducción.
  • Modelo 200 de 2021. En el apartado “Deducciones I+D+i exluidas de límite. Opción art. 39.2 LIS” de la página 19 se incluye una casilla para desmarcar la aplicación automática de estas deducciones que permite la introducción manual del importe aplicado en esta liquidación. Esta casilla ya iba en el modelo de ejercicios anteriores pero no estaba activa en el 2021.
  • Modelo 200 de 2021. Se corrige un problema detectado en la opción que permite copiar el modelo del ejercicio anterior (opción «Cálculo», «Copiar modelo ejercicio anterior») que permite copiar el balance del ejercicio anterior para el caso de entidades inactivas o en las que no varíe el balance con respecto al ejercicio anterior. Si en el modelo del ejercicio 2020 había datos en la casilla 0413 de la página 13, ese dato se trasladaba incorrectamente a la página 26 sexies, casilla 2301, en el ejercicio 2021 y no se podía borrar.
  • Cuentas anuales 2021. Declaración de Identificación del titular real. En la pantalla de entrada de datos de esta declaración se actualizan los títulos de las casillas “Nombre y Apellidos” del apartado I y II, cambiándolos por el título “Apellidos, Nombre” y se añade una validación en la opción de “Verificar” para chequear que se haya puesto una COMA separando los Apellidos del Nombre de los socios (apartado I) o de los administradores o responsables de la dirección (apartado II). La opción “Verificar” se realiza automáticamente al ejecutar la opción “Grabar y salir” o si se ejecuta la opción “Cálculo”, “Verificar”. Si no se introduce esta “coma” entre los Apellidos y el Nombre, el Registro Mercantil califica la presentación con defectos de “cumplimentación obligatoria” que impedirían el depósito. Si la declaración se copia de ejercicios anteriores deberá revisar los nombres y añadir la coma si no la tienen. Pulse aquí para ver más información.
  • Cuentas anuales 2021 modelo Normal. Se corrige un problema que aparecía en la opción “Cálculo”, “Transferir Balance y Cta. Pérdidas y Ganancias desde el Modelo 200” que devolvía un error “El recurso: …\CSRES\MCAN21200TRA.TXT no existe”.
  • Modelo 349 mensual. Se corrige un problema que aparecía al solicitar la Baja de una declaración con el botón de Baja que aparece al final de la carátula.

Versión 22.0.22.18  12/07/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 200 de 2021 de entidades pertenencientes a Grupos de empresas. Se revisan problemas de impresión que impedían la presentación de algunas declaraciones por salir los desgloses de la pág. 20bis (reserva de capitalización) y de la pág. 19 (deducción por reversión de medidas temporales) que en estos casos de grupos de empresas no tienen que imprimirse.
  • Cuentas anuales 2021. Modelo Normal. Se corrigen algunos textos de las pantallas de entrada de datos de las páginas B2.1, P1.2 y PN1 que no estaban actualizados.Esto no afecta a la Presentación digital de cuentas ni a la impresión en papel (PDF) que ya llevaba los textos actualizados conforme a la Orden JUS/616/2022, de 30 de junio (BOE 04/07/2021).
  • Cuentas anuales 2021. Declaración de Identificación del titular real. Se añade la opción de copiar al ejercicio actual la última declaración de Titularidad real de la empresa grabada en el programa en ejercicios anteriores. Hasta ahora este traslado (que se hace automáticamente al abrir por primera vez la declaración o ejecutando la opción “Cálculo”, “Recoger datos de modelos anteriores”) se realizaba solo desde la declaración del ejercicio inmediatamente anterior. Por ejemplo, al entrar en la declaración de Identificación de Titular real de 2021 se copiaban los datos de la declaración del ejercicio 2020 si existía. Ahora se cambia el funcionamiento para que esta copia se pueda realizar desde los ejercicios 2017, 2018, 2019, etc. copiando la última declaración registrada en el programa.

Versión 22.0.20.12  06/07/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 200 de 2021. Se revisa un problema que impedía la presentación del modelo 200 por “envío directo” (presentación directa desde el programa, sin usar navegador web) dando un error tipo “E00 – Error en la presentación. ContentType distinto de application.json…”.
  • Modelo 200 de 2021. Se corrige un problema en la casilla [974] de la pág. 18 bis correspondiente a la deducción por donativos que impedía presentar algunas declaraciones porque, al calcular, el programa modificaba la base de deducción introducida por el usuario en esta casilla.
  • Modelo 200 de 2021. Se corrige un problema que impedía grabar datos en la pág. 12, en la casilla 2183 de disminuciones por “Exención sobre la renta obtenida en la transmisión de valores de entidades residentes (art. 21,3 LIS)”.
  • Modelo 200 de 2021. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones con deducciones por Doble imposición porque no se realizaba correctamente el cálculo de la casilla [103] correspondiente al tipo de gravamen.
  • Modelo 200 de 2021. Deducciones por Doble imposición. Se corrige la aplicación del límite máximo de deducción en entidades con cifra de negocios inferior a 20 millones porque se aplicaba por error una limitación al 50% aunque se desactivase el ajuste automático de deducciones. Una vez instalada la actualización habría que ejecutar la operación de Cálculo para corregirlo.
  • Modelo 200 de 2021. Se corrige un problema que impedía presentar algunas declaraciones porque no se sumaban en el total de la pág. 16 bis los importes de las casillas [2337] y [220].
  • Modelo 200 de 2021. Se amplía de 22 a 25 el número máximo de entidades que contempla el apartado B.1 (participaciones de la declarante en otras eneitdades) de la pág. 2.
  • Modelo 200 de 2021. Se corrige un problema que hacía que se trasladasen incorrectamente los saldos a final del ejercicio 2020 de aumentos y disminuciones correspondientes a “Ajustes por pérdidas por deterioro de valores representativos de participación en el capital o fondos propios (DT 16ª.1 y 2 LIS)” y “Ajustes por pérdidas por deterioro de valores representativos de participación en el capital o fondos propios (DT 16ª.3 LIS)”.
  • Cuentas anuales 2021. Se realizan modificaciones en los modelos de Cuentas anuales, Memoria normalizada y Declaración de titular real para adaptarlos al nuevo formato de depósito de cuentas anuales que establece la Orden JUS/616/2022, de 30 de junio (BOE 04/07/2021) y que entró en vigor el 5 de julio de 2022 (la Orden JUS/615/2022 aprueba los modelos para el caso de cuentas anuales consolidadas). A partir de ahora es obligatoria la presentación de la declaración de Titularidad real en las empresas obligadas a su presentación (las sociedades que no cotizan en un mercado regulado) aunque no haya habido cambios con respecto a la declaración anterior. En el depósito de cuentas del ejercicio 2021 también será necesario presentar la “Hoja COVID-19”. Ver Nota informativa publicada por el Registro Mercantil relativa a estos cambios.

Versión 22.0.18.8  30/06/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 200 del ejercicio 2021. En esta versión se incluyen la presentación telemática y opciones de validación/impresión de borrador del modelo 200 de 2021. El plazo de presentación del modelo 200 conforme a la Orden HFP/379/2022, de 28 de abril (BOE 04/05/2022) comienza el 1 de julio y finaliza el 25 de julio de 2022 para las entidades que hayan cerrado el ejercicio el 31/12/2021. En el caso de declaraciones con resultado “A Ingresar” y pago por “Domiciliación” bancaria, el plazo de presentación sería hasta el día 20 de julio de 2022.
  • Libros registro de facturas y Registro SII. Se incluye en la validación de tipos de IVA el nuevo tipo al 5% aplicable en determinados casos de entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica según lo establecido en el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio (BOE 26/06/2022) y que puede aplicarse entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2022.

Versión 22.0.14.12  16/06/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 200 del ejercicio 2021. En esta versión se corrige un problema que hacía que al abrir por primera vez el modelo del ejercicio 2021 no se trasladase automáticamente la Base imponible negativa del ejercicio 2020 si existe. Si se quiere realizar nuevamente este traslado se puede ejecutar la opción del menú “Cálculo”, “Recoger datos de modelos anteriores” (teclas ALT-R) que se encarga de trasladar los saldos pendientes y datos de administradores, socios, etc. del ejercicio anterior. También se puede introducir manualmente en la pág. 15, casilla 194.
  • Modelo 200 de 2021. En esta versión se revisan algunos problemas detectados en la aplicación de límite de Bases imponibles negativas de ejercicios anteriores (pág. 15) y la aplicación de límites en el cálculo de la deducción por donativos a entidades sin fines de lucro (pág. 18 bis). También se corrige un problema detectado en el traslado de la disminución de la casilla [370] de la pág. 13 hasta los totales del final de la pág. 19 que no se sumaba en ese total. Por estos motivos será necesario recalcular las declaraciones una vez instalada esta nueva versión ejecutando la opción del menú “Cálculo”, “Calcular” o pulsando las teclas [ALT][C].
  • Modelo 200 del ejercicio 2021. Esta versión no incluye todavía las funciones de presentación telemática de la declaración que se publicarán en los próximos días en una nueva actualización.

Versión 22.0.14.12  16/06/2022

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
  • Modelo 200 del ejercicio 2021. Se incluye la realización y cálculo de la declaración de 2021 conforme al formato establecido en la Orden HFP/379/2022, de 28 de abril (BOE 04/05/2022). Esta versión no incluye todavía las funciones de presentación telemática de la declaración que se publicarán en los próximos días en una nueva actualización.
  • Memorias. Se introducen algunas modificaciones en las memorias Normal y Abreviada de tipo “documento” (.rtf) para contemplar los cambios que introducía el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero (BOE 30/01/2021) y la Resolución de 10 de febrero de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOE 13/02/2021).

Versión 22.0.12.2  13/04/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Solicitud de NRC. Se revisa la opción de solicitar NRC que utiliza el servicio de cargo en cuenta ofrecido por la Agencia Tributaria para el pago de autoliquidaciones de forma que se configure siempre como “Obligado tributario” al declarante. Hasta ahora se solicitaba el NIF y Nombre al ordenar el pago y si se introducían otros datos diferentes a los del declarante, luego la Agencia Tributaria daba error en la presentación de declaraciones indicando que el NIF del obligado tributario no coincidía con el del declarante.

Versión 22.0.10.2  01/04/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 420 de 2022. Se habilita la realización del modelo 420 de IGIC para el ejercicio 2022. La impresión y presentación telemática requiere descargar e instalar la última versión del paquete “Módulos de impresión – Ejercicio 2022”, versión 1.0.0.3, que incluye el módulo de impresión versión 8.3.0 facilitado por la Agencia Tributaria Canaria para el ejercicio 2022.
  • Certificado de Capitalización de Beneficios. En el traslado de importes desde el Modelo 200 de 2020 al apartado de cálculo de los certificados de capitalización se añade el traslado de la casilla [202] “Ajustes por cambios de valor” a la partida “Otros ajustes”.

Versión 22.0.8.7  09/03/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Cuentas anuales ejercicio 2021. Se activa la realización de las Cuentas anuales, Memorias y demás formularios incluidos en la Presentación digital de Cuentas del ejercicio 2021. De momento, se utiliza el mismo formato del ejercicio anterior a la espera de que el Ministerio de Justicia publique los formularios de Depóstio de Cuentas anuales de 2021 con los cambios introducidos por el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero (BOE 30/01/2021) y la Resolución de 10 de febrero de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOE 13/02/2021). El día que salgan publicados los cambios será necesario actualizarlos en el programa y, dependiendo de las modificaciones que haya que realizar, podría ocurrir que no sea posible mantener la información de 2021 introducida en esta versión por lo que es recomendable que espere a realizar la presentación de Cuentas anuales, siempre que sea posible, cuando hayan sido publicados los modelos de 2021 por parte del Ministerio de Justicia.
  • Modelo 202 de 2022. Se activa la realización de los pagos fraccionados de IS para 2022.
  • Modelo 036. Se corrige un problema que podía aparecer al hacer la presentación telmática de modelos del ejercicio 2022 indicando error en el “Indicador de Referencia catastral”.

Versión 22.0.6.9  10/02/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 349 de 2022. Se corrige un problema que se producía en la versión anterior del programa y que impedía presentar la declaración obteniéndose un error de tipo “Violación de acceso a la dirección…”.
  • Modelo 303 de 2022. Se corrige un problema que podía darse en la versión anterior del programa impidiendo la presentación de la declaración al generarse un error “E030170 – Caracteres no válidos % Atribuible a la Administración del Estado [65]”
  • Modelo 309. Se añade un aviso al verificar la declaración si se detecta que la cuota de IVA o Recargo de Equivalencia indicada no coincide exactamente con el resultado matemático de aplicar los tipos sobre la Base imponible ya que la Agencia Tributaria no admite en este modelo diferencias por redondeo
  • Modelo 425 (IGIC) de 2021. Se añade un nueva validación en la opción de verificar la declaración que muestra un aviso si detecta que hay una discrepancia entre los datos indicados en la página 1 y en la página 4 relativos a las casillas del Régimen especial del pequeño empresario o profesional (REPEP), es decir, se muestra un aviso si se introducen datos de este Régimen en la pág. 4 y no se ha marcado la casilla correspondiente de la pág. 1 y, al revés, si se marca en la página 1 que corresponde al Rég. especial del pequeño empresario o profesional y no se han grabado importes en las casillas correspondientes de la pág. 4. Este aviso se muestra al ejecutar la opción “Cálculo-Verificar” que se realiza automáticamente al grabar o presentar la declaración.

Versión 22.0.4.8  14/01/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Modelo 390. Se revisa el traslado de datos desde los modelos 303 a la hora de calcular el Total del Volumen de operaciones (casilla [108] en la página 6) cuando existen operaciones no sujetas por reglas de localización u operaciones con Inversión de sujeto pasivo del primer semestre del ejercicio en el que ambas operaciones se declaraban en una misma casilla del modelo 303 (casilla [61]) y que en el modelo 390 hay que separar en dos casillas diferentes [110] y [125]. En la versión anterior no se actualizaba correctamente el cálculo de la casilla total cuando se introducían manualmente los datos de estas casillas y se solicitaba el cálculo del modelo.
  • Se activa la realización para el ejercicio 2022 de los modelos 111, 115, 123, 117, 216, 308, 309, 341, 346, 349, 360 y otros modelos de representación, aplazamientos, etc. que realiza el programa.
  • Modelo 425 (IGIC) de 2021. Se añade un nuevo botón en la parte superior de la ventana del modelo 425 con el título “Borrador” que permite obtener un borrador de la declaración utilizando el módulo de impresión y validación que facilita la Agencia Tributaria Canaria. Este borrador permite comprobar que la declaración no tiene errores que impidan su presentación telemática o su impresión en papel y ver los datos que se van a presentar pero no es un formato válido para la presentar en papel.
  • Ficha de empresas. Datos representante legal. Se corrige un problema de la versión anterior que hacía que no se pudiese desplegar y seleccionar la “Provincia” de los datos del Representante legal.
  • Libros registro. Impresión en papel. Se modifica la impresión para quitar un “encasillado” o marco que bordeaba los datos cada factura que se había introducido por error en al versión anterior.

Versión 22.0.2.1  05/01/2022

  • Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
  • Esta versión revisa un problema que se producía en la versión anterior del programa, publicaba ayer, y que se daba al presentar declaraciones mediante “envío directo” (sin usar navegador web) fallando la presentación con un mensaje de error en el “parámetro FIRNIF”.

Versión 22.0.0.17  04/01/2022

  • Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
  • Modelos censales 036 y 037. Se activa la realización de estos modelos para el ejercicio 2022.
  • Modelo 390. Se corrige un problema que impedía la presentación por “envío directo” (sin usar navegador web) devolviendo un error en el parámetro FIRNIF.
  • Modelo 390. En el traslado de datos desde los modelos 303 se añade la copia de la cuota pendiente de compensación al término del ejercicio traslandando el importe de la casilla [87] del modelo 303 del último periodo del ejercicio a la casilla [662] del modelo 390 (pág. 6).
  • Modelo 303 del 4T de 2021. Se corrige un problema de impresión que impedía la presentación cuando se marcaba en la primera página la casilla de sujeto pasivo exonerado de presentar el modelo 390 y se marcaba la opción de que no se presenta el volumen de operaciones.
  • Libros registro de facturas del ejercicio 2022. En esta versión se habilita la introducción de facturas en los libros registro del ejercicio 2022.
  • Libros registro de facturas. Se incluyen algunos campos nuevos en la pantalla de entrada de facturas para poder cumplimentar el nuevo formato de presentación de Libros registro que ha definido la Agencia Tributaria para atender requerimientos y para suministrar los libros al servicio “Pre303” de ayuda a la cumplimentación del modelo 303. También se amplían de cuatro a seis las línes de factura para desglosar los diferentes tipos de IVA o Recargo de Equivalencia. En el caso del Libro registro de facturas Emitidas se añaden los siguientes campos: “Clave Régimen”, “Calificación de la operación”, “Operación exenta” y “Registro del acuerdo de facturación”. Pulse aquí para ver más información. En el caso del Libro registro de facturas Recibidas se añaden los campos: “Clave Régimen”, “Registro del acuerdo de facturación” y “Deducible en un periodo posterior”. Pulse aquí para ver más información.
  • Libros registro de facturas. Histórico de cambios. Se añade una nueva opción llamada “Histórico” permite ver todos los cambios que se han realizado en cada factura desde que se regristró en el programa hasta la actualidad. Se muestran los datos de la factura inicial y las modificaciones que se le han podido hacer a lo largo del tiempo y la fecha y el usuario que realizó cada modificación. Este registro “histórico” no se puede borrar y permanece aunque se elimine la factura. El principal objetivo de esta opción “Histórico” es tratar de cumplir con los requisitos establecidos por los artículos 29.2 j) y 201 bis de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOE 10/07/2021). Pulse aquí para ver más información de esta nueva opción. El desarrollo reglamentario que debe regular la aplicación de estos artículos de la Ley 11/2021 relativos a la realización y uso de programas informáticos de gestión está todavía en periodo de consulta pública previa (pulse aquí para ver más datos).