Cumplimentación del modelo 225

 

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(El modelo 225 ya no está vigente para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 01/01/2008)

 

La cumplimentación del Modelo 225 en el programa trata de mantener el máximo parecido posible con el modelo impreso de esta declaración con el fin de hacer más facil la introducción de datos. En pantalla se trabaja sobre las mismas "páginas" o pantallas que tiene el modelo.

 

En la parte superior de la ventana del modelo existen dos solapas o carpetas para cambiar de una página a otra. También es posible cambiar de página utilizando las teclas y .

 

Los datos del modelo correspondientes al balance y la cuenta de pérdidas y ganancias, además de introducirse manualmente, también se puden importar desde el Balance que el programa permite registrar para cada sociedad y ejercicio en el apartado "Declaraciones", "Enlace contable/Balances".

 

El funcionamiento del programa en la edición del modelo 225 es ligeramente diferente a las otras declaraciones del Impuesto de Sociedades como el modelo 201 ó el 200 puesto que en algunos apartados de este modelo los datos se introducen desde pantallas adicionales o ventanas de ayuda al cálculo. Esas pantallas son generalmente bases de datos auxiliares que permiten introducir tantos rendimientos o elementos como se precisen y en las que se solicitan los datos de una forma detallada. Haciendo doble click con el ratón o pulsando la tecla sobre estas casillas amarillas se accede a la correspondiente ventana de ayuda al cálculo. Estas casillas aparecen siempre en color amarillo.

 

Se introducirá normalmente una ficha de datos por cada rendimiento o elemento patrimonial y una vez finalizada la introducción de datos y al retornar a la declaración, el programa trasladará la suma total de estos datos a los apartados correspondientes de la declaración.

 

En la parte superior de estas ventanas de ayuda al cálculo existen varios botones o iconos que permiten realizar las operaciones habituales de introducción, modificación y borrado de fichas de rendimientos. Al aproximar el puntero del ratón sobre cada botón se mostrará una breve indicación de la operación que realiza dicho icono.

 

El funcionamiento de estas ventanas de ayuda al cálculo se detalla en el apartado "Bases de datos" de esta documentación porque es el mismo funcionamiento que utilizan todas las bases de datos o ficheros del programa.

 

Por ejemplo, para añadir una nueva ficha de rendimientos se puede pulsar el botón o pulsar la tecla . Si lo que se desea es ver o modificar los datos de una ficha ya existente se puede pulsar el botón o utilizar la tecla después de haber seleccionado con el cursor la ficha que se desea modificar. La tecla o el botón permite eliminar la ficha de datos que esté seleccionada o resaltada en color inverso en ese momento.

 

 

En los siguientes párrafos se detallan los principales apartados de la declaración que incorporan estas ventanas desplegables para detallar la información.

 

 

Retribuciones consideradas como rendimientos del trabajo (página 5)

 

Haciendo doble click con el ratón o pulsando la tecla sobre la casilla de este apartado (casilla 361) se mostrará una ventana en la que se pueden insertar el registro de dichos ingresos. Al introducir una ficha de datos en esta ventana se puede indicar el importe de los ingresos habrá que indicar las retenciones y pagos a cuenta que puedan existir. Desde este apartado se trasladarán a la casillas correspondientes de la declaración.

 

 

Rendimientos de capital inmobiliario (página 5)

 

En este apartado se indicarán los ingresos que la entidad obtiene por los distintos conceptos de rendimiento de capital inmobiliario.

 

Después de indicar la titularidad de la sociedad sobre los rendimientos, se seleccionará la naturaleza del bien y se indicarán los datos correspondientes en esta página de datos generales. La ficha de datos de cada rendimiento tiene varias páginas o varias solapas que permiten clasificar la información solicitada según el tipo de rendimiento de que se trate. Para cambiar o visualizar cualquiera de estas solapas se puede hacer click con el ratón sobre dichas solapas o bien pulsando la teclas o .

 

Rentas inmobiliarias imputadas: deberá seleccionar la opción "Imputación de inmuebles" en la casilla "Naturaleza del bien" y cumplimentar los datos necesarios que se piden en la carpeta de datos generales. La renta imputada por este tipo de rendimientos en la declaración aparecerá en su apartado correspondiente (Pág. 6).

 

Bienes inmuebles arrendados: esta opción se puede seleccionar en la casilla "Naturaleza del bien" y cumplimentar luego los datos correspondientes en la primera solapa de datos generales. A continuación debería abrir la pestaña "Inmuebles arrendados" donde se podrán indicar los ingresos y gastos deducibles a que tiene derecho la sociedad. Los datos que se indiquen en esta página serán los que se trasladen a la declaración. El gasto deducible por amortización efectiva se calcula automáticamente sobre los datos de valor catastral o de adquisición indicados en la solapa de datos generales. El programa indica el importe calculado en una casilla de color amarillo pero también es posible indicar un importe diferente en la casilla de color blanco que se muestra a su izquierda. Si no se introduce ningún importe en la casilla de la izquierda el programa aplicará la amortización calculada por el programa.

 

Participación o traspaso del arrendatario: debe seleccionarse esta opción en la casilla "Naturaleza del bien" e introducir los datos correspondientes en la solapa de datos generales e inmuebles arrendados de la misma forma que en el apartado de arrendamiento de bienes inmuebles.

 

Derechos reales de uso o disfrute: esta opción se puede seleccionar también en la casilla "Naturaleza del bien" y cumplimentar luego los apartados correspondientes en la ficha de datos generales. El cálculo que realiza el programa en este apartado es el de imputación de la renta inmobiliaria del bien que le corresponde a la sociedad como usufructuaria del inmueble. Para ello se seguirán los mismos pasos que en el apartado de imputación de rentas inmobiliarias, indicar el valor catastral del inmueble y si está o no revisado con posterioridad a 1994. El valor calculado se reflejará en su apartado correspondiente (Pág. 6).

 

Los datos reflejados en el apartado de "Vivienda habitual", "Compensación vivienda habitual" y "Deducción vivienda habitual", no están activos y no se trasladarán a la declaración ya que no corresponde a este tipo de entidades. Se incluyen en el programa para mantener compatibilidad con la aplicación Iranon de Impuesto sobre la Renta.

 

 

Rendimientos de capital mobiliario (página 5)

 

El funcionamiento de este apartado es similar al explicado en apartados anteriores al hablar de otros rendimientos. Se pueden introducir todas las fichas que se precisen para reflejar cada rendimiento y luego el programa trasladará a la declaración la suma de todos ellos.

 

En la primera solapa de la ficha de rendimientos de capital mobiliario se debe indicar entre otros datos el tipo de rendimiento que se está introduciendo y en base al tipo de rendimiento indicado se deberán cumplimentar las otras solapas de esta ficha.

 

Al aceptar o grabar la ficha de datos y retornar al modelo, el programa obtendrá la suma de los diferentes rendimientos introducidos y llevará los importes resultantes a las casillas del impreso. Los importes de retenciones e ingresos a cuenta indicados se llevarán su apartado.

 

El valor a efectos de IPPF (Impuesto de Patrimonio) no será necesario indicarlo puesto que esta opción no corresponde al tipo de entidades que realizan el modelo 225, se incluye únicamente para mantener compatiblidad con otras aplicaciones Iranon.

 

Para el caso de "rendimientos derivados de la transmisión, amortización o reembolso de valores de deuda pública adquiridos antes de 01/01/1996", si el saldo es negativo, se indicará introduciendo su importe en negativo (con el signo menos delante del valor).

 

 

Rendimientos de actividades económicas (página 5)

 

Los datos de este apartado se introducen directamente sobre la declaración, no existe como en otros apartados una ventana de ayuda al cálculo. En las casillas blancas, donde se permite introducir datos manualmente, debe indicar los resultados para el total de actividades económicas que desempeña la entidad.

 

Las casillas amarillas de este apartado no es necesario cumplimentarlas puesto que el programa las obtiene automáticamente en el momento que se realice el cálculo de la declaración.

 

 

Imputación de rentas (página 6)

 

En este apartado se trasladarán los datos introducidos indicando "Imputación de inmuebles" o "Derechos reales" en la solapa de datos generales. Igual que en otros rendimientos, haciendo doble click con el ratón o pulsando la tecla sobre las casillas de este apartado se abrirá una base de datos en la que se pueden detallar todos los rendimientos. La ventana será la misma que la explicada en anteriores párrafos al hablar de rendimientos de capital inmobiliario.

 

En la parte superior derecha de este apartado (en el modelo) se muestra en una casilla de color verde en la que se indica el número de registros que están asociados a dicho apartado puesto que en el modelo de declaración sólo se visualizan los primeros elementos. En caso de existir más registros de los que podemos visualizar, este cifra lo indicará. Sin embargo en la declaración, sólo se imprimirán los que se visualizan en pantalla aunque el total corresponda a más inmuebles ya que el módulo de impresión en formato PDF no permite imprimir hojas adicionales.

 

La imputación de rentas de entidades en régimen de transparencia fiscal, UTES, agrupaciones de interés económico, etc. deben indicarse en las casillas blancas donde pueden introducirse datos manualmente. La suma total de estos rendimientos las obtenemos haciendo uso de la opción "calcular" que ofrece el programa.

 

 

Ganancias y pérdidas patrimoniales (página 6)

 

En esta apartado se indicarán los valores de la ganancia o pérdida manualmente, teniendo en cuenta el período de generación de las mismas. En el apartado de "integración y compensación de las ganancias y pérdidas imputables al ejercicio" que figura en la página 7 el programa se encargará de realizar la compensación y calcular la ganancia o pérdida correspondiente al ejercicio al realizar el cálculo de la declaración.

 

 

Rentas atribuidas a la sociedad patrimonial por entidades sometidas al régimen de atribución de rentas (página 7)

 

Haciendo doble click con el ratón o pulsando la tecla sobre alguna de las casillas de color amarillo se mostrará una ventana o base de datos en la que podrán insertar los importes de las rentas atribuidas.

 

En la ventana de ayuda al cálculo se indicarán los datos que se piden sobre las rentas que pertenecen a la sociedad patrimonial en función de su participación en otra entidad. En este caso, cada uno de los registros que indiquemos se llevará a una columna distinta de la declaración, no como en otros apartados donde el total de registros se acumulan en un único resultado.

 

 

Integración y compensación de las ganancias y pérdidas patrimoniales imputables al período impositivo (página 7)

 

En este apartado no es posible introducir datos manualmente puesto que el programa se encarga automáticamente de compensar los datos que se hayan indicado en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales cuando se ejecuta la operación de cálculo del modelo. En el caso de que se necesite hacer alguna corrección, deberá hacerse en el apartado de ganancias y pérdidas y luego realizar nuevamente el cálculo del modelo.

 

 

Parte general y especial de la base imponible (página 8)

 

Según los datos que se hayan introducido en el todos los apartados de la declaración, el programa realizará el cálculo de la parte especial y general de la base imponible e función de los componentes de cada uno de ellos.

 

En este mismo apartado se realiza la compensación de bases imponibles negativas de períodos anteriores. El detalle de estas bases en función del año en que se han generado se debe realizar en el apartado "Detalle de la compensación de bases imponibles negativas" de la página 10. Aquí se indicará el año y las cantidades pendientes de compensar de cada uno de ello. La parte de la base imponible general y especial que se compensará en este período debe indicarse manualmente en las casillas 655 y 656.

 

Lo mismo ocurrirá con el detalle de las bases imponibles de bases imponibles de períodos anteriores en transparencia fiscal, las cantidades a compensar con la parte general y especial de la base imponible en este período se indicarán en las casillas correspondientes 696 y 697.

 

En los dos apartados que acabamos de indicar, tanto en bases negativas anteriores y de transparencia fiscal, la suma total de las cantidades a compensar aplicadas en esta declaración debe coincidir con la suma de las casillas en las que se ha realizado el desglose.

 

Las cantidades que se llevarán a la compensación de bases imponibles negativas de períodos anteriores en la página 8 serán: a la parte general la suma de las cantidades que se hayan introducido en las casillas 655+696 y a la parte especial la suma de las cantidades 656+697.

 

 

Determinación de la cuota íntegra (página 8)

 

En este apartado, a los importes de la parte especial y general de la base imponible se les aplica el tipo de gravamen correspondiente obteniendo así la cuota íntegra total del impuesto. Haciendo uso de la opción de cálculo de la declaración se obtendrá el resultado.

 

 

Deducciones art. 55 LIRPF (página 8)

 

Deducción por donativos, haciendo doble click o pulsando la tecla sobre la casilla 385 se accede a la base de datos o ventana de ayuda al cálculo en la que se pueden insertar los importes de las bases de la deducción que se puede aplicar la entidad, sobre la que se aplicarán los porcentajes de deducción. El programa calculará los límites de deducción sobre la cuota que sean necesarios.

 

Deducción por protección Patrimonio Histórico Español y Mundial, haciendo doble click o pulsando la tecla sobre la casilla 386 aparecerá la ventana en la que insertaremos el dato de la base de deducción que se aplicará la entidad.

 

Con respecto a estas dos deducciones, el orden que el emplea el programa para su aplicación será reducirlas llendo desde la de mayor porcentaje de deducción a la de menor porcentaje.

 

Deducción por actividades económicas, en las páginas 10 y 11 tenemos el detalle de las cantidades que la entidad tiene derecho a deducirse, las aplicadas en esta deducción y las pendientes de deducir en próximos años. Estas cantidades se introducen manualmente. Al ejecutar la operación de cálculo del modelo el programa se encargará de ajustarlas a los límites de deducción con respecto a la cuota. El total de la suma de ellas recogido en la casilla 387 será el valor que se traslade a este lugar de la declaración.

 

Deducción por rendimientos obtenidos en Ceuta y Melilla, en este caso se indicará el importe de la deducción manualmente en la casilla de color blanco. Si el importe de la cuota es suficiente para aplicar la totalidad de la deducción, el importe que ha indicado se trasladará a la casilla 388. Si la cuota no es suficiente para aplicar esta deducción sólo se trasladará el importe que el límite permita.

 

 

Deducciones por doble imposición (página 8)

 

El detalle de las deducciones pendientes de años anteriores, las generadas en este año y las cantidades aplicadas en este período se realizará en el último apartado de la página 11. Según las cantidades que aquí se indiquen manualmente, el programa se encarga de aplicar los ajustes y límites necesarios. Las cantidades que se trasladarán al lugar donde se aplican las deducciones serán las cantidades que indiquemos en este apartado.

 

 

Retenciones e ingresos a cuenta (página 9)

 

Las cantidades que se trasladan a este apartado son las que se han podido introducir en las fichas de cada uno de los rendimientos. En todo caso, las cantidades también pueden introducirse manualmente en este apartado.

Después de tener todos los datos haciendo uso de la opción "calcular" obtenemos la cuota del ejercicio a ingresar o a devolver.

 

 

Líquido a ingresar o a devolver (página 9)

 

El dato correspondiente a la cuota diferencial se trasladará del apartado anterior. Los pagos fraccionados si han sido realizados con los modelos 202 en el programa, se pueden recoger sus importes mediante la oopción del menú "Cálculo" "Recoger datos de modelos anteriores" o pulsando las teclas . Las restantes casillas que aparecen en blanco y sea necesario rellenar, se cumplimentarán manualmente. Mediante la opción de cálculo del programa se obtendrá finalmente la cuota diferencial.

 

 

Comunicación del importe neto de la cifra de negocios (página 9)

 

Estos datos se deben cumplimentar de forma manual.

 

 

 

Ver también:

Ver más información relativa a la edición de declaraciones
Principales cambios en el Impuesto de Sociedades de 2007