IMPUESTO DE SOCIEDADES 2021. Histórico de actualizaciones. Versión 21.X
IRIS – IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES e IVA/IGIC
Versión 21.0.30.8 14/01/2022
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 390. Se revisa el traslado de datos desde los modelos 303 a la hora de calcular el Total del Volumen de operaciones (casilla [108] en la página 6) cuando existen operaciones no sujetas por reglas de localización u operaciones con Inversión de sujeto pasivo del primer semestre del ejercicio en el que ambas operaciones se declaraban en una misma casilla del modelo 303 (casilla [61]) y que en el modelo 390 hay que separar en dos casillas diferentes [110] y [125]. En la versión anterior no se actualizaba correctamente el cálculo de la casilla total cuando se introducían manualmente los datos de estas casillas y se solicitaba el cálculo del modelo.
- Se activa la realización para el ejercicio 2022 de los modelos 111, 115, 123, 117, 211, 216, 308, 309, 341, 346, 349, 360 y otros modelos de representación, aplazamientos, etc. que realiza el programa.
- Modelo 425 (IGIC) de 2021. Se añade un nuevo botón en la parte superior de la ventana del modelo 425 con el título “Borrador” que permite obtener un borrador de la declaración utilizando el módulo de impresión y validación que facilita la Agencia Tributaria Canaria. Este borrador permite comprobar que la declaración no tiene errores que impidan su presentación telemática o su impresión en papel y ver los datos que se van a presentar pero no es un formato válido para la presentar en papel.
- Ficha de empresas. Datos representante legal. Se corrige un problema de la versión anterior que hacía que no se pudiese desplegar y seleccionar la “Provincia” de los datos del Representante legal.
- Libros registro. Impresión en papel. Se modifica la impresión para quitar un “encasillado” o marco que bordeaba los datos cada factura que se había introducido por error en al versión anterior.
Versión 21.0.28.1 05/01/2022
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Esta versión revisa un problema que se producía en la versión anterior del programa, publicaba ayer, y que se daba al presentar declaraciones mediante “envío directo” (sin usar navegador web) fallando la presentación con un mensaje de error en el “parámetro FIRNIF”.
Versión 21.0.26.16 04/01/2022
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Modelo 390. Se corrige un problema que impedía la presentación por “envío directo” (sin usar navegador web) devolviendo un error en el parámetro FIRNIF.
- Modelo 390. En el traslado de datos desde los modelos 303 se añade la copia de la cuota pendiente de compensación al término del ejercicio traslandando el importe de la casilla [87] del modelo 303 del último periodo del ejercicio a la casilla [662] del modelo 390 (pág. 6).
- Modelo 303 del 4T de 2021. Se corrige un problema de impresión que impedía la presentación cuando se marcaba en la primera página la casilla de sujeto pasivo exonerado de presentar el modelo 390 y se marcaba la opción de que no se presenta el volumen de operaciones.
- Libros registro de facturas. Se incluyen algunos campos nuevos en la pantalla de entrada de facturas para poder cumplimentar el nuevo formato de presentación de Libros registro que ha definido la Agencia Tributaria para atender requerimientos y para suministrar los libros al servicio “Pre303” de ayuda a la cumplimentación del modelo 303. También se amplían de cuatro a seis las línes de factura para desglosar los diferentes tipos de IVA o Recargo de Equivalencia. En el caso del Libro registro de facturas Emitidas se añaden los siguientes campos: “Clave Régimen”, “Calificación de la operación”, “Operación exenta” y “Registro del acuerdo de facturación”. Pulse aquí para ver más información. En el caso del Libro registro de facturas Recibidas se añaden los campos: “Clave Régimen”, “Registro del acuerdo de facturación” y “Deducible en un periodo posterior”. Pulse aquí para ver más información.
- Libros registro de facturas. Histórico de cambios. Se añade una nueva opción llamada “Histórico” permite ver todos los cambios que se han realizado en cada factura desde que se regristró en el programa hasta la actualidad. Se muestran los datos de la factura inicial y las modificaciones que se le han podido hacer a lo largo del tiempo y la fecha y el usuario que realizó cada modificación. Este registro “histórico” no se puede borrar y permanece aunque se elimine la factura. El principal objetivo de esta opción “Histórico” es tratar de cumplir con los requisitos establecidos por los artículos 29.2 j) y 201 bis de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOE 10/07/2021). Pulse aquí para ver más información de esta nueva opción. El desarrollo reglamentario que debe regular la aplicación de estos artículos de la Ley 11/2021 relativos a la realización y uso de programas informáticos de gestión está todavía en periodo de consulta pública previa (pulse aquí para ver más datos).
Versión 21.0.24.18 24/12/2021
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 840 de 2022. Se activa la realización del modelo 840 para el ejercicio 2022.
- Certificados de Retenciones. Se activa la realización de los Certificados de retenciones correspondientes al ejercicio 2021 y su traslado de datos automático desde los modelos 180, 190 y 193.
- Modelo 202. Se corrige un problema detectado en la versión anterior que ocurría al generar los modelos 202 desde la opción de “Generación automática” que hacía que no se grabasen en los modelos generados los cuatro primeros dígitos del IBAN con lo que luego no se podía realizar la presentación hasta seleccionar correctamente el IBAN. Al intentar presentar se obtenía un error: “CHRNV – Caracteres no válidos Registro Nº 1 Número línea 1”.
- IrASESOR. Se añaden en las declaraciones Informativas de 2021 y en otros modelos el botón para enviar al cliente a través de la APP IrASESOR las declaraciones una vez presentadas. Pulse aquí si desea ver más información del envío de declaraciones a través de IrASESOR.
Versión 21.0.22.16 24/11/2021
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Se incorpora en todas las autoliquidaciones trimestrales y mensuales la nueva opción para solicitar el pago telemático de impuestos y obtener el correspondiente NRC (Número de Referencia Completo) que justifica el pago haciendo uso del nuevo servicio que ofrece la Agencia Tributaria. En la versión anterior esta opción se había incorporado solo en algunos modelos como el 111, 303 y 131 y ahora se extiende a los modelos trimestrales y mensuales que faltaban. Recuerde que esta opción requiere que el titular del Certificado digital utilizado para solicitar el NRC sea también titular de la Cuenta bancaria en la que se realizará el cargo. Pulse aquí para ver más información sobre este nuevo servicio de solicitud de pago mediante cargo en cuenta (NRC).
- Modelo 232 (operaciones vinculadas y en paraísos fiscales). Se incrementa de 50 a 100 el número máximo de operaciones que permite registrar el programa en esta declaración.
- Libros registro de facturas para atender Requerimientos de la AEAT. Se corrige un problema detectado en la generación de las hojas de cálculo que hacía que no saliesen correctamente las facturas en los casos en los que se introducía el mismo tipo de IVA/IGIC en diferentes líneas de la factura.
- Importación de facturas desde hojas de cálculo. Se modifica la opción que realiza esta importación para contemplar la importación de facturas que vengan desglosadas en varias filas de la hoja de cálculo para desglosar los diferentes tipos de IVA/IGIC o diferentes cobros/pagos.
- Modelo 390 de 2021. Se incluyen las opciones de “impresión” o presentación telemática adaptadas al nuevo diseño de registro publicado por la Agencia Tributaria para 2021.
- IrASESOR. Se activan las opciones en el menú de “Ficheros” y en la ficha de las empresas para gestionar la aplicación para dispositivos móviles IrAsesor. Pulse aquí si desea ver más información de esta aplicación.
Versión 21.0.20.9 07/10/20201
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Modelo 232 del ejercicio 2020. En esta versión se activa la realización para 2020 del modelo 232 de “Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales”. La realización del modelo no incluye cambios con respecto al ejercicio anterior.
- La AEAT ofrece actualmente un nuevo servicio para solicitar el pago telemático de impuestos y obtener el correspondiente NRC (Número de Referencia Completo) que justifica el pago. Hasta ahora el NRC solo se podía obtener a través de las entidades bancarias colaboradoras de la AEAT o a través de la página web de la AEAT en los casos en los que se realizase la presentación mediante navegador web. En los programas Iranon se está dando soporte a esta nueva opción para realizar el pago y en esta versión se añade esta función en los modelos 111 y 202. En próximas actualizaciones se incluirá esta nueva opción en los demás modelos de autoliquidación. En la parte inferior de la pantalla de estos modelos se han añadido botones para solicitar el NRC, para consultar un NRC solicitado anteriormente y para ver un registro o “log” de todas las operaciones realizadas. Esta opción requiere que el titular del Certificado digital utilizado para solicitar el NRC sea también titular de la Cuenta bancaria en la que se realizará el cargo. Al igual que ocurre en las páginas web de presentación de declaraciones de la AEAT, no es posible pedir el NRC de terceras personas con el certificado digital del asesor salvo que el pago se realice en una cuenta bancaria del asesor y tampoco es posible solicitarlo con el sistema Cl@ave u otros sistemas de identificación distintos a un certificado digital. Una vez solicitado el NRC, si la AEAT admite la solicitud de pago, devuelve el código NRC que el programa puede cargar automáticamente en la declaración para proceder posteriormente con la presentación de la declaración. Esta opción solo está prevista para hacer el pago completo del resultado de la autoliquidación, es decir, no se podría usar esta nueva opción para hacer ingresos parciales y solicitar el aplazamiento o el reconocimiento de deuda del resto del importe. Al final de la página de la declaración, en el bloque donde se realiza la solicitud de NRC o la presentación de declaraciones hay una casilla para introducir el NRC. Por defecto esta casilla está bloqueada y en ella solo escribirá el programa cuando se solicite el NRC pero, si el NRC se ha solicitado por otras vías, por ejemplo, a través de una entidad bancaria, hay un botón que permite desbloquear la casilla “Código NRC” para poder escribir manualmente ese código antes de hacer la presentación por “envío directo”. Al igual que ocurre en la opción de solicitar el NRC desde las páginas web de la AEAT al presentar una declaración, hay que tener en cuenta que este servicio de pago es inmediato, es decir, que desde que el usuario pulsa el botón para solicitar el NRC, el programa transmite la solicitud a la AEAT que, a su vez, contacta telemáticamente con la entidad bancaria para intentar realizar el cobro y, si se realiza el cargo correctamente, en cuestión de segundos, la AEAT devolverá el NRC y la operación ya no se puede anular o revertir porque en ese momento la AEAT ha ha realizado el cobro en la cuenta bancaria del ordenante. Pulse aquí para ver más información sobre este nuevo servicio de solicitud de pago mediante cargo en cuenta (NRC).
- Libros registro de facturas emitidas. En la ventana de introducción de facturas se incorporan nuevas opciones en la casilla “Tipo de operación (IVA)” para controlar los nuevos desgloses de tipos de operaciones no sujetas por reglas de localización, operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo y operaciones acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única (OSS). En el modelo 303 se trata del desglose que hay que realizar desde julio en las casillas [120], [122], [123] y [124] de la página 3. En el modelo 390 de 2021 este desglose viene en las casillas [110], [125], [126] y [127] de la pág. 6. Se añaden los tipos: “10 – Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las correspondientes a OSS)”, “11 – Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo”, “12 – Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de Ventanilla única (OSS)“ y “13 – Operaciones sujetas y acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única (OSS)”. Estos nuevos tipos de operación solo se tienen en cuenta al realizar modelos 303 del 3T o mensuales de julio 2021 en adelante. El tipo de operación “7 – Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo” existente hasta ahora y que trasladaba los datos a la casilla [61] del modelo 303, queda reservado exclusivamente para su uso hasta el 2T de 2021 o el mensual de junio de 2021 puesto que la casilla [61] ya no se puede cumplimentar en periodos posteriores.
- Modelo 390 de 2021. Se actualiza esta declaración en el programa para adaptarla a los cambios introducidos por la Orden HAC/646/2021, de 22 de junio (BOE 24/06/2021) que aprueba el modelo 390 para el ejercicio 2021.
- Informe de Empresas-Obligaciones. Modelo 349. Se revisan dos informes que van en el “Asistente de informes” cuando el “Tipo de informe” es “Listado Empresas-Obligaciones”, que se llaman “Listado de sujetos pasivos con obligación de realizar declaraciones Mensuales” y el mismo correspondiente a obligaciones Trimestrales, para corregir un problema que hacía que no saliesen marcados los 349 mensuales y trimestrales aunque el sujeto pasivo tuviese señalada en su ficha de datos la obligación de realizar esos modelos.
Versión 21.0.18.27 28/07/20201
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Presentación de Cuentas anuales. Se revisa un problema que podía aparecer en la última versión publicada cuando se ejecutaba la opción de “Generar presentación” y se utilizaba la Memoria Normalizada. En esos casos podía aparecer un mensaje: “Error en la impresión de cuadros de memoria normalizada” y no se generaba el archivo ZIP de presentación.
- Presentación de Cuentas anuales. Hoja COVID 19. Se corrige un error en el título del primer apartado de esta declaración correspondiente a medidas laborales que, por error, ponía el texto: “Alquileres (artículos 1 a 15 del Real Decreto Ley 11/2020)” en lugar del título correcto: “Medidas laborales aplicadas a la empresa”. Este problema no afecta a la presentación digital ni a la presentación en papel puesto que al presentar solo se incluyen los datos pero no el dibujo o formulario de la declaración.
Versión 21.0.18.25 28/07/20201
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Presentación de Cuentas anuales. El BOE del 26 de julio de 2021 publicaba la Orden JUS/794/2021, de 22 de julio, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las Cuentas anuales incluyendo diversos cambios. También se publicaba la Orden JUS/793/2021, de 22 de julio, por la que se aprueban los modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas.Estas órdenes entraban en vigor el 27 de julio de 2021 introduciendo una nueva declaración “Hoja COVID 19” de cumplimentación obligatoria y otros cambios en la Instancia de presentación relativos al Informe de auditoría y a Anuncios de convocatoria.
- Presentación de Cuentas anuales. La nueva Hoja COVID 19 tiene carácter excepcional y transitorio en el modelo de presentación de las cuentas del ejercicio 2020 y en ella se solicitan datos relativos a la repercusión en las empresas del Estado de alarma por la pandemia COVID. En esta declaración se solicitan diversos datos relativos a aspectos laborales (ERTE, Permiso Retribuido Recuperable y bajas laborales por el Coronavirus), datos relativos a alquileres, datos de Avales ICO y de Ayudas públicas, etc. IMPORTANTE: en esta “Hoja COVID 19” es necesario rellenar todas las casillas tipo “Sí/No” y las casillas en las que hay una respuesta tipificada o cerrada e incluida en las opciones de selección de la casilla. Por ejemplo, en casillas como la que solicita el motivo del ERTE o las repercusiones que ha determinado o en el apartado de Alquileres, la casilla en la que se pregunta si ha concedido rebajas en la renta a arrendatarios, etc. En el apartado relativo al ERTE, si se indica que “No” se ha realizado la solicitud de ERTE durante el ejercicio, no se rellenarán las dos casillas que vienen a continuación relativas a los ERTE: “Ha sido motivado” y “Ha determinado”. Si no se cumplimentan estas casillas obligatorias, el Registro Mercantil, rechazará la presentación porque estos defectos los considera como errores de cumplimentación obligatoria. Si tiene instalado el programa D2 del Colegio de Registradores, recuerde que ese programa tiene una opción de “Importar y validar” el archivo ZIP que permite detectar si hay algún error formal en la presentación antes de realizar su envío.
- Presentación de Cuentas anuales. También hay varios cambios en la Instancia de Presentación de cuentas para solicitar nuevos datos relativos al “Informe de Auditoría” entre los que se incluyen los códigos ROAC de dos auditores, la fecha de emisión del Informe de Auditoría y si la auditoría es de carácter voluntaria u obligatoria. Se añade también otra casilla para indicar si se presentan al depósito documentos de Anuncios de Convocatoria.
- Presentación de Cuentas anuales. Recuerde que desde el día 27 de julio, el Registro Mercantil solo admite el nuevo formato publicado en el BOE del 26 de julio y las cuentas presentadas en el formato anterior serán calificadas como defectuosas debiendo realizarse luego una nueva presentación para subsanar esos defectos.
- Presentación de Cuentas anuales. Si ya tenía Certificado de Aprobación de Cuentas firmados o redactados incluyendo una huella digital, hay que tener en cuenta que para adaptar la presentación a los cambios que aparecían en el BOE del 26/07/2021, será necesario generar nuevamente el archivo ZIP de presentación con lo que se va a generar una huella digital diferente.
Versión 21.0.16.12 07/07/20201
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 200. Se corrige un problema detectado en las casillas [413] y [414] de la página 13 correspondientes a “Otras correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias”, que impedía la presentación de algunas declaraciones porque estas casillas no se sumaban en el acumulado de la pág. 19.
- Modelo 200. Cooperativas. Se corrige un problema en la casilla [400] de la pág. 13 que impedía presentar algunas declaraciones de cooperativas cuando había datos en la casilla [C9] de la página 22.
- Modelo 200. Se revisa un problema en la página 20 bis que impedía presentar algunas declaraciones con Reserva de nivelación porque no se calculaba el importe de la casilla [1731].
- Modelo 200. Deducciones por Doble imposición. Se revisan algunos casos que provocaban error en la presentación cuando existían deducciones por doble imposición.
- Modelo 036 y 037. Se corrige un problema detectado en la generación del fichero que impedía la presentación de algunas declaraciones conforme al nuevo formato de presentación introducido por la Orden HAC/609/2021, de 16 de 2021 (BOE 18/06/2021), impidiendo la presentación de algunas declaraciones al dar errores en la web de presentación de tipo: “CODIGO DE ERROR: 0370151131” y “CODIGO DE ERROR: 0370151132”.
Versión 21.0.14.9 01/07/20201
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 200 del ejercicio 2020. Se incluye la presentación telemática del modelo de 2020 y las opciones de Validación e impresión de borrador que ofrece la Agencia Tributaria
- Modelo 200. Se revisa un problema detectado en la versión anterior que hacía que no se trasladase al modelo de 2020 la Base imponible negativa del ejercicio 2019 (pág. 15). Para trasladar este dato se puede ejecutar la opción del menú «Cálculo», «Recoger datos de modelos anteriores» que es la operación que realiza por defecto el programa al entrar por primera vez en el modelo y que traslada los datos generales de la entidad que van en las páginas 1 y 2 y traslada las bases liquidables negativas y saldos de deducciones pendientes de ejercicios anteriores.
- Modelo 200. Se revisan las entradas de datos de ajustes extracontables de las páginas 12 y 13 para utilizar una misma pantalla para los aumentos y disminuciones y añadir validaciones al grabar esa ficha.
- Modelos 037. Se revisa un problema que impedía cargar el modelo en la web de presentación telemática dando un mensaje de error: “El formato del fichero no cumple con el diseño de registro. Página 040” con el nuevo formato de presentación que entró en vigor hoy 1 de julio.
Versión 21.0.12.21 24/06/20201
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Modelo 200 del ejercicio 2020. Se incluye la realización y cálculo de la declaración de 2020 conforme al formato establecido en la Orden HAC/560/2021, de 4 de junio (BOE 08/06/2021). Esta versión no incluye todavía las funciones de presentación telemática de la declaración que se publicarán en los próximos días en una nueva actualización.
- Modelos 036 y 037. Se actualizan estas declaraciones con las modificaciones que introducía la Orden HAC/609/2021, de 16 de 2021 (BOE 18/06/2021). El nuevo formato entra en vigor a partir del 1 de julio de 2021.
- Modelo 303. Se actualiza la declaración al nuevo formato que establece la Orden HAC/646/2021, de 22 de junio (BOE 24/06/2021) que entrarán en vigor para las declaraciones presentadas a partir del 1 de julio de 2021. En la página 3 se añaden nuevas casillas (120 a 124) para reflejar operaciones no sujetas y se añaden también otras casillas para solicitar la devolución en cuentas bancarias situadas en el extranjero.
Versión 21.0.12.7 30/03/20201
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 202. Se habilita la realización y presentación de los modelos 202 correspondientes al ejercicio 2021.
- Modelos 420. Se activa la realización del modelo 420 (Rég. General de IGIC) para el ejercicio 2021. El modelo no incluye modificaciones con respecto al ejercicio anterior salvo la incorporación de una nueva forma de pago: “Aplazamiento 6 meses medidas Covid”. Para realizar la impresión en papel o la presentación telemática de este modelo es necesario descargar e instalar el paquete “Módulos de impresión 2021” versión 1.0.0.2 (la descarga de estos módulos de impresión se puede realizar desde el menú “Herramientas”, “Descarga de actualizaciones”).
- Informe de operaciones comparativo con el ejercicio anterior. En el menú “Libros registro” se añade una nueva opción con el título “Consulta Operaciones Empresas, comparativo ejer. anterior” que permite obtener informes del volumen de operaciones o de la facturación de todas las empresas a la vez comparando los resultados con los del ejercicio anterior. Esta información puede ser útil a la hora de localizar las empresas que podrían solicitar ayudas o subvenciones relativas a la disminución de la actividad causada por la pandemia del COVID-19. Este informe permite obtener la comparativa de los Libros Registro de Facturas Emitidas o sacar el volumen de operaciones de los Modelos 390 o de los modelos 303 del último periodo del año. También puede sacar la comparativa de Ingresos declarados en el último modelo 130 (Estimación Directa) del ejercicio seleccionado y compararlos con los ingresos del mismo periodo del ejercicio anterior. En estos informes se muestran datos de la Base imponible de las facturas emitidas o se muestra el Volumen de operaciones en Régimen General o en Rég. Simplificado de IVA, se muestra la diferencia entre un ejercicio y el porcentaje de variación de entre uno y otro ejercicio. En la casilla “% variación máxima” se puede indicar un porcentaje para filtrar o sacar solo aquellas empresas que hayan tenido un determinado porcentaje de disminución. Por ejemplo, si se quieren sacar los datos solo de las empresas que han tenido una disminución de, al menos, un 30% del volumen de operaciones o de facturas emitidas, se podría indicar “-30” en esa casilla.
Versión 21.0.10.13 09/03/20201
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Depósito de Cuentas anuales 2020. Se habilita la realización de los modelos de Cuentas anuales, Memoria, Acciones propias, declaración de Identificación de titular real, Documento sobre Servicios a terceros, etc. correspondientes al ejercicio 2020. Hasta ahora no se han realizado variaciones con respecto a los modelos del ejercicio anterior que serían necesarias en el caso de que el Ministerio de Justicia publique nuevos formularios o cambios en las especificaciones de la Presentación de cuentas anuales para 2020.
- Certificado de Capitalización de Beneficios. Se activa la realización del certificado para el ejercicio 2020.
- Modelos 308 y 309. Se habilita la realización de estos modelos para el ejercicio 2021.
Versión 21.0.10.3 23/02/20201
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 303. Se varía el funcionamiento de la nueva casilla [78] “Cuotas a compensar de períodos anteriores aplicadas en este período” que incluye el modelo 303 de 2021 para permitir que el usuario pueda introducir manualmente el importe que desea compensar o del que desea solicitar la devolución. Hasta ahora el programa calculaba automáticamente esta casilla sin que el usuario la pudiese variar. Ahora el usuario puede introducir el importe que desea compensar en este período y al realizar la “verificación” de la declaración o “imprimir” o “grabar y salir” del modelo, si el programa detecta que existe IVA pendiente de compensar de períodos anteriores (casilla [110]) y hay posibilidad de su compensación en la declaración actual pero el usuario no ha introducido el importe a compensar en la casilla [78], el programa mostrará un aviso informativo para recordar si debe cumplimentarse el importe a compensar en esta casilla [78].
- Modelo 347. Se corrige un problema que se daba al calcular la declaración desde Libros registro de facturas cuando se indica que no se realice la importación de Facturas con Retención y existe algún proveedor con facturas con retención y facturas sin retención. En este caso se trasladaba bien el importe anual de las operaciones, trasladando solo el importe de las facturas sin retención pero, en los desgloses trimestrales se incluían tanto las facturas sin retención como las que tenían retención haciendo finalmente que no fuese posible presentar la declaración sin corregir estos desgloses trimestrales.
- Registro SII (Suministro Inmediato de Información del IVA). Se revisa un problema que se daba al presentar facturas recibidas con la Clave de régimen 02 “Operaciones por las que los Empresarios satisfacen compensaciones REAGYP” (Régimen Especial de Agricultura Ganadería y Pesca) debido a que en el campo IMPORTETOTAL no se estaba incluyendo el importe de la Compensación. En estos casos se se realizaba la presentación pero se obtenía un mensaje “SII FR aceptada con errores: 2024 El valor de ImporteTotal no coincide con el sumatorio de BaseImponible, CuotaSoportada, CuotaRecargoEquivalencia e ImporteCompensacionREAGYP en todas las lineas de detalle.”
Versión 21.0.8.2 02/02/20201
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 415 de IGIC. Se actualiza la realización del modelo 415 para el ejercicio 2020. La impresión o presentación telemática de este modelo requiere tener instalada la última versión del paquete “Módulos de impresión Ejercicio 2020” versión 1.0.6.2. La descarga de este módulo de impresión se puede realizar desde el menú “Herramientas”, “Descarga de programas”.
- Presentación digital en lotes. En el sistema de “envío directo” por lotes que incluye el programa en algunas declaraciones como las Informativas se añade a partir de esta versión la posibilidad de cambiar el “estado” de las declaraciones que se han presentado correctamente por esta opción. En la ventana de presentación se incorpora una nueva casilla “Estado del modelo tras la presentación” en la que se puede seleccionar el estado o etiqueta que se le quiere asignar a las declaraciones una vez presentadas.
- Modelo 303. En la importación de datos desde IRCONTA se revisa el traslado de las operaciones de tipo “RS – Servicios intracomunitarios” que no se estaban trasladando a la casilla [59] de la página 3.
- Modelo 390. Se revisa un mensaje de Aviso que aparecía incorrectamente cuando se realizaba el traslado de datos desde los modelos 303 y existían adquisiciones de Bienes de inversión con Inversión de sujeto pasivo. Aunque el traslado se realizaba correctamente, aparecía un aviso: “Se han encontrado errores en el traslado de modelos 303 interiores bienes de inversión”.
Versión 21.0.4.8 22/01/20201
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 349. Se corrige un problema que aparecía al realizar la presentación por “envío directo” que devolvía un «Error 103 Periodo vacío, no válido para el modelo seleccionado o no disponible en TGVI Online».
- Presentación de declaraciones por “envío directo”. Se modifica el funcionamiento para que antes de presentar las declaraciones se ejecute automáticamente la opción “Verificar” como se realiza habitualmente al imprimir para presentación por navegador web. La opción de verificación también se lanza automáticamente en la opción “Grabar y salir” y se puede ejecutar manualmente desde el menú “Cálculo”, “Verificar” o pulsando las teclas [Alt] [V].
- Libros registro. Se revisa la aparición del mensaje “La fecha de la factura está fuera del período actual” que puede mostrarse al introducir o modificar facturas con fechas de periodos que ya están liquidados que no se mostraba correctamente en algunos casos al cambiar de ejercicio. También se añade esta verificación al grabar facturas con fechas futuras. Si se graban facturas con cinco días posteriores a la fecha actual se mostraría el aviso. Recuerde que este tipo de avisos no impiden grabar la factura, simplemente son una alerta para intentar evitar errores en la entrada de facturas. Estos avisos solo se muestran si se ha activado la casilla “¿Verificar la fecha de imputación en libros registro esté fuera del trimestre actual?” en el apartado “Ficheros”, “Configuración”, “Programa”, “Visualización”.
Versión 21.0.4.3 15/01/20201
- Esta versión no necesita realizar actualizaciones de la base de datos si ya tenía instalada la versión anterior del programa, no obstante, como siempre, sería recomendable disponer de COPIAS DE SEGURIDAD de los datos antes de instalar una nueva actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos durante la instalación.
- Modelo 425 de 2020. Se actualiza la aplicación para contemplar las nuevas reducciones del 20% y 35% en el Régimen Simplificado del IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) que establece la Orden de 28 de diciembre de 2020 de la Conserjería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos del Gobierno de Canarias (BOC 31/12/2020). La impresión o la presentación telemática de este modelo requiere tener instalada la última versión del paquete “Módulos de impresión Ejercicio 2020” versión 1.0.4.3.
- Se actualiza el paquete “Módulos de impresión Ejercicio 2020” (versión 1.0.4.3) para incluir los módulos de impresión facilitados por la Agencia Tributaria Canaria para los modelos 421 y 425 del ejercicio 2020. Este paquete de instalación incluye la versión 6.5.1 del módulo de impresión del Modelo 421 y la versión 5.5.2 del módulo de impresión del Modelo 425. La descarga de este paquete se puede realizar desde el menú “Herramientas”, “Descarga de programas”.
- Presentación digital en lotes. Se habilita esta opción en el programa que, por error, no iba activa en la versión anterior del programa. En el menú de opciones de los modelos de declaración de tipo “Informativas” (180, 190, 193, 347, etc.) en recientes versiones se añadía una opción que permite presentar un lote de declaraciones y en esta actualización se añade en esta opción una nueva casilla que se puede activar si se desean abrir automáticamente los PDF que genera la Agencia Tributaria como justificante de presentación de la declaración de aquellos modelos presentados correctamente. En las versiones anteriores, para ver o imprimir este justificante, había que entrar en cada declaración una vez realizada la presentación telemática. También se añade la posibilidad de abrir el PDF justificante de la presentación haciendo click con el ratón sobre la columna “CSV” donde se muestra el Código Seguro de Verificación en las declaraciones que han podido presentarse correctamente. Pulse aquí para ver el funcionamiento de esta nueva opción de Presentación digital en lotes.
- Modelo 111. Se modifica el traslado desde Libros registro y Contabilidad para que las Retenciones de la clave “F” (cursos, conferencias, seminarios y similares y elaboración de obras literarias, artísticas o científicas) se trasladen a las casillas de Rtos. del Trabajo y no a las de Actividades económicas.
Versión 21.0.2.1 05/01/20201
- Actualización de la base de datos. Al ejecutar el programa por primera vez después de instalar esta versión, si ya existe una base de datos previa, la aplicación necesitará generalmente realizar una actualización de la base de datos para adaptarla a las últimas modificaciones introducidas en el programa. Aunque este proceso no debería nunca borrar o alterar los datos existentes, es recomendable que disponga de COPIAS DE SEGURIDAD de la base de datos antes de proceder con la actualización. Los programas Iranon deberían estar cerrados en todos los equipos en el momento de actualizar la base de datos.
- Modelo 190 de 2020 y Libros registro de facturas de los ejercicios 2020 y 2021. Se actualiza la lista de Subclaves de retención correspondientes a la Clave “L” para incorporar las modificaciones introducidas por la Orden HAC/1285/2020, de 29 de diciembre (BOE 31/12/2020). En la clave «L» le dan una nueva redacción a las subclaves 22 y 28 e introducen dos subclaves nuevas: 29 y 30.
- Clave L – Subclave 22 – Ayudas establecidas por Comunidades Autónomas o por entidades locales para atender, con arreglo a su normativa, a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social, necesidades habitacionales de personas sin recursos o necesidades de alimentación, escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando ellos y las personas a su cargo, carezcan de medios económicos suficientes, que estén exentas en virtud de lo establecido en el primer párrafo de la letra y) del artículo 7 de la Ley del Impuesto, sin incluir en esta subclave las prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción que deban consignarse en la subclave 28.
- Clave L – Subclave 28 – Prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción para garantizar recursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos y que estén exentas en virtud de lo establecido en el primer párrafo de la letra y) del artículo 7 de la Ley del Impuesto, sin incluir en esta subclave el resto de ayudas exentas establecidas en este primer párrafo de la letra y) que deban consignarse en la subclave 22 anterior.
- Clave L – Subclave 29 – Prestación económica de la Seguridad Social correspondiente al ingreso mínimo vital.
- Clave L – Subclave 30 – Otras rentas exentas. Se incluirán en esta subclave las rentas exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que, debiendo relacionarse en el modelo 190, sean distintas de las específicamente señaladas en las subclaves anteriores.
- Se habilita la realización de autoliquidaciones mensuales de 2021.
- Modelo 303 de 2021. Se actualiza el modelo para adaptarlo a los cambios introducidos por la Orden HAC/1274/2020, de 28 de diciembre (BOE 30/12/2020)
- Modelo 349 de 2021. Cambios como consecuencia de la salida del Reino Unido de la Unión Europea. A partir del 1 de enero de 2021, las operaciones realizadas entre España y Reino Unido dejan de calificarse como intracomunitarias y no deberán informarse a través de la declaración recapitulativa modelo 349. El Acuerdo de Retirada del Reino Unido incluye un Protocolo para Irlanda del Norte, que a efectos del IVA seguirá formando parte de la UE respecto de las entregas de bienes. Para ello, Reino Unido creará un NIVA específico con el prefijo «XI» para las empresas que puedan acogerse a dicho Protocolo. A efectos de su inclusión en el modelo 349, se aplicarán las siguientes reglas respecto de las operaciones realizadas con el Reino Unido e Irlanda del Norte:
- Para los períodos 1M y 1T de 2021, el modelo 349 admitirá los prefijos «GB» y «XI» excepto para las claves de operación «S» (Prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas por el declarante) o «I» (Adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en el TAI prestadas por empresarios o profesionales establecidos en otros EM cuyo destinatario es el declarante), que no admitirán ninguno de estos prefijos.
- Para los periodos 2M a 12M y 2T a 4T de 2021 solo se admitirá el prefijo «XI», excepto para las claves de operación «S» (Prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas por el declarante) o «I» (Adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en el TAI).
- Para las rectificaciones de operaciones anteriores a 2021, solo se admitirá el prefijo «GB».
- Para las rectificaciones de operaciones del 1M o 1T de 2021, se admitirán los prefijos «GB» y «XI», excepto para las claves de operación «S» (Prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas por el declarante) o «I» (Adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en el TAI), que no admitirán ninguno de estos prefijos.
- Para las rectificaciones de operaciones de 2M a 12M y 2T a 4T de 2021, solo se admitirá el prefijo «XI», excepto para las claves de operación «S» (Prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas por el declarante) o «I» (Adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en el TAI).
- Precálculo del IS 2020. Se activa la realización del pre-cálculo del IS 2020 (menú “Declaraciones”, “Sociedades”, “Precálculo del impuesto”).
- Libros registro de facturas del ejercicio 2021. En esta versión se habilita la introducción de facturas del ejercicio 2021.
- Libros registro. Se añade una nueva casilla en la ventana de entrada de facturas emitidas y recibidas para marcar si la factura corresponde a IVA o IGIC y poder mantener en un mismo libro registro facturas correspondientes a ambos tipos de impuesto indirecto. Al grabar una nueva factura el programa cumplimenta automáticamente esta casilla con el tipo de impuesto indirecto que esté seleccionado en el programa (menú “Ficheros”, “Configuración”, “Configuración Impuesto Indirecto”).
- Cambios en el SII (Suministro Inmediato de Información del IVA). En esta actualización se incluyen los cambios previstos a partir de 2021 por la Orden HAC/1089/2020, de 27 de octubre (BOE 24/11/2020). Para ello se crea un nuevo apartado para gestionar el Libro registro de Venta de Bienes en Consigna. El funcionamiento de este nuevo libro registro es similar al utilizado hasta ahora en los demás libros de facturas expedidas, recibidas, etc. En el Libro registro de Facturas recibidas se realizan dos modificaciones: por un lado, en el desglose de líneas de la factura se añade una nueva casilla para señalar en cada línea de la factura si esa línea corresponde a la adquisición de un Bien de inversión y, por otro lado, también se añaden otras tres nuevas casillas en las que se puede indicar si la factura se va a deducir en un periodo posterior y señalar el ejercicio y periodo en el que se deducirá.
- IGIC – Modelo 425 de 2020. Este modelo se habilitará en próximas actualizaciones del programa cuando la Agencia Tributaria Canaria facilite las especificaciones de presentación del ejercicio 2020.