Deducciones
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El programa incluye ventanas de ayuda al cálculo en los apartados correspondientes a las deducciones de vivienda habitual, deducciones por inversiones y donativos y deducciones autonómicas. El acceso a estas ventanas de ayuda al cálculo se realiza, al igual que en otros puntos de la declaración, haciendo doble click con el ratón sobre cualquier casilla de estos apartados o pulsando la tecla .
Después de salir de estas ventanas de ayuda al cálculo y para ver la deducción aplicada es necesario CALCULAR la declaración. Este proceso se puede realizar haciendo click con el ratón sobre el botón o pulsando las teclas .
Deducciones por inversión en vivienda habitual
El programa ofrece una ayuda al cálculo de las deducciones por inversión en vivienda habitual y también para aplicar la compensación fiscal por deducción en la adquisición de vivienda habitual (casilla 100) para viviendas adquiridas antes de 1999 (en vigencia de la anterior normativa de IRPF).
A estas ventanas de ayuda al cálculo se puede acceder desde las casillas correspondientes a deducción / compensación por vivienda habitual (pág. 11) y también desde el apartado correspondiente a los rendimientos de capital inmobiliario (pág. 2) puesto que se trata de un mismo fichero auxiliar que registra todos los inmuebles tanto en las declaraciones de Renta como de Patrimonio.
En las fichas de cada inmueble basta con indicar que se trata de "Vivienda habitual" para que el programa sólo tenga en cuenta ese inmueble a efectos de las deducciones y no impute su rendimiento en los Rtos. de capital inmobiliario de la página 2. No debe marcarse la casilla "No imputable IRPF" para indicar que ese rendimiento no se tenga cuenta en IRPF puesto que si se marca esta casilla, los datos de ese inmueble no se tendrían en cuenta en ningún punto de la declaración de Renta y por tanto, tampoco a efecto de las deducciones. Deducciones autonómicas
En las deducciones autonómicas se puede seleccionar la imputación a la declaración conjunta o común o bien, introducir los datos de forma individual en la declaración de cada miembro de la unidad familiar. Como ocurre en todas las ayudas al cálculo del programa, en el caso de elegir la opción conjunta o común sólo se aplicarán los datos al declarante principal y al cónyuge y en caso de no haber cónyuge se aplicarán en su totalidad al declarante principal además de la decl. conjunta.
Si se introducen datos de forma individual se trasladarán a cada uno los suyos y la suma de dichos datos a la conjunta. Hay que tener en cuenta que el programa va a comprobar dónde se han introducido estos datos de deducciones autonómicas y si los encuentra en ambos puntos (decl. individuales y conjunta) preguntará si se opta por trasladar los comunes o los individuales ya que el resultado puede variar según la forma de operar.
Existen en estas deducciones casos como el de Castilla y León para familia numerosa en los que si se marca la casilla "Conjunta / Común" y se transfieren datos se imputarán a la conjunta el total y a las individuales del cónyuge y declarante el 50% del importe de la conjunta. Sin embargo, si se marca en la individual, se imputará el 100% a la individual marcada así como a la conjunta. En el caso más habitual de un matrimonio con familia numerosa deberían marcarse en la conjunta todos los datos para que el programa opere correctamente. Esto mismo ocurre en Galicia para cuidado de niños menores de 3 años y nacimiento o adopción de hijos.
Después de salir de estas ventanas de ayuda al cálculo y para ver la deducción aplicada es necesario CALCULAR la declaración. Este proceso se puede realizar haciendo click con el ratón sobre el botón o pulsando las teclas .
Deducción por maternidad
La deducción por maternidad, establecida en el artículo 67.bis de la Ley IRPF y con efectos desde 01-01-2003, aparece en la declaración minorando la cuota diferencial.
En primer lugar se indicarán, si existen, las cantidades ya percibidas en concepto de abono anticipado de la deducción. En el caso de las cotizaciones a la Seguridad Social, si superan todos los meses en los que se tiene derecho a la deducción la cantidad de 100 € con marcar la casilla correspondiente es suficiente, no es necesario indicar esas cantidades. Si por el contrario las cotizaciones no superan lo 100 € al mes deberá indicar las cantidades correspondientes a cada período.
Si más de un contribuyente tiene derecho a la deducción indique el número para repartir la deducción por partes iguales.
Finalmente en el apartado de cálculo de la deducción, deberá indicarse los meses en los que ha tenido derecho a la deducción por cada uno de los hijos que corresponda, de esta forma se realizará el cálculo.
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